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A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE
LOS COLEGIOS FEDERADOS Y A LA
MEMBRECÍA EN GENERAL DEL IMCP

El Comité Ejecutivo Nacional del IMCP (CEN), a través de la Vicepresidencia de Docencia, informa de los lineamientos establecidos por el CEN, concernientes a los procesos de certificación profesional del IMCP:

1) Certificación General / Certificación por Disciplinas

Mediante la “cláusula del abuelo”, sólo se podrá solicitar la Certificación, para una Disciplina.

En el caso de haber solicitado dos o más certificaciones, la segunda y adicionales deberán ser mediante la presentación y aprobación del Examen de Certificación correspondiente. Las solicitudes recibidas con anticipación a la fecha de emisión de este Folio, se tratarán en forma personal con los interesados sobre el tema.

2) Reconocimiento de Idoneidad

El IMCP es un organismo Profesional con el suficiente reconocimiento de las autoridades y de la sociedad en general, para poder emitir Certificaciones, por ello, debemos destacar la capacidad del IMCP como un Organismo Certificador y reconocer que la certificación así otorgada merece nuestra mayor distinción y respeto, por el hecho de que sea precisamente el IMCP quien certifica.

La Certificación General es la única que se mantiene como requisito para la prestación de los servicios reconocidos por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública a nuestra Profesión

3) Revisión de Expedientes

Como se acordó en la Junta del CEN de diciembre de 2010, los expedientes recibidos por el IMCP, deberán ser devueltos a los Colegios, los cuales los evaluarán, atendiendo a las conclusiones aquí expuestas, para que emitan su opinión sobre la posibilidad de que sus socios puedan obtener la Certificación en alguna de las Disciplinas y ellos deberán regresar los expedientes al IMCP en un plazo máximo de 30 días. Se ratifica el acuerdo de pagar un 5% adicional a los Colegios por este apoyo.

Los Comités Técnicos podrán emitir su opinión respecto de estos expedientes, vigilando el cumplimiento de los requisitos. En los casos en que consideren que se necesita mayor información, siempre y en todo caso, deberán solicitarla tanto al Colegio Federado respectivo como al Profesionista evaluado.

4) Criterios de evaluación

En la Disciplina de Fiscal, se deberán reunir en los últimos 4 años, al menos 160 puntos en esta especialidad, de los 260 puntos requeridos para el cumplimiento de la Norma de Educación Profesional Continua del IMCP, esto para quienes tienen la Certificación General y en el caso de aquellos profesionales que no tuvieran esta Certificación General, deberán reunir al menos 120 puntos en la especialidad de Fiscal de los 260 puntos requeridos. Estos datos se obtendrán de las Manifestaciones de EPC de los profesionales. Demostrándose ese puntaje, se debe otorgar la Certificación.

En las Disciplinas de Costos, de Finanzas y de Contabilidad y Auditoría Gubernamental, deberá prevalecer el criterio de preponderancia, en relación con el tiempo que le destina el Profesional de su ejercicio.

En el caso de la Disciplina de Fiscal, en el que no se llegara al puntaje requerido o en el caso de existir alguna duda en las otras Disciplinas, siempre y en todo caso, se le pedirá al Profesional que aporte documentación adicional que le permita demostrar que es especialista en esta materia.

5) Certificación de otros profesionales

El IMCP otorgará la Certificación a otros profesionistas, siempre que se encuentren afiliados (al momento de hacer su solicitud) a alguno de los Colegios federados o bien, a alguna de las Organizaciones Consejeras (que son la Academia de Estudios Fiscales de la Contaduría Pública, Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas y la Asociación Mexicana de Costos).

En el caso de los profesionales que se les hubiera otorgado la Certificación por Disciplinas, con anterioridad a estas conclusiones, se les deberá informar de manera personalizada, que para refrendar su certificación, deberán cumplir con estos requisitos, en adición a los demás ya debidamente reglamentados.

Para mayor información, favor de comunicarse con el L.C. Jorge Araiza Solano, Gerente de Certificación y Calidad Profesional del IMCP, y/o con el Lic. Willebaldo Roura Pech, Director Ejecutivo del IMCP, a los teléfonos 01 55 52 67 64 23, 68 y 43, o bien jaraiza@imcp.org.mx, certificacion@imcp.org.mx y asistente.certificacion@imcp.org.mx

Reciban un cordial saludo.

*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP
C.P.C. Francisco Javier Macías Valadez Treviño
Presidente

c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2010-2011