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PLAN MAESTRO DE FISCALIZACIÓN Y RECAUDACIÓN 2023, TASAS EFECTIVAS A GRANDES CONTRIBUYENTES, RECOMENDACIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN ANUAL 2022, AVANCE DE CITAS Y ACERCAMIENTOS CON EL SAT

 

Plan Maestro de Fiscalización y Recaudación 2023

El 29 de enero de 2023, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer, por medio de sus redes sociales oficiales, el “Plan Maestro de Fiscalización y Recaudación 2023”, que contempla a cuatro de sus Administraciones Generales: Recaudación, Grandes Contribuyentes, Auditoría Fiscal Federal y Auditoría de Comercio Exterior.

El plan consiste en una estrategia coordinada que considera cuatro aspectos centrales:

  1. Gestión de la autoridad: se centra en el acompañamiento al contribuyente para el cumplimiento voluntario de sus obligaciones fiscales; en segundo lugar, para generar actos de vigilancia con el fin incentivar la regularización de contribuyentes omisos o con diferencias en las contribuciones enteradas. Esta gestión, además, tiene la finalidad de optimizar la recuperación de la cartera de créditos fiscales.
  2. Acciones de fiscalización: se focaliza en el combate a esquemas de evasión que involucren a empresas “factureras” y a “empresas que se dediquen a la facturación de nóminas”. Esto implicará, también, un incremento en operativos carreteros y almacenes para combatir el contrabando, mayor análisis y programación de partidas atípicas de ingresos y gastos; además, se fortalecerán las revisiones de operaciones de comercio exterior, principalmente en el tema de importaciones temporales y verificación de origen. De igual manera, se contempla la publicación de tasas efectivas del ISR correspondientes a los ejercicios 2020 y 2021.
  3. Sectores económicos por revisar: en esta acción se definen, por parte de la autoridad fiscalizadora, los sectores de la economía que estarán sujetos a las acciones comentadas en los puntos anteriores, dichos sectores serán: acero, alimentos, automotriz, bebidas y tabaco, comercio, construcción, electrónicos, energético, entretenimiento, farmacéutico, minería, servicios inmobiliarios, sistema financiero, tenencia de acciones, telecomunicaciones, turismo y hotelería.
  4. Conceptos y conductas por revisar: los actos de fiscalización y las gestiones de la autoridad, estarán encaminados a revisar renglones, conceptos y conductas específicas que se han detectado, las cuales recaerán principalmente en: aplicaciones indebidas de saldos a favor, cadenas de suministros de hidrocarburos, acreditamientos de IEPS, pensiones, cantidades exentas en nóminas y simulación de prestación de servicios especializados, devoluciones, aplicaciones de las tasas de 0% y actos no objeto en materia del IVA, sub valuación en operaciones de comercio exterior y uso indebido de tratados, verificación de cumplimiento de certificaciones en materia de IVA-IEPS, derechos mineros, reestructuras corporativas y los efectos fiscales en escisiones y fusiones, socios y accionistas (personas físicas en operaciones asociadas a reestructuras), aplicación de pérdidas fiscales, regímenes fiscales preferentes, financiamientos, capitalización de pasivos y distribución de utilidades, pagos al extranjero y reestructuras internacionales, fideicomisos.

De acuerdo con las cifras que publica el SAT en este documento, el resultado de las auditorías que se han llevado a cabo en esta Administración ha dado como consecuencia una recaudación de 776 mil 139 millones de pesos más que en la Administración pasada (1,200,307 millones de pesos en el periodo 2013-2018; mientras que para 2019-2022 la cifra es de 1,976,446 millones de pesos).

Al respecto, si bien es cierto que el Estado genera acciones para asegurar la captación de los ingresos, mediante el entero oportuno y correcto de los impuestos, también es necesario que los contribuyentes cuenten con facilidades administrativas que incentiven, simplifiquen y apoyen el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y de comercio exterior.

El plan del SAT se encuentra enfocado en las facultades de gestión y fiscalización de las autoridades fiscales; en cuanto al contribuyente, observamos que existirá un acompañamiento a este, por parte de las autoridades, en el cumplimiento voluntario de sus obligaciones, por lo que consideramos viable que se observen algunas facilidades administrativas como apoyo a los contribuyentes.

Hay que recordar que estas acciones se enfocarán en los Grandes Contribuyentes, que representan el 47% del total de la recaudación, según cifras del 3er. Informe Tributario y de Gestión del SAT.

En este sentido, la autoridad da continuidad a su estrategia del ABC institucional: Aumentar la recaudación, Bajar la evasión y elusión fiscal, y Combatir la corrupción. No obstante, debemos recordar que estas facultades, en determinado momento, pueden aplicar a los demás contribuyentes.

 

Publicación de tasas efectivas de impuesto a Grandes Contribuyentes

Como una acción que se prevé en el Plan Maestro de Fiscalización y Recaudación que acabamos de comentar, el SAT ha dado a conocer, con fechas 31 de enero, 7 y 14 de febrero de 2023, las tasas efectivas de ISR para la medición de riesgos impositivos de grandes contribuyentes para los ejercicios 2020 y 2021. En estas tres publicaciones, la autoridad se ha referido a 120 actividades económicas, pertenecientes a 23 sectores, con motivo de facilitar e incentivar el cumplimiento voluntario de los contribuyentes. Entre estas actividades destacan, de la primera publicación: servicios financieros y manufactureras; de la segunda: construcción e inmobiliarias; y de la tercera: minería y servicios profesionales.

Lo anterior es resultado de procesos de análisis realizados al interior del SAT, con base en la información disponible en las bases de datos institucionales consistentes en declaraciones anuales, dictámenes fiscales, información sobre la situación fiscal de contribuyentes, declaraciones informativas, los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), pedimentos, entre otros.

El listado de tasas solo está dirigido a los grandes contribuyentes, que son aquellos que generan ingresos anuales mayores a 1,500 millones de pesos. El SAT invita a los contribuyentes a consultar su tasa efectiva de impuesto correspondiente a la actividad económica a la que pertenecen y compararla con su propia tasa efectiva de impuesto respecto de cada ejercicio fiscal para medir sus riesgos impositivos y, en su caso, corregir su situación fiscal mediante la presentación de la(s) declaración(es) anual(es) complementaria(s) correspondiente(s), para minimizar la posibilidad del inicio de revisiones profundas orientadas a corroborar el correcto cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

 

Recomendaciones para la presentación de la declaración anual 2022

Nos encontramos en el periodo para presentar las declaraciones anuales de personas morales y en vísperas de las que corresponden a las personas físicas; por ello, como IMCP les compartimos algunas recomendaciones para preparar esta información:

  • Preparación de papeles de trabajo para el cierre anual: generar de manera anticipada los papeles de trabajo relativos a la deducción de inversiones, la conciliación del resultado fiscal con el contable, el ajuste anual por inflación, la determinación de la renta gravable de la PTU, entre otros.
  • Prever cancelaciones de CFDI: en caso de que sea necesario cancelar CFDI, considerar que las facilidades administrativas prevén que dichas cancelaciones se efectúen a más tardar en el mes en el que se deba presentar la declaración anual del ISR correspondiente al ejercicio fiscal en el que se expidió el comprobante.
  • Corrección de CFDI de nómina: tener en mente que, si durante el ejercicio fiscal 2022 se emitieron CFDI de nómina con errores u omisiones en su llenado o en su versión, podrán, por única ocasión, corregir estos, siempre y cuando el nuevo comprobante que se elabore se emita a más tardar el 28 de febrero de 2023 y se cancelen los comprobantes que sustituyen.
  • Requisitos de las deducciones: verificar que al 31 de diciembre de 2022 se hubieran cumplido todos los requisitos de las deducciones autorizadas, y en el caso de los CFDI correspondientes, obtenerlos a más tardar en la fecha en que se deba presentar la declaración anual.

Asimismo, les recordamos las siguientes fechas compromiso para el cumplimiento de las declaraciones anuales:

  • 15 de febrero: hoy es el último día para la presentación de las declaraciones anuales de las personas morales con fines no lucrativos.
  • 31 de marzo: fecha límite para las demás personas morales, destacando que aquellas que se encuentren obligadas a presentar la Información Sobre Situación Fiscal (ISSIF: 974 millones de pesos por ingresos acumulables, que coticen en bolsa, residentes en el extranjero o que realicen operaciones entre partes relacionadas, entre otros), el archivo debe adjuntarse en la propia declaración.
  • 30 de abril: fecha límite para la declaración anual de personas físicas.

Otra fecha importante por destacar es el 15 de mayo, cuando vence la presentación del dictamen fiscal para aquellos contribuyentes obligados, que rebasen los 1,650 millones de pesos. O bien, para aquellos que opten por presentarlo de manera voluntaria, siempre y cuando reúnan los requisitos para ello (ingresos mayores a 140 millones, o valor de activos superior a 110 millones, o que tengan un promedio mensual de 300 trabajadores).

Avances de citas en el SAT

En el pasado mes de enero, por medio de las redes sociales oficiales del Servicio de Administración Tributaria (SAT), se comenzó a publicar la disponibilidad de citas a escala nacional, la cual continúa dándose a conocer de forma semanal. En estas publicaciones se pueden apreciar los porcentajes de disponibilidad para encontrar citas de 1 a 10 días hábiles, que oscilan entre 76 y 80% semana a semana, para las diferentes Administraciones Desconcentradas de Servicios a los Contribuyentes (ADSC) y Módulos de Servicios Tributarios (MST).

Estas acciones permiten subsanar el rezago en las citas presenciales, además de que posibilita a los contribuyentes cumplir voluntariamente y en tiempo y forma con sus obligaciones fiscales.

El SAT reitera también que todos sus trámites son gratuitos y que las personas de la tercera edad, las personas con discapacidad, y las mujeres embarazadas o con menores lactantes no requieren cita para la atención de sus trámites.

Además, reitera que únicamente las inscripciones al RFC y la generación de firma electrónica requieren cita presencial. Si los contribuyentes ya cuentan con ellos, pueden realizar cualquier otro trámite desde el portal del SAT, Oficina Virtual o mediante SAT ID.

 

Acercamientos con el SAT

En días recientes, sostuvimos una reunión con el Administrador General Jurídico de Ingresos del SAT y su equipo de trabajo, con el objetivo de refrendar nuestro compromiso de coadyuvar con la autoridad presentando planteamientos técnicos que generen mayor certidumbre jurídica y facilidades administrativas para los contribuyentes y así dar cumplimiento a sus obligaciones fiscales, con lo que se fortalece la cultura contributiva en nuestro país.

En esta reunión se retomaron temas como el lento avance en la implementación de la facturación 4.0, CFDI Complemento Carta Porte, así como la problemática relacionada con la solicitud de la Constancia de Situación Fiscal para la emisión de facturas y pago de pensiones, entre otros.

Derivado de este acercamiento, tuvimos comunicación con la Administración General de Servicios al Contribuyente, con el fin de apoyar en la correcta difusión de información respecto al uso adecuado de la Constancia de Situación Fiscal y la certeza de la disponibilidad en la liberación de citas.

 

Dra. Laura Grajeda Trejo

Presidenta del IMCP

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