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La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el día de hoy (3 de abril) a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), el Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas de los estados de Campeche y Tabasco que se indican.

Los beneficios fiscales que contempla el Decreto son:

 

1. Pagos del IVA durante el segundo semestre de 2017 de los contribuyentes que se dediquen exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas.

2. Deducir de forma inmediata las inversiones en bienes nuevos de activo fijo que se realicen en dichas zonas afectadas, durante seis meses, contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, en el ejercicio en el que adquieran dichos bienes, aplicando la tasa del 100% sobre el monto original de la inversión, siempre que dichos activos fijos se utilicen exclusiva y permanentemente en las mencionadas zonas.