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Ante las 10,000 auditorías electrónicas que realizará en agosto el Servicio de Administración Tributaria (SAT), el gremio de la contaduría pública del país exhortó al fisco a privilegiar los derechos de los contribuyentes, ya que se podría desatar una lluvia de amparos por estas acciones.

Leticia Hervert, presidenta del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), comentó que se espera que la autoridad fiscal cumpla con el objetivo manifestado por el Ejecutivo en el tema de las auditorías electrónicas, ya que es un tema que genera temor entre los contribuyentes.

“Las auditorías electrónicas implican un reto importante para ambas partes. Por un lado, los contribuyentes tienen que ser cuidadosos con su buzón tributario y las autoridades deberán, en mayor medida, privilegiar los derechos de los causantes”, afirmó en conferencia de prensa.

La realidad, añadió, es que aun cuando el Ejecutivo federal argumente que la implementación de este tipo de revisiones fue para hacer eficientes las facultades de comprobación de la autoridad fiscal, “ello traerá mayores actos de molestia a los contribuyentes”.

Por lo que, afirmó que los pagadores de impuestos deberán estar atentos a que sus derechos sean respetados y que éstos no se vean afectados en aras de una mayor recaudación.

“Es importante que los contribuyentes estén informados de los detalles de esta nueva facultad de la autoridad fiscal y estar preparados para hacerle frente a este nuevo esquema de fiscalización”, insistió Hervert.

Al iniciar el año, el Servicio de Administración Tributaria anunció que a partir del segundo semestre del 2016 se llevarán a cabo entre 7,000 y 10,000 auditorías electrónicas, las cuales se sumarán a las 25,000 revisiones tradicionales que realiza el órgano recaudador mediante visitas domiciliarias o revisiones de gabinete.

Una auditoría electrónica es una revisión electrónica que realiza la autoridad fiscal a la documentación que tiene sobre uno o más rubros o conceptos específicos de una o varias contribuciones, ello tiene un fin comprobatorio.

Lo que se busca es comprobar que los contribuyentes han cumplido con las disposiciones fiscales y, en su caso, determinar las contribuciones omitidas o créditos fiscales y comprobar si existe comisión de delitos ficales.

Una revisión de este tipo puede detonarse cuando la autoridad fiscal nota alguna irregularidad luego de que revisó la contabilidad y los comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI) de los contribuyentes; así, determina que existen ciertas omisiones de impuestos. En tal caso, procederá a notificar al contribuyente a través del Buzón Tributario.

Al respecto, Leticia Hervert evidenció que el fisco ha retrasado la ejecución de las auditorías electrónicas, ya que (en un principio se tenían planeadas para este mes) no cuenta con toda la información necesaria para iniciar con el procedimiento.

Lluvia de amparos, en puerta

Hervert explicó que una auditoría tradicional dura en promedio dos años y cuando es por la vía electrónica, el tiempo máximo es de tres meses. Reconoció que este nuevo mecanismo podrá ser factor para desatar más amparos, adicionales a los que se interpusieron derivados de la reforma hacendaria.

El contribuyente (persona física o empresa), comentó, contará con 15 días hábiles para presentar el medio de defensa, una vez que reciba en su Buzón Tributario un aviso, es decir, ése se convierte en el primer acto de molestia y puede iniciar el plazo para interponer un amparo.

La representante de los contadores públicos del país argumentó que, constitucionalmente, existe la obligación de fundar y motivar el acto de molestia del contribuyente. A la par, mencionó, ninguna ley puede saltarse lo que marca la Constitución, por lo cual sí es factible que los contribuyentes recurran al amparo.

Además, admitió que uno de los factores que llevó a la autoridad fiscal a retrasar las auditorías electrónicas dos meses fue que en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aún se encuentran varios (amparos) sin resolver.

“Mientras no se destraben estos temas en la SCJN, el fisco no puede iniciar, porque en ese momento puede presentarse el plazo de 15 días para interponer nuevos amparos, finalmente, será decisión del contribuyente hacerlo o no”, matizó.

Dado el entorno económico y la necesidad que tiene el SAT de conseguir más recursos, los contribuyentes en el siguiente semestre y el próximo año serán sujetos a una mayor fiscalización.

“Será necesario esperar a que la autoridad fiscal dé inicio a dichos procedimientos, para evaluar qué tan efectiva resulta la práctica de este tipo de revisiones”, concluyó Hervert.

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