Folio 3/2011-2012 – Nuevas reglas para los Comprobantes Fiscales Digitales a partir de 2012 Modificación al Anexo 20 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2011
A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE LOS COLEGIOS FEDERADOS Y A LA MEMBRECIA EN GENERAL DEL IMCP
El Comité Ejecutivo Nacional del IMCP a través de su Vicepresidencia de Fiscal a cargo del C.P.C. Pedro Carreón Sierra, da a conocer el Anteproyecto de la modificación al Anexo 20 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2011, el cual, en breve será publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Este anexo contiene las especificaciones que deben cumplir los comprobantes fiscales digitales a partir del ejercicio de 2012. En ese sentido, para efectos de la factura electrónica deja como opcionales requisitos que se encuentran vigentes y obligatorios en 2011 como son:
- Nombre, denominación o razón social de quien lo expide.
- Domicilio fiscal de quien los expide.
Lo anterior porque el Servicio de Administración Tributaria ya cuenta con esa información en sus bases de datos, por lo cual consideró suficiente que el comprobante contenga el requisito de la clave del registro federal de contribuyentes de quien lo expide.
Este anexo contiene las reformas al Código Fiscal de la Federación en materia de comprobantes fiscales aprobadas por el Congreso de la Unión aún pendientes de publicarse en el DOF.
Anexamos el Anteproyecto de referencia.
Reciban un cordial saludo.
El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP
C.P.C. José Luis Doñez Lucio
Presidente
c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2011-2012
El contenido de este folio, es de carácter informativo y no normativo, por lo que la responsabilidad del IMCP se limita sólo a su difusión.