El Financiero. ¿Qué pasa si no presentas tu declaración anual? 30 de abril de 2014
Hoy es el último día para que las personas físicas presenten su declaración anual, por lo que quedan pocas horas para que se deba cumplir con esta obligación fiscal ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), o de lo contrario, se puede incurrir en un delito.
Juan Manuel Franco, vicepresidente de la Comisión Fiscal del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) señala que la declaración anual presentada de modo extemporáneo hace acreedor al contribuyente a recargos mensuales que se van actualizando mes con mes.
“Desde el 1 de mayo, se tendrá que pagar por los recargos a más tardar dentro del mes siguiente, de lo contrario además de se hacen acreedores a las actualizaciones en caso de que la presenten de forma espontánea”, indicó en entrevista.
Si presentas la declaración en los primeros días de mayo, es probable que sólo pague los recargos, si es que se ha presentado de forma espontánea y si tu declaración presenta un saldo a favor, no se tiene por qué pagar recargos. Sin embargo, de acuerdo con el fiscalista, el principal problema es cuando la autoridad fiscal requiera del contribuyente su declaración.
“Si la autoridad fiscal ejerce facultades de comprobación y exige a alguna persona física su declaración anual por no haberla presentado, independientemente de si cuenta con un impuesto a cargo y tiene que pagar recargos y actualizaciones, tiene la facultad de acuerdo al Código Fiscal de la Federación de imponer multas”, señaló.
De acuerdo con el SAT, las multas serán las siguientes en caso de ser requeridos mediante la facultad de comprobación:
De 1,100 a 13,720 pesos por cada una de las obligaciones no declaradas de manera espontánea dentro del plazo correspondiente.
De 1,100 a 27,440 pesos por cada obligación a que estés afecto, al presentar una declaración, solicitud, aviso o constancia, fuera del plazo señalado en el requerimiento o por incumplimiento de dicho requerimiento.
De 11,240 a 22,500 pesos, por no presentar las declaraciones en los medios electrónicos (internet) estando obligado a ello, presentarlas fuera del plazo o no cumplir con los requerimientos de las autoridades fiscales para presentarlas o cumplirlos fuera de los plazos señalados en los mismos.
Recuerda que los adeudos fiscales se envían a las sociedades de información crediticia y forman parte de tu historial, pero puedes pedir hacer el pago diferido y hasta en 36 mensualidades.
Liga El Financiero clic aquí