IMCP

Campaña Nacional de la Contaduría Pública

Fundado en 1923 y conformado actualmente de 60 colegios de Contadores

IMCP_Tienda Conoce a tu Colegio y Guía de Operación

Publicaciones

  • Imprimir
  • youtube

Las personas físicas que no han presentado su declaración anual aún pueden hacerlo, pese a que la fecha límite fue el 30 de abril.

No obstante, tendrán que afrontar recargos y posibles pérdidas si hubiera saldos a favor, y en casos extremos multas, señalaron expertos. Juan Manuel Franco, integrante de la comisión fiscal del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), dijo que el efecto negativo de no declarar a tiempo dependerá del tipo de contribuyente.

“Esto no solamente es para las personas en el régimen de asalariados, es para toda persona física que no haya presentado su declaración fiscal o que no lo haya hecho en forma”, agregó.

Por su parte, Víctor Pérez, socio fiscal de KPMG, mencionó que las personas asalariadas tendrán, si su saldo no es a favor, un recargo de 1.13 por ciento mensual, de tal forma que del primero al 31 de este mes tendrán que pagar un interés, y la actualización -el ajuste por inflación-, por no presentar la declaración anual a tiempo.

Francisco Esqueda, contador público, explicó que cuando se tiene un saldo a favor y no se declaró a tiempo, se debe iniciar un trámite adicional que durará de dos a tres meses y sin embargo no garantiza la devolución total dado el análisis que la autoridad realizará sobre las facturas electrónicas.

Agregó que las personas que no han declarado los ejercicios 2012 y 2013 también podrán realizar dichos procedimientos, aunque sin que se les aplique ningún descuento. Por el contrario serán afectados por la inflación y recargos por los intereses.

Por la cercanía de la fecha límite de la declaración, no habrá una política agresiva para quienes no han cumplido, pues los principios que el SAT valorará para cambiar su control de peticiones son los procedimientos actuales, la infraestructura (de momento ocupada) y las medidas de fiscalización que requiera la autoridad, anotó Franco.

Sin embargo, Miguel Ángel Tavares, de la comisión fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México, indicó que esto no siempre será así, ya que el Sistema de Administración Tributaria (SAT) cambiará su política de mandar invitaciones de pago a enviar avisos de obligatoriedad en los que se presentará una multa de hasta 25 mil pesos o 50 por ciento del cargo, según el historial del contribuyente.

Liga El Financiero clic aquí