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Los contribuyentes están a un mes de asumir nuevas responsabilidades fiscales; entre ellas, verificar que los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) que reciban sean auténticos y cubran los requisitos que la Ley establece, so riesgo de convertirse en copartícipes de actos indebidos.

A partir de 2014, los receptores de CFDI deberán revisar que cumplan con los requisitos establecidos en el Código Fiscal de la Federación (CFF) y que en efecto amparen lo que en ellos se especifica.

Cualquier irregularidad, deberá ser reportada al SAT. En caso contrario, podrían ser corresponsables de la falta en que haya incurrido el emisor.

Independientemente del monto de ingresos y tipo de actividad que realicen, a partir del 1 de enero de 2014todos los contribuyentes deberán emitir facturas electrónicas bajo el esquema de CFDI.

El presidente de la Comisión Fiscal del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), José Antonio de Anda, detalló que la sanción por el incumplimiento de esta disposición será de entre 2 mil y 11 mil 960 pesos.

Por su parte, el receptor de CFDI deberá confirmar la autenticidad de la factura, ya que, el CFF equipara la emisión de facturas falsas con el delito de defraudación fiscal, que es sancionado de acuerdo al monto defraudado, con penas de entre 3 meses y 9 años de cárcel y multas de entre 1.2 y 1.8 millones de pesos.

Si el monto no se puede determinar, la pena será de 3 meses a 6 años de prisión.

El jefe del SAT, Aristóteles Núñez, expuso que el CFDI tiene un código de barras que puede ser verificado con cualquier herramienta o escáner de manera pública, “así podrán saber la validez de esos comprobantes fiscales”.

“La intención es que los ciudadanos y los contribuyentes puedan verificar la validación y la verificación de dichos comprobantes para efectos de que estén registrados ante el SAT”, expresó.

Por separado, el abogado fiscalista, socio de litigio fiscal de Deloitte y catedrático del ITAM, Juan Carlos Roa, explicó a El Financiero, que si un contribuyente recibe una factura, no la revisa y resulta que es falsa, podría incurrir en falta.

“Pero no por recibirla, sino por querer darle efectos fiscales como deducir el Impuesto Sobre la Renta(ISR) o acreditar el IVA”.

Cuestionado acerca de si el contribuyente tiene que estar vigilante de las facturas que reciba, dijo: Para el Código Fiscal, sí.

“La posición que toma de decirle al contribuyente: ‘es obligación tuya revisar la factura’ es muy simple, pero hace falta un procedimiento para dejar a salvo al contribuyente, quien tras haber revisado la factura detecte irregularidades… porque es una afectación donde el contribuyente que recibe la factura no tiene armas contra el que la emite”, dijo Roa Jacobo.

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