Boletín de Noticias de la CROSS 2023-13 LA DETERMINACIÓN PRESUNTIVA DE CRÉDITOS FISCALES, PARA LOS PATRONES DE LA CONSTRUCCIÓN QUE REALIZA EL IMSS. ¿REALMENTE TIENE DESTINO AL GASTO PÚBLICO CONFORME AL ARTÍCULO 31 FRACCIÓN IV?
C.P.C. y L.D. Francisco Teodoro Torres Juárez
Integrante de la CROSS Nacional
El tema que propongo es un tema controversial sin lugar a duda, de allí la importancia de realizar el análisis de este. Iniciaré señalando como antecedente del tema propuesto lo siguiente: se ha determinado por los tribunales que, el IMSS “cuenta con la facultad para determinar presuntivamente las cuotas obrero patronales en materia de construcción”, y aunque pudiéramos estar de acuerdo o no con la facultad del IMSS, o incluso, debatir sobre este tema de competencia; y tratar de definir, si realmente dicha autoridad, cuenta con dicha facultad para determinar presuntivamente cuotas (cuestión con la que no estoy de acuerdo); sin embargo, los tribunales ya han determinado que, el IMSS si cuenta con dichas facultades de determinación presuntiva en Materia de Construcción, según se determina en los siguientes criterios jurisdiccionales; de los cuales, realizaré muy breves comentarios, ya que no es mi objetivo el día de hoy, analizar la competencia del IMSS.
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