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El H. Consejo Técnico, en la sesión ordinaria celebrada el 29 de febrero del presente año, dictó el ACDO.SA2.HCT.290212/54.P.DIR, en los siguientes términos:

“Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 16, 251, fracciones VIII, XXI y XXXVII, 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 3, 163 y 166, del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización; 31, fracciones II y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y de conformidad con el planteamiento presentado por la Dirección General a través de la Dirección de Incorporación y Recaudación, mediante oficio 74 del 16 de febrero de 2012, así como de la resolución tomada por el Comité del mismo nombre, del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el 23 de noviembre de 2011, Acuerda: Primero.- Aprobar los formatos de los anexos para la formulación del dictamen por contador público autorizado, a que se refiere el artículo 166, del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, los cuales se describen en el Anexo Único del presente Acuerdo, conforme a lo siguiente: a) Anexo I: Informe respecto de la situación del patrón dictaminado; b) Anexo II: Cuadro analítico de las cuotas obrero patronales omitidas y determinadas en el dictamen; c) Anexo III: Análisis de los conceptos de percepción por grupo o categorías de trabajadores indicando si estos se acumularon o no al salario base de cotización y revisión a los pagos efectuados a personas físicas; d) Anexo IV: Conciliación del total de percepciones de trabajadores en registros contables contra la base de salarios manifestados para el Instituto Mexicano del Seguro Social; así como contra lo declarado para efectos del Impuesto Sobre la Renta; y e) Anexo V: Reporte de las actividades y clasificación de la empresa dictaminada. Segundo.- Los documentos a que se refiere el punto anterior, podrán reproducirse libremente ajustándose a su estructura y contenido. En todos los casos, tendrán un tamaño ‘carta’ de 28 x 21.5 centímetros, y deberán ser impresos en blanco y negro. Tercero.- Instruir a la Dirección de Incorporación y Recaudación para que, por conducto de la Unidad de Fiscalización y Cobranza, resuelva las dudas o aclaraciones que con motivo de la aplicación de este Acuerdo, presenten las Unidades Administrativas del Instituto. Cuarto.- Instruir a la Dirección Jurídica para que tramite la publicación del presente Acuerdo y de los formatos que se describen en el Anexo Único del mismo, en el Diario Oficial de la Federación. Quinto.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.”