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Con respecto a la obligación de presentación a más tardar el 15 de mayo del año inmediato posterior a la terminación del ejercicio de que se trate de la Información de operaciones que se realicen con partes relacionadas, efectuadas durante el año de calendario inmediato anterior, que se solicite mediante la forma oficial que al efecto aprueben las autoridades fiscales, referidas en la Fracción X del Artículo 76 y Fracción X del Artículo 110 de la Ley del ISR.

El SAT, por parte del Área de Apoyo Jurídico de Servicios al Contribuyente, envió respuesta e información a través de la Comisión Nacional de Síndicos del IMCP, sobre como los contribuyentes deben cumplir, cuando se encuentran obligados a presentar la información de operaciones que se realicen con partes relacionadas, confirmando que el medio de presentación de esta declaración, es la Declaración Informativa Múltiple “(DIM)”, y su Anexo 9 “Información de operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero”.

Por esto el SAT publicó en su portal, las preguntas frecuentes para informar, cómo se debe cumplir con el llenado de esta declaración, cuando se realizaron operaciones con partes relacionadas residentes en territorio nacional.

Se adjunta el documento con el planteamiento presentado por la Comisión Nacional de Síndicos del IMCP y la respuesta por parte del SAT, así como las preguntas frecuentes sobre la declaración informativa de operaciones con partes relacionadas, que se encuentran en el portal del SAT.

En el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, los asociados cuentan con la posibilidad de presentar ante las autoridades, a través del uso del programa de síndicos del IMCP, los planteamientos sobre problemáticas, dudas o incertidumbres, que tengan sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales, que afecten de manera general a los contribuyentes.

C.P.C. Luis Carlos Figueroa Moncada

Presidente de la Comisión Nacional de Síndicos del IMCP

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