Categoría: Comisiones Nacionales

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    Fiscoalerta FA-10

    No procede el pago de intereses cuando se devuelve un crédito fiscal anulado

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    Fiscoalerta FA-09

    Nuevas tasas efectivas del ISR a los grandes contribuyentes

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    Fiscoalerta FA-08

    El SAT publica la primera resolución de modificaciones a la RMF 2026 (version anticipada)

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    Fiscoalerta FA-07

    Visita domiciliaria: nulidad por extralimitación del visitador

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    Fiscoalerta FA-05

    Tribunal acota el plazo del artículo 46-A, CFF

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    Fiscoalerta FA-04

    Facilidades Administrativas 2026

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    Fiscoalerta FA-03

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    Fiscoalerta FA-02

    SAT presenta el Plan Maestro 2026

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    Fiscoalerta FA-01

    Contratos privados celebrados en el extranjero solo producen efectos fiscales en México si cumplen con el requisito de “fecha cierta”, conforme a la legislación civil mexicana.

    Tesis aislada, Tribunales Colegiados de Circuito.

  • Boletín de Noticias de la CROSS 2025-16 La carta invitación del IMSS Herramienta de fiscalización

    Boletín de Noticias de la CROSS 2025-16 La carta invitación del IMSS Herramienta de fiscalización

    C.P. y P.C.S.S. Joel Calyeca Sánchez

    Integrante de la CROSS del IMCP

    Introducción

    Conforme a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley del Seguro Social (LSS) la organización y administración del Seguro Social, en los términos consignados en esta Ley, están a cargo del organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios, de integración operativa tripartita, debido a que a la misma concurren los sectores público, social y privado, denominado Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

    Dado lo anterior, en aplicación de las facultades y atribuciones como Instituto en su carácter de organismo fiscal autónomo señaladas en el Artículo 251 de la LSS, es frecuente que los patrones reciban oficios mediante los cuales la autoridad les invita a regularizar su situación fiscal, siendo conocidos como “Cartas invitación del IMSS” fundamentadas en el Artículo 33 del Código Fiscal de la Federación (CFF), Fracción IV Inciso c).

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  • Boletín de Noticias de la CROSS 2025-15 Necesidad de reformar y unificar el concepto de beneficiario en la LFT, la LSS y la LINFONVIT

    Boletín de Noticias de la CROSS 2025-15 Necesidad de reformar y unificar el concepto de beneficiario en la LFT, la LSS y la LINFONVIT

    L.C., P.C. en S.S., M.A. y M.I. Eduardo López Lozano

    Integrante de la CROSS del IMCP

     

    Beneficiarios legales

    La LSS define a los beneficiarios en el Artículo 5 A, Fracción XII de la forma siguiente:

    […]

    La o el cónyuge del asegurado o asegurada o del pensionado o pensionada y a falta de éstos, a la concubina o el concubinario en su caso, a quien haya suscrito una unión civil con el asegurado o asegurada o el pensionado o pensionada, cualquiera que fuere su sexo, así como los ascendientes y descendientes de la o el asegurado o de la o el pensionado señalado en la ley.

    Vale la pena revisar la naturaleza y las características que tienen las personas designadas:

    •               Cónyuge. Es la persona que contrajo matrimonio[1] en términos del Código Civil o de familia[2] con la persona trabajadora.

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  • Boletín de Noticias de la CROSS 2025-14 Normas para Atestiguar del IMCP, NIGC e IA Visión integrada para la auditoría en materia de seguridad social (IMSS)

    Boletín de Noticias de la CROSS 2025-14 Normas para Atestiguar del IMCP, NIGC e IA Visión integrada para la auditoría en materia de seguridad social (IMSS)

    L.C. y P.C.FI. Angélica Domínguez Márquez

    Integrante de la CROSS del IMCP

      

    Introducción

    La auditoría en materia de seguridad social, especialmente la que se realiza en el ámbito del IMSS, actualmente se visualiza como un proceso de aseguramiento integral, que va más allá de la simple verificación aritmética y documental, que requiere enfoqué técnico, juicio profesional, control de calidad y un proceso integral para anticipar y controlar los riesgos.

    El marco normativo que rige la actuación del Contador Público independiente se ve fortalecido con la interacción de dos grandes pilares: las Normas para atestiguar emitidas por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) y las Normas Internacionales de Gestión de la Calidad NIGC 1 y NIGC 2. No obstante, la aplicación práctica de ambos cuerpos normativos representa un reto operativo significativo para las firmas y los auditores independientes.

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