Folio 19/2010-2011 – INFONAVIT / Amortización de créditos. Se deja sin efectos la aplicación de los criterios en la revisión y/o aclaración de requerimientos de fiscalización.
A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE
LOS COLEGIOS FEDERADOS Y A LA
MEMBRECÍA EN GENERAL DEL IMCP
El Comité Ejecutivo Nacional del IMCP, da a conocer a través de la Vicepresidencia de Fiscal que encabeza el C.P.C. Carlos Cárdenas G. y de la Comisión Representativa del IMCP ante Organismos de Seguridad Social (CROSS), presidida por el C.P.C. Ubaldo Díaz I., el oficio OF.SGRF/GRSP/1391/2010 emitido por el Ing. Enrique Ruíz Martínez Garza, Gerente de Recaudación y Servicio al Patrón del INFONAVIT, mediante el cual el da respuesta a las diversas inquietudes que han originado la aplicación de los denominados “Criterios Generales a Aplicar en la Revisión y/o Aclaración de Requerimientos de Fiscalización, por Concepto de Amortización de Crédito”, anteriormente emitidos.
Se indica, entre otras cosas, que los citados criterios han cumplido con el objetivo para el cual fueron emitidos, y ocho años después de su emisión, las condiciones de cuando se emitieron a las actuales han cambiado radicalmente y el INFONAVIT ha sufrido cambios estructurales, organizacionales y operativos,
Por lo anterior, se informa que estos criterios dejan de tener efecto.
Se anexa el original del oficio de referencia para los objetos que se señalan.
Reciban un cordial saludo.
*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP
C.P.C. Francisco Javier Macías Valadez Treviño
Presidente
c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2010-2011
El contenido de este folio, es de carácter informativo y no normativo, por lo que la responsabilidad del IMCP se limita sólo a su difusión.