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La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el día de hoy (9 de diciembre) a través del Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos.

El presente Decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2020.

Para los efectos de lo previsto en los artículos 39 y 42 de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, durante el ejercicio fiscal de 2020, los Asignatarios aplicarán la tasa de 58% en sustitución de la prevista en el citado artículo 39.

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