Devolución de Cuotas Enteradas sin Justificación Legal
L.C.P. Didier García Maldonado
Integrante de la CROSS Nacional
Introducción
La complejidad del cumplimiento de las obligaciones fiscales patronales, correspondida con la facultad que tiene el Instituto Mexicano del Seguro Social (Instituto) de recaudar y cobrar las cuotas obrero-patronales, así como la intervención del factor humano en dichas actividades, propician los principales factores que generan en mayor o menor grado el fenómeno denominado Contribuciones Enteradas sin Justificación Legal (CESJL).
Las obligaciones y facultades mencionadas en el párrafo anterior, demandan la intervención de personal altamente calificado tanto en la parte teórica como en la ejecución de las diversas disposiciones fiscales y legales aplicables en la materia, sin embargo; el hecho de que tanto el sector patronal, como el personal del Instituto referido cuenten con personal calificado, finalmente no elimina la posibilidad de caer en supuesto de CESJL, sino únicamente reduce dicha posibilidad.
En relación al procedimiento de Devolución de las Cuotas Enteradas sin Justificación Legal (DCESJL) puedo afirmar que es un trámite poco aplicado por los patrones y en menor grado aun por los trabajadores, en primera instancia por la falta de estandarización de sus requisitos y en segunda instancia por la mecánica que actualmente se emplea para su ejecución.
Es por todo lo anterior que consideré útil la elaboración del presente artículo técnico en donde de manera inductiva iniciaremos abordando de forma práctica y sencilla los principales aspectos que se debe considerar para tener éxito en los trámites de DCESJL que se gestionan ante el Instituto Mexicano del Seguro Social y para finalizar emitiremos algunas recomendaciones que consideramos pueden ser muy útiles en la modernización y simplificación administrativa de este trámite.
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