IMCP

Campaña Nacional de la Contaduría Pública

Fundado en 1923 y conformado actualmente de 60 colegios de Contadores

IMCP_Tienda Conoce a tu Colegio y Guía de Operación

Publicaciones

  • Imprimir
  • youtube

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) iniciará este mes la realización de auditorías electrónicas, con el objetivo de efectuar al menos tres mil revisiones en lo que resta del año.

El administrador central de Operación de la Fiscalización Nacional del SAT, Samuel Arturo Magaña Espinosa, anunció que en estos últimos días de septiembre se pretende realizar 300 auditorías electrónicas y al menos tres mil de octubre a diciembre de este año.

En un acto organizado por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), informó que el proceso que seguirá esta nueva herramienta de fiscalización incluye la posibilidad de que el contribuyente pueda realizar la autocorrección de su situación fiscal obteniendo el ciento por ciento de condonación de las multas.

Asimismo se introduce una etapa en la cual el contribuyente podrá ejercer su derecho a recurrir a las instancias legales cuando considere que han sido violados sus derechos, apuntó Magaña Espinosa.

En el acto también estuvieron presentes Orlando Corona Lara, vicepresidente de Relaciones y Difusión del IMCP, así como Víctor Keller Kaplannska, presidente de la Comisión Representativa ante las administraciones generales de Fiscalización del SAT del IMCP.

Como parte de la reforma fiscal vigente, desde 2014 se otorgó al SAT la facultad de realizar revisiones electrónicas, conocidas también como auditorías electrónicas, de sus procesos de fiscalización y como insumo adicional a las fuentes de información de la autoridad fiscal.

Las revisiones electrónicas son procesos de auditoría que consisten en verificar conceptos o rubros específicos a través de medios electrónicos, desde la notificación hasta la conclusión, y entre sus beneficios destaca la reducción de los plazos para concluir las auditorías y de los costos para autoridades y contribuyentes.

El SAT revisará al contribuyente mediante estas auditorías electrónicas, sólo en el caso en que se identifiquen antecedentes que den base a una presunta irregularidad con base en la información que ya dispone la autoridad fiscal.

Los antecedentes específicos pueden generarse de manera automática con la información de facturas electrónicas, la contenida en bases de datos del SAT y la proporcionada por otras dependencias y terceros.

Las revisiones electrónicas invariablemente iniciarán con la notificación de una resolución provisional mediante el Buzón Tributario al contribuyente revisado respecto del inicio de las facultades de comprobación y otorgando el plazo de 15 días hábiles para la autocorrección o la aportación de argumentos y pruebas para desvirtuar la irregularidad.

Si el contribuyente no atiende esta primera notificación, el SAT le enviará una segunda, y en caso de que persista la falta de respuesta o las irregularidades contenidas en la primera resolución, la autoridad fincará un crédito fiscal, aunque en todo momento se salvaguarda la garantía de audiencia.

Liga 20 Minutos clic aquí