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Síntesis Informativa

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El pasado 29 de octubre de 2013 se publicó en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados, el proyecto de Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación con vigencia a partir del 1 de enero de 2014; mismo que fue publicado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) a través del Diario Oficial de la Federación el pasado 9 de diciembre de 2013. El Instituto Mexicano de Contadores Público de México (IMCP) consciente de las implicaciones que pudieran derivarse de la aplicación de las nuevas disposiciones contenidas en el Código Fiscal de la Federación (CFF), considera necesario precisar que todos aquellos contribuyentes, que aun cuando no participen en operaciones simuladas, podrían verse involucrados en los casos previstos por el artículo 69-B del referido Código. No obstante, dicha situación no debería de generar repercusión alguna en el pago de los impuestos, siempre y cuando acrediten la veracidad de las operaciones realizadas. La intención de la reforma al CFF es atacar conductas y prácticas evasoras, sancionando a quienes adquieren, venden, producen, facilitan, colocan y/o utilizan, de cualquier manera, documentación que ampara operaciones simuladas.

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