Categoría: Noticias Fiscales

  • Boletín de Noticias de Síndicos 2022 – 16. Aplicación de sanciones por no habilitar el Buzón Tributario

    Boletín de Noticias de Síndicos 2022 – 16. Aplicación de sanciones por no habilitar el Buzón Tributario

    El próximo 30 de junio de 2022 vence el plazo para que los contribuyentes personas físicas, habiliten su buzón tributario, conforme a lo siguiente:

    1. Quienes hasta el 31 de diciembre de 2021 tributaron en un régimen distinto, y a partir del 1 de enero de 2022 migren al Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) y, que no hayan registrado y confirmado medios de contacto para habilitar su buzón tributario, o bien solamente hubieren señalado un solo medio de contacto ya sea un número de teléfono celular o correo electrónico como mecanismo de comunicación, deberán registrar o actualizar sus medios de contacto, adicionando, en su caso, el que les haga falta, de acuerdo con la regla 2.2.7. y al procedimiento descrito en la ficha de trámite 245/CFF “Habilitación del buzón tributario y registro de mecanismos de comunicación como medios de contacto”, contenida en el Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
    1. Quienes comiencen a tributar en el RESICO a partir del 1 de enero de 2022.

    1. Quienes en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos por concepto de asimilados a salarios, iguales o superiores a $400,000 MXN; no así los que hayan obtenido dichos ingresos por un importe inferior a $400,000 MXN, quienes podrán optar por no habilitar dicho buzón.

    Es importante mencionar que las personas físicas que no habiliten el buzón tributario estando obligadas a ello, serán acreedoras a una multa de $3,080 MXN a $9,250 MXN, la cual será aplicable a partir del 1 de julio de 2022.

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  • NOTICIAS-FISCALES-2022-70 SHCP / Finanzas públicas y deuda pública a abril de 2022

    NOTICIAS-FISCALES-2022-70 SHCP / Finanzas públicas y deuda pública a abril de 2022

    La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer las Finanzas públicas y deuda pública a abril de 2022, que contempla:

    1. Al mes de abril, las finanzas públicas se mantienen sólidas y presentan resultados positivos para los ingresos tributarios, el ejercicio del gasto y el saldo de deuda pública.

    1. En el cuarto mes del año, los ingresos tributarios tuvieron un crecimiento real de 14.2% en relación con el año pasado. Destaca el desempeño del Impuesto sobre la Renta (ISR) y el Impuesto al Valor Agregado (IVA), los cuales presentaron un crecimiento real anual de 35.3% y 14.8% respectivamente.

    1. En el acumulado de enero a abril, los ingresos tributarios aumentaron 4.5% en términos reales respecto al acumulado de 2021. Este resultado se explica principalmente por el ISR, el cual aumentó 17.7% y se ubicó 14.2% por arriba del programa durante el periodo señalado.

    1. A pesar del incremento en las tasas de interés a nivel internacional, el costo financiero de la deuda se ubicó por debajo de lo previsto en 12 mil 450 millones de pesos, manteniéndose en términos reales ligeramente por debajo de lo registrado en el primer cuatrimestre de 2021.

    Si desea ver el contenido completo, dé clic en la siguiente liga:

    https://www.gob.mx/shcp/prensa/comunicado-no-41-finanzas-publicas-y-deuda-publica-a-abril-de-2022

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  • Boletín de Noticias de Síndicos 2022 – 15 Novedades relevantes en la Segunda Versión Anticipada de la Cuarta Resolución de Modificaciones a la RMF 2022, publicada el día 25 mayo del 2022

    Boletín de Noticias de Síndicos 2022 – 15 Novedades relevantes en la Segunda Versión Anticipada de la Cuarta Resolución de Modificaciones a la RMF 2022, publicada el día 25 mayo del 2022

    • Las personas que tributen en el Régimen Simplificado de Confianza podrán emitir sus facturas a través de las aplicaciones “Factura Fácil” y “Mi nómina” de “Mis cuentas”, sin la necesidad de contar con el certificado de e.firma o de un certificado de sello digital hasta el al 31 de diciembre del 2022.
    • Los fedatarios públicos podrán optar por atender los requerimientos emitidos por la autoridad fiscal para validar la información o documentación presentada por los contribuyentes en los trámites de solicitud de la e.firma, mediante un caso de aclaración, a través del portal del SAT.
    • Se modifica la ficha de trámite 295/CFF, que anteriormente se refería a un “Aviso” para quedar como “Solicitud de modificación o incorporación de socios, accionistas, asociados y demás personas que forman parte de la estructura orgánica de una persona moral, así como de aquéllas que tengan control, influencia significativa o poder de mando”; la cual deben presentar las personas morales cada vez que se realice una modificación o incorporación de socios en los términos del artículo 27, apartados A, fracción II y B, fracción VI del Código Fiscal de la Federación (CFF).
    • Los contribuyentes obligados a presentar la información sobre su situación fiscal por ser partes relacionadas de los sujetos obligados a dictaminar sus estados financieros por haberse ubicado en el supuesto a que se refiere la fracción VI del artículo 32-H del CFF, únicamente la presentarán cuando en el ejercicio de que se trate hayan realizado operaciones con dichas personas por un monto que exceda de $13’000,000.00 por la realización de actividades empresariales, o bien de $3’000,000.00 en el caso de |prestación de servicios profesionales.

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  • Boletín de Noticias de Síndicos 2022 – 14 Cancelación de los CFDI’s emitidos en 2021, se otorga plazo hasta el 31 de diciembre de 2022

    Boletín de Noticias de Síndicos 2022 – 14 Cancelación de los CFDI’s emitidos en 2021, se otorga plazo hasta el 31 de diciembre de 2022

    El pasado 25 de mayo de 2022, se publicó la segunda versión anticipada de la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2022, mediante la cual se modifica el artículo Segundo Transitorio para precisar que los contribuyentes podrán cancelar los CFDI de ejercicios fiscales anteriores al ejercicio fiscal 2022, siempre que cumplan con los requisitos que se señalan en el mismo artículo transitorio; estando vigente dicha facilidad hasta el 31 de diciembre de 2022.

    Es importante mencionar que de conformidad con el artículo 29-A, cuarto párrafo del Código Fiscal de la Federación, los CFDI sólo podrán cancelarse en el ejercicio en el que se expidan y siempre que la persona a favor de quien se expidan acepte su cancelación.

    Posteriormente, la autoridad fiscal otorgó una facilidad consistente en cancelar dichos CFDI de ejercicios fiscales anteriores al ejercicio fiscal 2021. No obstante, con la publicación de la segunda versión anticipada de la Cuarta Resolución de Modificaciones a la RMF para 2022, se permite cancelar los CFDI del ejercicio fiscal de 2021.

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  • NOTICIAS-FISCALES-2022-69 SAT / Facilidades para obtener la Constancia de Situación Fiscal para el correcto timbrado de nómina

    NOTICIAS-FISCALES-2022-69 SAT / Facilidades para obtener la Constancia de Situación Fiscal para el correcto timbrado de nómina

    El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa que trabajadores de distintas empresas o negocios han acudido a las oficinas de la institución a tramitar su Constancia de Situación Fiscal (antes conocida como Constancia de RFC), la cual contiene información requerida por el empleador para la correcta emisión de la nómina.

    Con el objetivo de agilizar la atención, el SAT invita a todas las personas dadas de alta en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) a generar su Constancia de Situación Fiscal vía remota.

    Para empleadores con más de 400 trabajadores, el representante legal podrá solicitar apoyo masivo en el correo electrónico cifmasivo@sat.gob.mx. El apoyo consiste en establecer un horario específico para entregar las constancias a cada uno de los trabajadores en la oficina del SAT de manera personal y contra identificación oficial. Cuando se trate de más de 1,000 constancias, el SAT las entregará en las oficinas de la empresa o establecimiento.

    Si desea ver el contenido completo, dé clic en la siguiente liga:

    https://www.gob.mx/sat/prensa/facilidades-para-obtener-la-constancia-de-situacion-fiscal-para-el-correcto-timbrado-de-nomina-028-2022

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  • NOTICIAS-FISCALES-2022-68 Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del “Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la SHCP y del RISAT, y por el que se expide el Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Aduanas de México”

    NOTICIAS-FISCALES-2022-68 Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del “Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la SHCP y del RISAT, y por el que se expide el Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Aduanas de México”

    La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el día de hoy (24 de mayo) a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), el  Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del “Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, y por el que se expide el Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Aduanas de México”, publicado el 21 de diciembre de 2021.

    El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.

    La Secretaría de la Defensa Nacional deberá llevar a cabo los actos administrativos necesarios para la transferencia de los recursos humanos, materiales y financieros necesarios para la creación de la plaza de la persona titular de la Dirección General de Procesamiento Electrónico de Datos Aduaneros prevista en este Decreto. Dicha transferencia deberá realizarse mediante movimientos compensados conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, por lo que las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del presente Decreto se realizarán con cargo al presupuesto autorizado a los ejecutores de gasto correspondientes y no se autorizarán recursos adicionales.

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  • NOTICIAS-FISCALES-2022-67 SAT / Donatarias Autorizadas deben presentar su Declaración informativa de transparencia 2021 en mayo

    NOTICIAS-FISCALES-2022-67 SAT / Donatarias Autorizadas deben presentar su Declaración informativa de transparencia 2021 en mayo

    El Servicio de Administración Tributaria (SAT) invita a las Donatarias Autorizadas a realizar su Declaración informativa de transparencia del ejercicio fiscal 2021 antes del 31 de mayo de 2022.

    Al presentarla cumplen con el objetivo de dar claridad a la ciudadanía sobre el uso correcto de los donativos recibidos; debe ser congruente con su declaración anual de ingresos y con su información contable.

    Cumplir con esta obligación les permite continuar con su autorización para 2023. Es importante mencionar que, de no presentarla, podrían ser dadas de baja, o bien, que sea aplicada una multa de 102 mil 060 pesos.

    Si desea ver el contenido completo, dé clic en la siguiente liga:

    https://www.gob.mx/sat/prensa/las-donatarias-autorizadas-deben-presentar-su-declaracion-informativa-de-transparencia-2021-en-mayo-025-2022

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  • Boletín de Noticias de Síndicos 2022 – 13 Primera Reunión Trimestral 2022 con las Coordinaciones Nacionales de Síndicos del Contribuyente

    Boletín de Noticias de Síndicos 2022 – 13 Primera Reunión Trimestral 2022 con las Coordinaciones Nacionales de Síndicos del Contribuyente

    La minuta emitida por parte del Servicio de Administración Tributaria ha sido publicada, y contienen los planteamientos enviados por las Coordinaciones Nacionales de Síndicos del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. (IMCP), la Federación Nacional de la Asociación Mexicana de Colegios de Contadores Públicos, A.C. (FNAMCP), la Confederación Patronal de la República Mexicana (COPARMEX), la Confederación de Cámaras Industriales (CONCAMIN) y de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO-SERVYTUR), a través de correos electrónicos recibidos por el SAT los días 3 y 9 de febrero  de 2022, para la reunión de trabajo de fecha 03 de marzo del presente.

    La Comisión Nacional de Síndicos del Instituto Mexicano de Contadores Públicos presentó 16 planteamientos contenidos en la minuta, entre los que se encuentran

    • Planteamiento 6.Retención de ISR a personas físicas contribuyentes del sector primario”
    • Planteamiento 11.Aplicación de multas a obligación de pagos provisionales y enteros mensuales por declaraciones omitidas”
    • Planteamiento 21.Problema con sistema de Actualización en el RFC – Cambio Régimen Fiscal RESICO”
    • Planteamiento 35. “Opción para tributar en RESICO como persona física”
    • Planteamiento 39.Problemática en declaraciones prellenadas de pagos provisionales de personas morales del régimen general”
    • Planteamiento 41.Incertidumbre en la actualización de la información de socios o accionistas”

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  • NOTICIAS-FISCALES-2022-66 SCJN / Tesis y jurisprudencias al 13 de mayo de 2022

    NOTICIAS-FISCALES-2022-66 SCJN / Tesis y jurisprudencias al 13 de mayo de 2022

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación dio a conocer las siguientes tesis correspondiente al 13 de mayo de 2022:

    1. PRUEBA TESTIMONIAL EN EL JUICIO LABORAL. LA DETERMINACIÓN DE LA JUNTA QUE LA DECLARA DESIERTA POR LA INASISTENCIA DE LOS ATESTES A PESAR DE QUE EL OFERENTE EXPUSO CAUSA O MOTIVO JUSTIFICADO DE SU IMPEDIMENTO PARA PRESENTARLOS PERSONALMENTE Y SOLICITÓ SU CITACIÓN POR CONDUCTO DEL ACTUARIO, CONSTITUYE UNA VIOLACIÓN A LAS LEYES DEL PROCEDIMIENTO QUE AMERITA SU REPOSICIÓN.

    1. PRESCRIPCIÓN POSITIVA. EL CONTRATO DE COMPRAVENTA OTORGADO EN ESCRITURA PÚBLICA, NO DESVIRTUADO CON PRUEBA EN CONTRARIO EN CUANTO A SU VALIDEZ EN EL JUICIO CORRESPONDIENTE, SÍ ES APTO PARA ACREDITAR LA CAUSA GENERADORA DE LA POSESIÓN, SIN QUE SEA NECESARIO QUE SE ENCUENTRE INSCRITO EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE).

    1. PENSIÓN POR VEJEZ. LOS ARTÍCULOS 182 Y 183 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL VIGENTE HASTA EL 30 DE JUNIO DE 1997, QUE REGULAN EL PLAZO DE CONSERVACIÓN DE DERECHOS, AL LIMITAR EL DERECHO A OBTENERLA CON BASE EN UNA RESTRICCIÓN NO RAZONABLE, SON INCONVENCIONALES.

    1. PENSIÓN POR ORFANDAD. DE LA INTERPRETACIÓN CONFORME DE LOS ARTÍCULOS 156 Y 157 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL DEROGADA, SE CONCLUYE QUE SU MONTO MÍNIMO NO DEBE SER MENOR AL SALARIO MÍNIMO GENERAL VIGENTE, PARA SATISFACER EL DERECHO AL MÍNIMO VITAL.

    1. PENSIÓN POR CESANTÍA EN EDAD AVANZADA. LA MODIFICACIÓN DEL MONTO DE LA OBTENIDA AL 31 DE DICIEMBRE DE 2003 O POSTERIOR A ESA FECHA, IGUAL O MAYOR A UN SALARIO MÍNIMO GENERAL, DEBE CALCULARSE CONFORME AL FACTOR LEGAL Y LA APLICACIÓN DE ESTE ES OFICIOSA.

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  • NOTICIAS-FISCALES-2022-65 SE / Decreto por el que se exenta el pago de arancel de importación a las mercancías que se indican

    NOTICIAS-FISCALES-2022-65 SE / Decreto por el que se exenta el pago de arancel de importación a las mercancías que se indican

    La Secretaría de Economía dio a conocer el día de hoy (16 de mayo) a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), el Decreto por el que se exenta el pago de arancel de importación a las mercancías que se indican.

    El artículo Primero del presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF y estará vigente por un año, el cual podrá ser prorrogable por un periodo igual.

    El artículo Segundo del presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al que la Secretaría de Economía comunique, mediante publicación en el DOF, que cuenta con la opinión de la Comisión de Comercio Exterior conforme a la Ley de Comercio Exterior, y estará en vigor hasta la misma fecha en que se encuentre vigente el artículo Primero, en términos del Transitorio Primero del presente Decreto.

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  • NOTICIAS-FISCALES-2022-64 PRODECON / Revista del mes de abril de 2022

    NOTICIAS-FISCALES-2022-64 PRODECON / Revista del mes de abril de 2022

    La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) dio a conocer por medio de su página de Internet: www.prodecon.gob.mx, su Revista del mes de abril de 2022 que contempla:

    1. Lo que debes saber de la versión 4.0 del CFDI.
    2. Embargo de bienes por Buzón Tributario, estrados o por edictos.
    3. Conoce todo acerca de Complemento Carta Porte.
    4. Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes obligatorio para mayores de 18 años.
    5. Cancelación de CFDI derivado de la reforma fiscal 2022.
    6. Reducción de la garantía del interés fiscal, al amparo de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
    7. ¿A qué se refieren los principios de Subordinación Jerárquica y Reserva de Ley en materia fiscal?
    8. Presunción de enajenación por faltante de inventarios.

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  • NOTICIAS-FISCALES-2022-63 SHCP / Oficio mediante el cual se da a conocer el listado de Prestadores de Servicios Digitales inscritos en el RFC, en términos del artículo 18-D, primer párrafo, fracción I de la Ley del IVA

    NOTICIAS-FISCALES-2022-63 SHCP / Oficio mediante el cual se da a conocer el listado de Prestadores de Servicios Digitales inscritos en el RFC, en términos del artículo 18-D, primer párrafo, fracción I de la Ley del IVA

    La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el día de hoy (11 de mayo) a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), el Oficio 700-04-00-00-00-2022-023 mediante el cual se da a conocer el listado de Prestadores de Servicios Digitales inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), en términos del artículo 18-D, primer párrafo, fracción I de la Ley del Impuesto al Valor Agregado vigente.

    Asimismo, y a fin de determinar qué datos e información se dará a conocer a los contribuyentes, así como la periodicidad en que la autoridad deberá publicar el listado de los residentes en el extranjero que se encuentren registrados en el RFC, a través de la Regla 12.1.5. de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, se determinó, por un lado, que dicho listado deberá publicarse en los medios indicados, de manera bimestral a más tardar los primeros 10 días de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre de cada año. Por su parte, y por cuanto hace a la información que deberá incluir la autoridad en dicho listado, la citada disposición señala que el aludido listado deberá contener la denominación o razón social, nombre comercial, ciudad y país de origen y la fecha de inscripción en el RFC de los residentes en el extranjero sin establecimiento en el país que proporcionan servicios digitales a receptores ubicados en territorio nacional.

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