Folio 84/2009-2010 Adopción de las Normas Internacionales de Auditoría para las auditorías de estados financieros de ejercicios contables que inicien el 1 de enero de 2012, así como la abrogación de las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas en México a partir del 1 de enero de 2013.
A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE
LOS COLEGIOS FEDERADOS Y A LA
MEMBRECÍA EN GENERAL DEL IMCP
El Comité Ejecutivo Nacional del IMCP, a través de Vicepresidencia de Legislación y su Comisión de Normas y Procedimientos de Auditoría (CONPA), en sesión celebrada el 2 de junio de 2010 y el Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. (IMCP) en junta extraordinaria celebrada el 15 de junio de 2010, después de analizar los comentarios obtenidos durante el proceso de auscultación iniciado el 14 de diciembre de 2009, resolvieron la adopción integral de las Normas Internacionales de Auditoría (ISA, por las siglas en inglés de International Standards on Auditing), emitidas por la International Federation of Accountants (IFAC), a través del International Auditing and Assurance Standards Board (IAASB), para las auditorías de estados financieros de ejercicios contables que inicien el 1 de enero de 2012, así como la abrogación de las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas en México (Normas de Auditoría), emitidas por el IMCP a través de la CONPA, a partir del 1.de enero de 2013.
Las Normas de Auditoría quedarán abrogadas el 1 de enero de 2013; por tanto:
-* Todos los trabajos de auditoría, correspondientes a ejercicios contables que se inicien a partir del 1 de enero de 2012, se desarrollarán con base en las ISA.
-* Aquellas auditorías correspondientes a ejercicios contables irregulares que abarquen un periodo comprendido entre 2011 y 2012, continuarán aplicando las Normas de Auditoría.
-* Todas las auditorías de estados financieros que inicien a partir del 1 de enero de 2013, correspondientes a ejercicios contables que hayan iniciado con anterioridad al 1 de enero de 2012, se deben realizar de conformidad con las ISA.
-* En aquellos casos en que los estados financieros previamente auditados conforme a las Normas de Auditoría sean reemitidos, reformulados o se emitan conforme a un marco de referencia de información financiera diferente, podrán seguir siendo auditados conforme a dichas normas, sin aplicar obligatoriamente las ISA.
La adopción de las ISA sustituirá únicamente a las Normas de Auditoría, quedando excluidos otros trabajos de aseguramiento (normas para atestiguar, serie 7000 y de revisión de información financiera, serie 9000), así como la Norma de control de calidad aplicable a las firmas de contadores públicos que desempeñan auditorías y revisiones de información financiera, trabajos para atestiguar y otros servicios relacionados, el Marco de referencia para trabajos de aseguramiento y las normas relativas otros servicios relacionados correspondientes a la serie 11000, las cuales se rigen y se seguirán rigiendo de acuerdo con la normatividad emitida por el IMCP a través de la CONPA.
Por todo anterior el CEN y la CONPA resolvieron:
UNICO.- La adopción integral de las Normas Internacionales de Auditoría emitidas por la International Federation of Accountants, a través del International Auditing and Assurance Standards Board para las auditorías de estados financieros de ejercicios contables que inicien a partir del 1 de enero de 2012, así como la abrogación de las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas en México, emitidas por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C., a través de la Comisión de Normas y Procedimientos de Auditoría a partir del 1 de enero de 2013. En aquellos casos en que los estados financieros previamente auditados conforme a Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas en México, sean reemitidos, reformulados o se emitan conforme a un marco de referencia de información financiera diferente, podrán seguir siendo auditados conforme a dichas normas sin aplicar obligatoriamente las Normas Internacionales de Auditoría.
Reciban un cordial saludo.
*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP
C.P.C. Luis Raúl Michel Domínguez
Presidente
Se acompaña documento oficial aprobado por el CEN y por la CONPA, el cual incluye la exposición de motivos y el resolutivo correspondiente.
c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2009-2010
-*
-* Descargar Anexo Folio 84 (Clic Aquí)->https://imcp.org.mx/IMG/pdf/Anexo_Folio_84.pdf
Descargar Folio 84 (Clic Aquí)