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La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el día de hoy (9 de enero) a través del Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforma el artículo 199 de la Ley del Mercado de Valores.

El presente Decreto entró en vigor a partir del 1 de enero de 2019.

Para los efectos de lo dispuesto por el Código Fiscal de la Federación, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dispondrá de ciento ochenta días a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, para emitir las disposiciones de carácter general.

El SAT, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y las Entidades Financieras deberán realizar las adecuaciones correspondientes a su normatividad interna durante los siguientes ciento ochenta días, contados a partir de la expedición del presente Decreto.

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