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Síntesis Informativa

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EL FINANCIERO, SECCIÓN ECONOMÍA

En 2014, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) gozará del fortalecimiento de las facultades de fiscalización otorgadas por el Congreso y encontrará en el sistema financiero, tanto nacional como extranjero, a su principal aliado. A partir del año entrante, el fisco realizará el ejercicio de discrepancia fiscal de erogaciones efectuadas por cualquier persona física en tarjetas de crédito, adquisiciones de bienes, depósitos en cuentas bancarias y en inversiones financieras. Por otro lado, los contribuyentes sólo podrán deducir sus gastos médicos si los pagan a través de medios electrónicos como tarjetas de crédito, de débito o transferencias. Entre los principales cambios legislativos, destacan el del Artículo 69 del Código Fiscal de la Federación (CFF) que autoriza a romper el secreto fiscal en aquellos casos en los que los contribuyentes no cumplan con sus obligaciones, con lo que el SAT podrá publicar los datos de quienes han desaparecido de su domicilio y de los que no están pagando sus impuestos.

En tanto, el Artículo 10 subraya que cuando los contribuyentes no sean localizados en los domicilios que establecieron, se considerará el que hayan manifestado a las entidades financieras o a las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo. Por otra parte, el Artículo 22 del CFF indica que para que el SAT deposite las devoluciones en las cuentas de los contribuyentes en un plazo no mayor a 40 días desde la recepción de la solicitud, se deberán dar los datos de la institución del sistema financiero, el número de cuenta para transferencias electrónicas del contribuyente en la institución y demás informes y documentos que, en su momento, señala el reglamento del código.


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