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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tiene listo el proyecto de sentencia que niega el amparo a las empresas contra la limitación a las deducciones de los conceptos de previsión social, es decir por las prestaciones de la ley —y adicionales— que otorguen a sus trabajadores.

Este documento está en la Segunda Sala de la SCJN, bajo la ponencia del ministro Eduardo Medina Mora.

La reforma fiscal del 2014 modificó la Ley del Impuesto sobre la Renta, limitando la deducción de aquellos conceptos que sean ingresos exentos para los trabajadores, entre los cuales están las prestaciones legales (como prima dominical, prima vacacional, horas extras, pago de utilidades y la previsión social).

En cuanto se establecieron estas disposiciones, fueron muchas las empresas que se ampararon al considerar inconstitucional la limitante para deducir este tipo de prestaciones; el juicio interpuesto fue con la finalidad de lograr que pudieran seguir deduciendo la totalidad de las erogaciones hechas por previsión social.

En enero de este año, el ministro Juan Silva Meza había preparado un proyecto donde otorgaba el amparo a estos contribuyentes. Sin embargo, éste no se publicó y luego de la jubilación del ministro, el documento quedó desestimado.

Jaime Espinosa de los Monteros, socio especializado en temas fiscales de Hogan Lovells BSTL, consideró que de aprobarse el nuevo proyecto de sentencia de Medina Mora, se estaría dando el tiro de gracia final a la previsión social que algunas empresas aún brindan.

“Esta modificación lo único que estaría provocando es desincentivar el otorgamiento de conceptos de previsión social, como lo es el fondo de ahorro, vales de despensa, seguro de gastos médicos y cualquier otro tipo de prestación que sea extralegal y que coadyuve al bienestar social, económico y cultural de un trabajador y su familia”, destacó.

Agregó que para que se les pueda negar el límite de deducciones a las empresas amparadas, falta que la segunda Sala de Sesiones apruebe el documento; para ello este documento será discutido en sesión el próximo 21 de septiembre.

Por su parte, Leticia Hervert, presidenta del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), dijo que desgraciadamente hoy las sentencias de la SCJN no están basadas en los principios constitucionales de proporcionalidad y equidad, “están tomando más en cuenta el tema recaudatorio y no debería ser así, para ello está la división de poderes; se están invadiendo esferas jurídicas tomando en consideración los ingresos tributarios y no necesariamente los principios constitucionales”.

La firma Chevez Ruiz Zamarripa destacó que en el proyecto, el ministro Eduardo Mora Medina considera que la decisión legislativa de limitar este tipo de deducciones es proporcional, pues sólo restringe de manera parcial el derecho de las empresas a deducir los gastos estrictamente indispensables para la generación de los ingresos.

“El proyecto resulta desafortunado; sin embargo, es importante señalar que el mismo no es definitivo y aún puede ser modificado”, aclaró.

Firmas como Chevez Ruiz Zamarripa, EY y algunos especialistas fiscales han declarado que en los próximos días se acercarán a los ministros integrantes de la Segunda Sala de la SCJN para conocer a detalle el proyecto y comentar las razones por las cuales se considera un gran error negar dicho amparo.

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