Boletín Conferencia de Prensa Julio 2014
Estadísticas del SAT al mes de junio de 2014
Nosotros, Contaduría Pública, hemos estado participando en forma activa en la prestación de servicios a todos los niveles, por lo que usamos los resultados de la información que tiene el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Derivado de nuestra participación a nivel nacional y con la información proporcionada por el SAT, al mes de junio de 2014, damos a conocer las siguientes cifras y estadísticas en materia de:
1. Universo de contribuyentes: REPECOS VS RIF
2. Mis cuentas
Al 6 de julio de 2014, sobre el uso del sistema “Mis cuentas” el SAT reporta más de 6 millones 62 mil operaciones efectuadas por contribuyentes de cualquier régimen fiscal, de las cuales más de 2 millones 152 mil son de registro de gastos, más de 1 millón, 297 mil corresponden a registro de ingresos y más de 2 millones 612 mil a la emisión de Factura Fácil.
Del total de los más de 6 millones 62 mil operaciones registradas, clasificadas por régimen fiscal en “Mis Cuentas”, cerca de 5 millones 370 mil corresponden a operaciones del RIF, más de 522 mil al de actividad empresarial y/o profesional, más de 114 mil de arrendamiento, cerca de 14 mil 500 de salarios y cerca de 42 mil operaciones corresponden al resto de los regímenes fiscales.
3. Factura Electrónica
A partir del 1o de abril es obligatorio el uso de la Factura Electrónica, bajo el esquema Comprobante Fiscal Digital por Internet.
Hoy, es posible facturar gratuitamente con estas herramientas:
1. Mis Cuentas, aplicación en línea disponible en el portal de Internet sat.gob.mx. Se puede facturar incluso desde un dispositivo móvil.
2. Herramienta de Generación Gratuita de CFDI, disponible en el portal de Internet del SAT.
3. Con los Auxiliares de Facturación Autorizados, PACs, a través de sus herramientas gratuitas de facturación que están obligados a ofrecer al contribuyente.
Todas las facturas emitidas por estos medios son legales, legítimas y sirven para comprobar transacciones fiscalmente formales en México.
Al mes de abril de 2014 se han emitido más de 11 mil 424 millones de facturas electrónicas.
En materia de factura electrónica, CFD-I como único medio de comprobación fiscal para deducciones y acreditamientos, se tienen las siguientes cifras:
Del cierre de 2013 al 30 de abril 2014, se incrementó un 196%.
4. Timbrado de Nómina
Para el universo específico del RIF existen más de 4 millones 138 mil contribuyentes a finales de abril. Más de 271 mil tienen la obligación en el RFC de ISR retenciones por salarios y asimilados. De este universo, el 4% (11 mil contribuyentes) ha cumplido con la obligación de emitir CFDI de nómina.
Para Personas Morales se tiene un avance del 12% (108,021 de 906,946). Para Personas Físicas no RIF es del 7% (41,740 de 589,869) tomando como
base la obligación del RFC.
5. Devoluciones personas físicas
De acuerdo con información del SAT, al 4 de junio de 2014, se han autorizado 1,182,150 devoluciones a un total de 1,175,656 contribuyentes.
Se han devuelto 10,385.1 millones de pesos.
Las principales inconsistencias señaladas por la autoridad como causas por las cuales en algunos casos no han efectuado la devolución son:
Se asentó incorrectamente el número de cuenta Clabe o ya había sido utilizado por otro contribuyente.
Alguna de las deducciones personales tenía los datos erróneos o el SAT requiere revisar la información.
No se marcó la opción de Devolución.
6. Empresas certificadas en materia de IVA e IEPS
Al 14 de julio, 245 empresas han sido certificadas en materia de IVA e IEPS, atendiendo a los sectores electrónicos, autopartes, industria metalmecánica y fabricación de equipo ferroviario, siendo todas del régimen aduanero IMMEX-NEEC.
En total se han recibido 975 solicitudes que se encuentran en proceso de atención. Hay cerca de 80 resoluciones positivas próximas a emitirse.
7. Declaración bimestral de RIF
El SAT informó el pasado 30 de junio que se encuentra lista la aplicación para que los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal presenten sus declaraciones. A partir de julio, deben declarar bimestralmente con la aplicación disponible a través de Mis Cuentas.
La declaración del primer bimestre se presentará en julio y las del segundo y tercer bimestre pueden presentarse en agosto. Los contribuyentes de los Regímenes de Actividad Empresarial e Intermedio que optaron por cambiarse al Régimen de Incorporación Fiscal, para presentar sus declaraciones bimestrales podrán emplear el servicio de Declaraciones y Pagos (Pago referenciado), utilizando su RFC y Contraseña.
Los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal deben presentar su declaración del primer bimestre de 2014 durante julio y las del segundo y tercer bimestre pueden presentarlas en agosto, a través de la aplicación de “Mis Cuentas”, disponible en el portal del SAT.
C.P.C. Luis González Ortega
Presidente
Instituto Mexicano de Contadores Públicos
La importancia de la Colegiación y de la Certificación Profesional
En nuestra vida cotidiana, en algún momento tendremos que contratar los servicios profesionales de médicos, abogados y de más profesionistas cuya función social tiene que ver con la vida, la salud, el patrimonio y la libertad de sus contratantes.
Por ello, es necesario tener la certeza de que los profesionistas cuya actividad está relacionada con los aspectos antes mencionados, tengan la experiencia y capacitación necesarias para poder otorgar sus servicios con la calidad que exige la sociedad.
1. La Colegiación Profesional
Desde hace más de 90 años, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. (IMCP), y sus 60 Colegios Federados, se han dado a la tarea de apoyar a la comunidad contable organizada, en el otorgamiento de una capacitación profesional de calidad y de vanguardia acorde a los contantes cambios normativos y fiscales que requiere el país.
El cumplimiento de un determinado número de horas de capacitación y la adopción de un Código de Ética Profesional con reconocimiento internacional, son los factores que distinguen a los socios del IMCP.
Además, la vida colegiada ofrece a sus agremiados, entre otros beneficios:
Desarrollo profesional, ya que los colegios dan la oportunidad de actualizar, mejorar y completar su formación universitaria mediante cursos, diplomados, publicaciones y distintas actividades enfocadas al desarrollo de la competitividad profesional en todos los campos del ejercicio de la Contaduría Pública.
Reconocimiento social, porque los socios del IMCP son considerados por la sociedad como Contadores Públicos capaces, íntegros y confiables; regidos por un sólido Código de Ética con alcance internacional.
Oportunidades de crecimiento, puesto que el Colegio es un foro que facilita el intercambio de diálogo e incrementa relaciones entre colegas reconocidos, que ejercen la carrera en los diversos sectores profesionales.
Explorar nuevos escenarios y campos de acción que se ofrecen al Contador Público para crear valor, riqueza y ventajas competitivas en su ámbito de especialidad.
Participar en diversas comisiones de trabajo para colaborar en el continuo desarrollo de los Colegios y del IMCP, propiciando además la interacción con otros profesionistas y enriqueciendo el intercambio de conocimientos y experiencias.
La Certificación Profesional
La obtención de un título y una cédula profesional, no necesariamente acreditan que sus portadores, a la fecha, están actualizados, o que realmente hayan ejercido su profesión.
Aunado a lo anterior, la proliferación de escuelas de baja calidad académica es un factor que promueve que miles de egresados estén en el campo laboral, en búsqueda de una oportunidad como posibles proveedores de servicios profesionales.
La profesión contable organizada, conocedores de estos temas, a partir de 1998, al amparo del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, el IMCP, dio inicio al Proceso de Certificación Profesional, que se define como el instrumento de evaluación que certifica y garantiza la actuación técnica y la capacidad profesional para ejercer eficientemente la profesión. Es la constancia de que un profesional cuenta con los conocimientos, habilidades y destrezas requeridos para el ejercicio de una profesión.
El 27 de septiembre de 2002, el IMCP firmó en Washington, DC, el Acuerdo de Reconocimiento Profesional Mutuo, con los siguientes organismos: Asociación Nacional de Consejos Estatales de Contabilidad (National Association of State Boards of Accountancy o NASBA, por sus siglas en inglés), el Instituto Americano de Contadores Públicos Certificados (American Institute of CPA o AICPA, por sus siglas en inglés), el Instituto de Contadores Certificados de Canadá (Canadian Institute of Chartered Accountants o CICA, por sus siglas en inglés), y el Comité Mexicano para la Práctica Internacional de la Contaduría Pública (Compic), en donde, entre otros aspectos a considerar, se establecieron los acuerdos de reciprocidad en los servicios profesionales entre esos tres países.
En 2005, el IMCP fue el primer organismo profesional en obtener, por parte de la Dirección General de Profesiones de la SEP, el Reconocimiento de Idoneidad como Auxiliar en la Vigilancia del Ejercicio Profesional, en la modalidad de Certificación Profesional.
En julio de 2010, el IMCP con el apoyo de la Auditoría Superior de la Federación, la Secretaría de la Función Pública, el Servicio de Administración Tributaria, la Facultad de Contaduría y Administración de la UNAM, el Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas y el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera, desarrolló e implementó el proceso para la Certificación Profesional por Disciplinas.
La certificación profesional por disciplinas consiste en otorgar a los profesionistas que participan como especialistas en las áreas de: contabilidad, contabilidad gubernamental, contabilidad y auditoría gubernamental, costos, finanzas y fiscal, la constancia de que sus conocimientos, habilidades y destrezas son las necesarias para poder ofrecer a la sociedad, el servicio y la calidad profesional requeridos en alguna de esas disciplinas de la contaduría pública.
El profesionista certificado por el IMCP, presenta mayores oportunidades en el mercado laboral, ya que su experiencia y actualización profesional, es avalada por un organismo colegiado. Para el empleador, al contratar profesionistas certificados, le genera una mayor credibilidad en el trabajo desempeñado por el talento humano de su empresa, propiciando con ello, una mejor publicidad para su negocio.
3. Iniciativas de los Proyectos de Decreto por el que se reforman los artículos 5°, 28 y 73 constitucionales en materia de Colegiación y Certificación Obligatorias, y de la Ley General del Ejercicio Profesional Sujeto a Colegiación y Certificación Obligatorias.
El 18 de febrero de 2014, en la Gaceta del Senado de la República, se publicaron los siguientes documentos:
a) IniciativadeReformaConstitucionalenmateriadeColegiaciónyCertificación Obligatorias; e,
b) Iniciativa de Ley General para el Ejercicio Profesional sujeto a Colegiación y Certificación Obligatorias.
Derivado de esa Iniciativas, se pronuncia en la observancia de los siguientes aspectos:
El IMCP coincide con la necesidad de que los profesionistas del país, desarrollen sus funciones dentro de los estándares de calidad que demanda actualmente la sociedad, ofreciendo a esta, la seguridad de contratar profesionales calificados y actualizados.
Por lo que corresponde a la colegiación profesional obligatoria, el IMCP está de acuerdo, siempre y cuando se mantenga el estándar de calidad de los derechos y obligaciones de los socios, establecidos en los Estatutos y Reglamentos del IMCP.
Mantener para el IMCP la figura de Federación de Colegios, a fin de dar cumplimiento a los acuerdos internacionales en materia normativa financiera contable, contraídos por nuestro país.
Mantener un solo Código de Ética Profesional para los Contadores Públicos que cuenta con el reconocimiento internacional (el Código de Ética emitido por la Federación Internacional de Contadores, IFAC por sus siglas en inglés).
Homologar el proceso de certificación de los contadores públicos, al que tiene actualmente el IMCP, el cual está basado en tener que sustentar un examen de competencia profesional que practica el Centro Nacional de Evaluación para la Educación Superior (CENEVAL); y que para su Refrendo que es cada 4 años, se deba cumplir con la capacitación mínima de 65 horas por año, de acuerdo con la Norma de Educación Profesional Continua del IMCP.
Establecer cuotas de colegiación diferenciadas por cada región del país, de acuerdo con la situación socioeconómica de las mismas.
Dr. Eduardo Ávalos Lira
Vicepresidente de Docencia
Instituto Mexicano de Contadores Públicos
Presentación de la contabilidad al SAT vía electrónica
Derivado de la Reforma Fiscal 2014 en materia de Código Fiscal de la Federación (CFF), una parte importante de ella fue la llamada contabilidad electrónica que contempla la obligación para los contribuyentes de comunicar mensualmente la información contable por medio de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria de conformidad con las reglas de carácter general que se emitan para tal efecto.
Estas reglas fueron publicadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el Diario Oficial de la Federación, el pasado 4 de julio, las cuales señalan que:
Regla I.2.8.6 A. La contabilidad deberá llevarse en sistemas electrónicos con la capacidad de
generar archivos en formato XML que contengan lo siguiente:
1. Catálogo de cuentas utilizado en el periodo con el código agrupador de cuentas del SAT.
2. Balanza de comprobación que incluya saldos iniciales, movimientos del periodo y saldos finales de todas y cada una de las cuentas de activo, pasivo, capital, resultados (ingresos, costos, gastos) y cuentas de orden; en el caso de la balanza de cierre del ejercicio se deberá incluir la información de los ajustes que para efectos fiscales se registren.
3. Información de las pólizas generadas incluyendo el detalle por transacción, cuenta, subcuenta y partida, así como sus auxiliares.
Artículo Décimo Tercero Transitorio
B. Para efectos del cumplimiento de la disposición de entregar la contabilidad en medios electrónicos de manera mensual, los contribuyentes solo deberán presentar las señaladas en los numerales 1 y 2 anteriores. El catálogo de cuentas a que se refiere el numeral 1 citado, deberá ser presentado por única ocasión en el primer envío y cada vez que dicho catálogo sea modificado.
Las balanzas de comprobación las presentarán las personas morales a partir del mes de julio, de acuerdo con el calendario siguiente:
Regla I.2.8.7 C. Por el ejercicio de 2015 las personas físicas y morales deberán presentar la contabilidad electrónica de forma mensual conforme al siguiente calendario:
Respecto al archivo correspondiente a la información del cierre del ejercicio, en la que se incluyan los ajustes para los efectos fiscales, será:
D. Es importante señalar que la información de pólizas generadas, referidas en el numeral 3 antes señalado, los contribuyentes deberán presentarlo además de la información correspondiente a los numerales 1 y 2, solo en los casos donde realicen solicitudes o trámites de devolución o compensación de impuestos.
En caso de que los archivos contengan errores informáticos, por parte de la autoridad se enviará un aviso en el Buzón Tributario para que, dentro del plazo de 3 días hábiles contados a partir de que surta efectos la notificación del referido aviso, el contribuyente corrija dicha situación y pueda enviarlos nuevamente.
Cuando el contribuyente modifique posteriormente los archivos ya enviados, se efectuará la sustitución de estos, mediante el envío de los nuevos archivos, lo cual deberá realizarse dentro de los 3 días hábiles posteriores a cuando tenga lugar la modificación de la información por parte del contribuyente.
Regla I.2.8.6 E. Los contribuyentes que registren sus operaciones en la herramienta electrónica
“Mis Cuentas” quedarán relevados de presentar la información en comento.
Regla I.2.8.8
F. Las autoridades fiscales, en el ejercicio de sus facultades de comprobación solicitarán la información contable de las pólizas, solo a partir del periodo o ejercicio 2015.
G. Información del SAT señala lo siguiente: Los contribuyentes obligados a entregar la información contable es de
6,140,747, misma que se integra de la misma manera: o Personas morales 2,246,009 o Personas físicas 3,894,738
Al mes de junio el total de contribuyentes que utilizan la herramienta “Mis Cuentas” es de 681,710.
En el IMCP estamos convencidos de que esta medida propuesta por la autoridad simplificará la carga fiscal de los contribuyentes y facilitará el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
C.P.C. Víctor Keller Kaplanska
Presidente de la Comisión Representativa ante las Administraciones Generales de Fiscalización del SAT
Instituto Mexicano de Contadores Públicos
Buzón Tributario
A partir del año 2014 producto de las reformas al Código Fiscal de la Federación, las personas físicas y morales inscritas en el RFC tendrán asignado un buzón tributario en la página de Internet del SAT mediante el cual las autoridades fiscales podrán notificar cualquier acto o resolución.
Esta nueva obligación del Buzón Tributario entró en vigor el pasado 30 de junio de 2014 para personas morales y a partir del 1 de enero de 2015 para personas físicas.
I. FUNCIONAMIENTO
¿Qué es el buzón tributario?
El buzón tributario es un sistema de comunicación electrónico ubicado en la página de Internet del SAT, por medio del cual:
La autoridad fiscal realizará la notificación de cualquier acto o resolución administrativa.
Los contribuyentes presentarán promociones, solicitudes, avisos, darán cumplimiento a requerimientos de la autoridad, realizarán consultas sobre su situación fiscal y enviarán la contabilidad.
Servicios
Los servicios que ofrece el Buzón Tributario son los siguientes:
Comunicados. En esta sección se dan a conocer avisos, invitaciones e información fiscal, con el propósito de que los contribuyentes conozcan en tiempo programas y beneficios que el SAT pone a su disposición.
Notificaciones electrónicas. El SAT enviará notificaciones electrónicas de los actos administrativos, de esta manera se tendrá conocimiento oportuno acerca de requerimientos de información y resoluciones sobre trámites presentados, entre otros.
Requerimientos para tener acceso al buzón tributario
RFC y contraseña para el acceso a Mi portal Fiel Correo electrónico Número de celular (opcional)
Primera vez que se ingresa
Con el fin de tener un medio de contacto:
Se acepta el Aviso de actualización del correo electrónico mostrado en la aplicación. Se puede actualizar el correo electrónico (se pueden proporcionar máximo cinco direcciones de correo electrónico)
Se puede proporcionar un número de teléfono móvil (celular)
Notificaciones
Las notificaciones se darán a conocer mediante correo electrónico, se indicará que debe ingresarse al buzón, para que se notifique el documento digital emitido por la autoridad fiscal. A partir del aviso vía correo electrónico, se cuenta con 3 días para abrir los documentos pendientes de notificar.
Cuando no se abre el documento, la notificación surte efectos al cuarto día, contado a partir del aviso vía correo electrónico. Una vez notificado el documento, estará disponible para su consulta e impresión por un periodo de 3 meses contados a partir de la fecha en que se realizó la notificación.
Procedimiento de operación
1. Se recibe mediante correo electrónico, el aviso de que se tiene una notificación.
2. Se ingresa a Mi portal,“BuzónTributario”.
3. Hay que seleccionar la opción “Notificaciones electrónicas”.
4. Serevisalanotificación.
5. Se firma de conocimiento con la Fiel.
Trámites
Los trámites que se pueden realizar mediante el buzón tributario son los siguientes:
Promociones. Requerimiento relacionado con solicitud de devolución. Todo tipo de notificaciones, ya sea por domicilio no localizado, por actos administrativos, aseguramiento precautorio, de contribuciones omitidas de embargo precautorio, etcétera. Exhibición de la contabilidad, datos, documentos o informes. Actos y resoluciones administrativos. Recurso de revocación
Horario aplicable para efectos del Buzón Tributario
Se considerará la hora del tiempo del centro, independientemente del horario que corresponda a la localidad en donde se hayan llevado a cabo.
Cuando las notificaciones electrónicas se realicen en día u hora inhábil, se tendrán por practicadas al día y hora hábil siguiente.
El SAT realizará notificaciones por medio del Buzón Tributario en el horario comprendido de las 9:30 a las 18:00 horas (de la zona centro de México).
Horario promociones
• Comprende las 24 horas del día. • Día inhábil, las promociones se tendrán por recibidas la primera hora del día hábil siguiente, se considerará para efectos legales el horario del domicilio fiscal del contribuyente.
Sanciones
La modificación, destrucción o la provocación de la pérdida de información del Buzón Tributario para obtener un beneficio propio o para terceras personas en perjuicio del fisco federal, o bien, el hecho de ingresar de manera no autorizada a dicho buzón, a fin de obtener información de terceros causa una sanción de 3 meses a 3 años de prisión.
II. PUNTOS IMPORTANTES A CONSIDERAR
Simplificación administrativa.
Fomenta el cumplimiento de obligaciones fiscales mediante el aprovechamiento de la tecnología.
En caso de fallas en la conexión de Internet, estado de indefensión para probar que la notificación fue realizada.
Reduce costo y tiempo que implican las notificaciones presenciales.
Reducción de vicios de forma.
El contribuyente deberá tener una dirección de correo electrónico a prueba de fallas y tendrá que revisar su correo todos los días.
No toma en cuenta el atraso tecnológico en México, así como la falta de recursos económicos de algunas empresas.
Herramienta de fiscalización donde el contribuyente encontrará los CFDI emitidos y los recibidos (al final del año se tendrán los ingresos y gastos, con lo que se podrá pre llenar el registro de declaración de impuestos).
Ahorro de papel.
Falta más información y difusión que la que hoy existe.
Ahorro en el uso de combustibles para la transportación de los notificadores.
Es de fácil acceso.
Vulnera el derecho de audiencia y de legalidad del contribuyente.
Aún no están previstos los procedimientos cuando existan fallas en la conexión de Internet.
Fallas tecnológicas, pues no se dimensionan las dificultades reales derivadas de la curva de aprendizaje.
No tiene costo para el contribuyente.
C.P.C. José Antonio De Anda Turati
Presidente de la Comisión Fiscal
Instituto Mexicano de Contadores Públicos
Obligaciones Fiscales en materia de Contabilidad a partir de 2014
Con motivo de las reformas para el año 2014, al Código Fiscal de la Federación (CFF) y su Reglamento (RCFF) nacen nuevas obligaciones para los contribuyentes en materia de registros y asientos contables, los cuales, en la mayoría de los casos, se deben cumplir desde el 1o de enero 2014 y en algunos casos a partir del 3 de abril 2014.
La importancia de dar cumplimiento a estas nuevas obligaciones en materia contable está basada en evitar el ejercicio de facultades por parte del SAT, principalmente en: a. La determinación presuntiva, b. multas, y c. rechazo de deducciones o de pérdidas.
Dentro de las reformas más relevantes aplicables a los registros contables de los contribuyentes están:
a. Identificar el IVA acreditable cuando el destino de los bienes o servicios varíe y se deba ajustar el acreditamiento previsto en la LIVA (obligación a partir del 1 de enero 2014).
b. Se elimina del Reglamento la posibilidad de llevar la contabilidad en forma manual y mecánica, por lo que ahora deberá ser llevada únicamente en forma electrónica. (Obligación a partir del 1 de enero 2014.)
c. Se incluye dentro de la información que integra la contabilidad al catálogo de cuentas que se utilice por el contribuyente, las acciones, partes sociales y títulos de crédito en que sea parte el contribuyente, así como la documentación relacionada con la contratación de personas físicas que presten servicios personales subordinados y cualquier declaración a que estén obligados en términos de las disposiciones fiscales aplicables. (Obligación a partir del 3 de abril 2014.)
d. Se confirma que los registros contables deben ser analíticos y efectuarse en el mes en que se realicen las operaciones, actos o actividades a que se refieran, a más tardar dentro de los cinco días siguientes a la realización de la operación, acto o actividad. (Anteriormente el plazo era de dos meses.) (Obligación a partir del 3 de abril 2014.)
e. Los registros contables deben permitir la identificación de cada operación, acto o actividad y sus características, y deben estar relacionados con los folios asignados a los comprobantes fiscales o con la documentación comprobatoria, de tal forma que pueda identificarse la forma de pago, las distintas contribuciones, tasas y cuotas. (Obligación a partir del 3 de abril 2014.)
f. Deberán permitir comprobar el cumplimiento de los requisitos relativos al otorgamiento de estímulos fiscales y de subsidios. (Obligación a partir del 3 de abril 2014.)
g. Identificar los bienes distinguiendo, entre los adquiridos o producidos, los correspondientes a materias primas y productos terminados o semiterminados, los enajenados, así como los destinados a donación o, en su caso, destrucción. (Obligación a partir del 3 de abril 2014.)
h. Los registros contables deben señalar la fecha de realización de la operación, su descripción o concepto, la cantidad o unidad de medida, la forma de pago de la operación, y especificar el medio de pago o de extinción de dicha obligación, según corresponda. (Obligación a partir del 3 de abril 2014.)
i. El registro de inventarios de mercancías, materias primas, productos en proceso y terminados, debe permitir identificar cada unidad, tipo de mercancía y fecha de compra o venta según se trate, así como el aumento o la disminución en dichos inventarios y las existencias al inicio y al final de cada mes, y al cierre del ejercicio fiscal, precisando su fecha de entrega o recepción, así como si se trata de una devolución, donación o destrucción.
Es importante hacer notar que los contribuyentes deberán conservar y almacenar como parte integrante de su contabilidad toda la documentación relativa al diseño del sistema electrónico donde almacenan y procesan sus datos contables y los diagramas del mismo, poniendo a disposición de las Autoridades Fiscales el equipo y sus operadores para que los auxilien cuando el SAT ejerza sus facultades de comprobación.
En el IMCP estamos capacitando a los Contadores Públicos para ayudar a los contribuyentes a cumplir con estas nuevas medidas impuestas por las autoridades fiscales.
C.P.C. José Antonio De Anda Turati
Presidente de la Comisión Fiscal
Instituto Mexicano de Contadores Públicos
Índice Mexicano de Confianza Económica
Reporte acumulado al mes de junio de 2014
El Índice Mexicano de Confianza Económica de Junio refleja una ligera mejoría en la percepción de los negocios. La percepción sobre la situación actual ya presenta una variación anual positiva.
El gremio de los Contadores Públicos del país expresó una percepción menos pesimista en el clima de los negocios durante el pasado mes de junio, en relación con la que manifestaron un mes antes, en donde todavía se percibió el impacto negativo en el consumo y en la actividad productiva de la Reforma Fiscal, combinada con una continua mejoría en las exportaciones manufactureras hacia el mercado de los Estados Unidos. El Índice Mexicano de Confianza Económica del IMCP de junio tuvo un comportamiento alcista. En este mes, la mejoría fue mucho más notable en la percepción sobre la situación futura, mientras que la percepción sobre la situación vigente aumentó marginalmente.
En el mes de junio de 2014, el gremio de los Contadores Públicos reflejó que su percepción sobre la situación de los negocios mejoró en comparación con el mes anterior. El IMCE total 85 para dicho mes arrojó 70.92 unidades contra los 69.34 puntos registrados en el mes inmediato anterior (+1.58 puntos), por lo que su nivel permanece en el rango intermedio de 80 la clasificación neutral. Esto representó un incremento mensual de +2.27%, pero implica una caída de -1.42% anual. (En mayo la baja era de -3.54% anual.)
En lo que respecta a la percepción sobre la situación actual, comparando el dato de junio de 2014 contra el de mayo, la confianza económica mostró un incremento, pues el Índice resultó en 66.79 puntos contra 65.90 enteros en el mes anterior (+0.89 puntos); sin embargo, con dicho resultado se continúa en el rango neutral con perspectiva negativa. La variación mensual de la percepción vigente fue de +1.35%, que equivale a un incremento de +0.17% anual. (En mayo la baja era de -3.20% anual). Esta variación positiva anual es la primera en 12 meses, lo que podría interpretarse como un indicio de recuperación, pero todavía débil.
En cuanto a la expectativa sobre la situación futura (dentro de seis meses), el dato también arrojó un incremento, pero con mayor fuerza, pues los resultados mostraron 76.07 puntos contra 73.64 unidades en el mes anterior (+2.43 puntos), nivel que continúa dentro del rango medio de la clasificación neutral. La percepción sobre el futuro mejoró en 3.30% mensual, que se ubica -3.12% más abajo que hace un año. (En mayo la caída fue de -4.12% anual.)
En cuanto a la pregunta sobre los principales obstáculos para los negocios, el factor de la falta de capital, junto con la falta de financiamiento se ubicaron en el primer lugar, mientras que la inseguridad pasó al tercer lugar, seguido de la competencia desleal que se señala como el tercer lugar en orden de importancia. Las altas tasas impositivas que en enero se señalaban como el obstáculo principal han quedado relegadas al cuarto lugar. Por último, la corrupción se encuentra entre los cinco principales obstáculos para el desarrollo de los IMCE Comparativo anual negocios.
El IMCE nos da una lectura oportuna sobre la evolución reciente de la economía y de sus expectativas a mediano plazo, pero una lectura más amplia se obtiene al considerar el IMCE total, más otros indicadores de difusión como el ISM de la Manufactura americana y el indicador IMEF compuesto (Manufactura y No manufactura), comparándolos con el IGAE histórico, como se observa en la siguiente gráfica, en la que se estaca ahora la recuperación de la manufactura en los Estados Unidos durante los últimos cuatro meses.
Lic. Ernesto O ́’Farrill Santoscoy
Presidente de la Comisión de Análisis Económico
Instituto Mexicano de Contadores Públicos