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El Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) aconsejó a los contribuyentes preparar y enviar su contabilidad por medios electrónicos, pues en caso de incumplimiento, las multas mensuales van desde cinco mil hasta 15 mil pesos.

La presidenta del IMCP, Leticia Hervert Sáenz, recordó que el año pasado inició la obligación de enviar la contabilidad electrónica al Servicio de Administración Tributaria (SAT) para aquellos contribuyentes con ingresos acumulables arriba de cuatro millones de pesos al año.

A partir de 2016 una segunda etapa del envío de la contabilidad electrónica para aquellos contribuyentes cuyos ingresos acumulables hayan sido inferiores a cuatro millones de pesos correspondientes al ejercicio 2013, apuntó. Es decir, agregó Hervert, ahora la mayoría de los contribuyentes en este año deben cumplir con esta obligación, por lo que ofreció el apoyo de la contaduría pública organizada para capacitarlos y apoyarlos en el cumplimiento de la presentación de su contabilidad por medios electrónicos. “Lo que les aconsejamos es que la tengan preparada, la vayan enviando y finalmente puedan acceder al beneficio de simplificación base fiscal en devoluciones de IVA más ágiles en cinco días hábiles, tal como lo prometió la Secretaría de Hacienda y el SAT”, expresó.

Informó que las multas por incumplir con esta obligación van de cinco mil a 15 mil pesos y se dan mensualmente, y en caso de reincidencia, van de menor a mayor, lo que resultaría demasiado costo para el contribuyente dejar de enviar su contabilidad electrónica. Recordó que derivado de esta nueva obligación, varios contribuyentes recurrieron al amparo, pero el pasado 9 de marzo de 2016, la Suprema Corte de Justicia (SCJN) prohibió a todos los jueces federales del país conceder suspensiones a contribuyentes que se amparen contra la obligación de llevar su contabilidad en medios electrónicos.

No obstante, unos 12 mil contribuyentes recurrieron al amparo para impugnar el Buzón Tributario, que es el medio a través del cual se debe enviar de manera mensual la contabilidad electrónica. Ante ello, dijo, en febrero de 2015 la Segunda Sala de la SCJN resolvió que sí era procedente conceder la suspensión, lo que ha obligado al SAT a introducir gradualmente esta medida, por lo que hasta febrero pasado solo había alrededor de un millón de contribuyentes que utilizaban el Buzón Tributario.

Hervert Sáenz comentó que en votación de tres a favor y dos en contra, la Sala señaló que la suspensión no impide que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones fiscales, ni tampoco que el SAT ejerza sus facultades de comprobación a través de otros medios. Ante ello, señaló, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, a través de sus colegios federados, está preparado para apoyar a los contribuyentes en el cumplimiento de las diversas obligaciones, así como la capacitación a aquellos que tienen que cumplir con la presentación de su contabilidad en medios electrónicos.

Ello, con el fin de que no incurran en su incumplimiento y así procedan a beneficios fiscales como lo es la devolución expresa en materia de IVA, añadió la primer mujer en dirigir este organismo.

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