Devolución de saldos en favor de IVA
Escrito por Miguel Ángel Temblador
Excélsior
lunes, 09 de febrero de 2009
Desde los años ochenta cuando se implementó en México el impuesto al valor agregado, el cual consiste en un sistema por el cual el consumidor final paga el impuesto pero los participantes de la cadena productiva únicamente pagan este impuesto por el diferencial entre el gravamen cobrado y el impuesto pagado susceptible de acreditar, es decir, por el valor que agregan al producto o servicio, se ha originado en algunos contribuyente los famosos “saldos a favor” (cuando el impuesto cobrado es menor que el impuesto pagado susceptible de acreditar).
De todos es bien sabido lo difícil que es obtener la devolución del saldo a favor de IVA, puesto que las autoridades requieren que el contribuyente presente un detalle impresionante de información que les permita concluir que el saldo en favor existe y debe devolverse.