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Aura Hernández, Diario la Razón, www.razon.com.mx
3 de mayo 2012

LAS AUTORIDADES HACENDARIAS decidieron simplificar tanto tributaria como administrativamente las deficiencias del sistema; descubre los cambios
 
Una de las deficiencias del sistema tributario mexicano es su complejidad, por lo que muchas veces sólo los contadores pueden entenderle.

Debido a esto, las autoridades hacendarias han tratado de simplificar tanto tributaria como administrativamente el sistema para que cualquier contribuyente sea capaz de cumplir con sus obligaciones fiscales o, bien, hacerle la vida más fácil a los contadores.

Algunas acciones en esta materia son muy conocidas como DeclaraSAT, que te permite declarar tus impuestos en línea con información ya precargada, o el permitir la deducción de las colegiaturas hasta por cierto monto.

Otras, como las aprobadas en el Diario Oficial de la Federación el pasado 30 de marzo, pasan desapercibidas, pero también puede hacerte más fácil el cumplir con el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Vamos a revisar las modificaciones más importantes y que en un futuro o, incluso, de forma inmediata pueden beneficiarte:

1. Deducción con los Estados de Cuenta Bancarios. A partir de ahora se podrán utilizar los Estados de Cuentas Bancarios para comprobar los bienes y servicios que se quieren deducir en su declaración anual o mensual si cumple con tres requisitos: a. Pagos menores de 50 mil pesos sin incluir IVA, b. Debe incluir RFC de proveedor y de quien quiere deducir, y 3. Las operaciones amparadas mediante estado de cuenta bancario deben estar incluidas en la contabilidad del contribuyente.

2. Dictamen Fiscal. Se amplió el monto para exentar del Dictamen Fiscal de 34 millones 800mil pesos a 40 millones el tope de ingresos acumulables para aquellos contribuyentes que opten por NO presentar Dictamen Fiscal. Aplica solo a quienes tienen activos menores a 60 millones 607 mil y menos de 300 empleados.

3. Impulsan Generación de Empleos. Estímulos fiscales a quienes contraten a personal mayor de 65 años o con alguna discapacidad motriz, mental o de lenguaje y presente un certificado del Instituto Mexicano del Seguro Social.

4. Otras modificaciones. Se reducen de 12 a 6 los pagos provisionales del IETU al año y se libera a Personas Morales de la obligación de emitir Constancias de Retención a las personas Físicas Profesionistas que contraten o a las Personas Físicas que les arrienden bienes inmuebles, siempre y cuando éstas emitan comprobantes fiscales digitales.


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