Categoría: Fiscal.

  • NOTICIAS-FISCALES-2022-54 SAT / Criterios generales acerca del Sistema Automático de Devoluciones de la Declaración Anual 2021 de personas físicas

    NOTICIAS-FISCALES-2022-54 SAT / Criterios generales acerca del Sistema Automático de Devoluciones de la Declaración Anual 2021 de personas físicas

    El Sistema Automático de Devoluciones es una facilidad aplicable a las personas físicas que presenten su Declaración Anual 2021 y que determinen saldo a favor del Impuesto Sobre la Renta (ISR), siempre que opten por ejercer esta devolución hasta el día 31 de julio de 2022.

    Los criterios generales que se consideran en dicho proceso son los siguientes:

    Los depósitos de las primeras devoluciones autorizadas se han visto reflejados durante la segunda semana del mes de abril de 2022. Esto aplica para todas las personas físicas que presenten declaración normal o complementaria del ejercicio fiscal 2021 y se sitúen en los siguientes supuestos:

    • Envíen su declaración de forma electrónica ya sea con Contraseña o firma electrónica (e.firma).
    • El importe a devolver mediante el Sistema Automático de Devoluciones sea menor o igual a 150 mil pesos.
    • Confirmen su número de cuenta bancaria CLABE, la cual deberá estar a nombre de la persona contribuyente. Es importante mencionar que la cuenta que seleccione o capture será la autorizada para efectuar el depósito de la devolución respectiva.
    • Señalen la opción de devolución en la declaración del ejercicio 2021.

    Si desea ver el contenido completo, dé clic en la siguiente liga:

    https://www.gob.mx/sat/prensa/el-sat-da-a-conocer-criterios-generales-acerca-del-sistema-automatico-de-devoluciones-declaracion-anual-2021-de-personas-fisicas-021-2022

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  • NOTICIAS-FISCALES-2022-53 SAT / Deducción de las aportaciones complementarias y voluntarias en cuentas de ahorro para el retiro

    NOTICIAS-FISCALES-2022-53 SAT / Deducción de las aportaciones complementarias y voluntarias en cuentas de ahorro para el retiro

    En el marco de la Declaración Anual 2021 de personas físicas, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa que, si al presentar su declaración el contribuyente desea aplicar como deducción personal las aportaciones complementarias de retiro (que no se pueden retirar hasta la edad de 65 años o por una condición de invalidez o incapacidad) y las aportaciones voluntarias a largo plazo (que se pueden retirar a los seis meses) realizadas directamente a su subcuenta, así como depósitos en cuentas especiales para el ahorro, debe considerar lo siguiente:

    • Contar con los comprobantes fiscales que amparen los pagos efectuados durante el ejercicio 2021 por concepto de las aportaciones complementarias de retiro realizadas directamente en la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro o a las cuentas de planes personales de retiro, así como las aportaciones voluntarias realizadas a la subcuenta de aportaciones voluntarias o depósitos en cuentas especiales para el ahorro siempre que cumplan con los requisitos correspondientes.

    Si desea ver el contenido completo, dé clic en la siguiente liga:

    https://www.gob.mx/sat/prensa/deduccion-de-las-aportaciones-complementarias-y-voluntarias-en-cuentas-de-ahorro-para-el-retiro-020-2022

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  • NOTICIAS-FISCALES-2022-52 PRODECON / Revista del mes de marzo de 2022

    NOTICIAS-FISCALES-2022-52 PRODECON / Revista del mes de marzo de 2022

    La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) dio a conocer por medio de su página de Internet: www.prodecon.gob.mx, su Revista del mes de marzo de 2022 que contempla:

    • Persona física con ingresos por intereses y presenta su Declaración Anual 2021, podría tener saldo a favor.
    • Aviso de Cancelación en el RFC por fusión de sociedades, te decimos cómo cumplir con esta obligación y las consecuencias de no hacerlo a tiempo.
    • Regularización de vehículos usados; sobre la publicidad y la propaganda indirecta y la relación entre el pago de impuestos y los tratamientos de reproducción asistida.
    • La importancia de familiarizarse con el Buzón Tributario.
    • ¿Se puede acreditar el IVA trasladado por operaciones pagadas mediante financiamiento?
    • ¿Debo pagar impuestos por recibir depósitos en efectivo?
    • Cultura Contributiva en Reino Unido.

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  • NOTICIAS-FISCALES-2022-51 SAT / Declaración Anual 2021 de personas físicas

    NOTICIAS-FISCALES-2022-51 SAT / Declaración Anual 2021 de personas físicas

    El Servicio de Administración Tributaria (SAT) pone a disposición de los contribuyentes, herramientas que facilitan la presentación de la Declaración Anual 2021 de personas físicas.

    Las personas físicas que están obligadas a presentar Declaración Anual 2021 en el mes de abril son aquellas que tributan bajo los siguientes regímenes:

    • Servicios profesionales (honorarios)
    • Actividades empresariales
    • Plataformas tecnológicas
    • Arrendamiento
    • Intereses
    • Dividendos
    • Enajenación de bienes
    • Adquisición de bienes
    • Si recibieron ingresos por salarios de dos o más patrones o si además de salarios obtuvieron ingresos de otra actividad.
    • Si además de obtener ingresos por salarios, obtienen ingresos por intereses nominales superiores a 20 mil pesos al año.

    Si desea ver la información, dé clic en la siguiente liga:

    https://www.gob.mx/sat/articulos/presenta-tu-declaracion-anual-2021-de-personas-fisicas?idiom=es

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  • NOTICIAS-FISCALES-2022-50 SAT / Constancia de Situación Fiscal únicamente a través del Portal

    NOTICIAS-FISCALES-2022-50 SAT / Constancia de Situación Fiscal únicamente a través del Portal

    En el marco de la Declaración Anual 2021 de personas físicas que inicia el 1 y termina el 30 de abril, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) pone a disposición de los contribuyentes SAT ID y el Portal del SAT para realizar trámites.

    Si necesitan generar o renovar su Contraseña y renovar su firma electrónica (e.firma) pueden utilizar SAT ID: satid.sat.gob.mx.

    Por otro lado, si requieren su Constancia de Situación Fiscal (comúnmente conocida como constancia de RFC), les informamos que este apartado dentro de SAT ID estará inhabilitado, ya que durante el mes de abril se canalizarán los esfuerzos para la generación o renovación de la Contraseña y con ella, las personas físicas puedan presentar su Declaración Anual y, a su vez, recibir su devolución con saldo a favor en caso de que así sea.

    Si desea ver la información, dé clic en la siguiente liga:

    https://www.gob.mx/sat/prensa/el-sat-informa-que-para-obtener-la-constancia-de-situacion-fiscal-unicamente-se-podra-realizar-a-traves-del-portal-019-2022

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  • NOTICIAS-FISCALES-2022-49 SAT / Facilidades para la Declaración Anual 2021 de personas físicas

    NOTICIAS-FISCALES-2022-49 SAT / Facilidades para la Declaración Anual 2021 de personas físicas

    A partir del 1 de abril de 2022 las personas físicas deberán presentar su Declaración Anual 2021. Ahora es más fácil y rápido a través de las mejoras e innovaciones que ofrece el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y que pone a disposición de los contribuyentes.

    Las personas físicas podrán hacerlo desde:

    El Portal del SAT en sat.gob.mx.

    El minisitio de Declaración Anual 2021:

    http://omawww.sat.gob.mx/DeclaracionAnual2021/Paginas/index.html

    Solo requieren la Contraseña y, únicamente en el caso que se obtenga saldo a favor mayor a 150 mil pesos o si se va a modificar la cuenta CLABE, se deberá enviar con la firma electrónica (e.firma).

    Si desea ver la información, dé clic en la siguiente liga:

    https://www.gob.mx/sat/prensa/el-sat-presenta-facilidades-para-la-declaracion-anual-2021-de-personas-fisicas-018-2022

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  • NOTICIAS-FISCALES-2022-48 SAT / Deducción de intereses reales por crédito hipotecario

    NOTICIAS-FISCALES-2022-48 SAT / Deducción de intereses reales por crédito hipotecario

    En el marco de la presentación de la Declaración Anual de personas físicas, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ratifica el derecho de los contribuyentes a presentar deducciones personales, entre ellas por el pago de intereses reales por crédito hipotecario cuando este haya sido menor a los 5 millones de pesos.

    Esta deducción corresponde a los intereses reales efectivamente pagados en el ejercicio fiscal 2021 por créditos hipotecarios destinados a la adquisición de casa habitación contratados con las instituciones integrantes del sistema financiero.

    Es importante mencionar que dicha información es proporcionada por las instituciones financieras al SAT, la cual se utiliza en la precarga de la Declaración Anual y sirve como evidencia para realizar la deducción. Cabe señalar que los intereses reales corresponden a la diferencia entre la tasa anual de inflación—que hasta diciembre de 2021 fue de 7.36 % (INEGI)— y el interés efectivamente pagado.

    Si desea ver la información, dé clic en la siguiente liga:

    https://www.gob.mx/sat/prensa/deduccion-de-intereses-reales-por-credito-hipotecario-016-2022

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  • NOTICIAS-FISCALES-2022-47 SAT / Declaración Anual 2021 de personas físicas

    NOTICIAS-FISCALES-2022-47 SAT / Declaración Anual 2021 de personas físicas

    Con el fin de facilitar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) pone a su disposición algunas herramientas para prepararse y presentarla en tiempo y forma para la Declaración Anual 2021, la cual se realiza del 1 al 30 de abril.

    Entre ellas se encuentra SAT ID, que permite generar o renovar la Contraseña y renovar la firma electrónica (e.firma) en caso de tener fecha de vencimiento menor a un año, sin salir de casa o desde cualquier dispositivo con acceso a internet, a través de satid.sat.gob.mx. Cabe destacar que el uso de la Contraseña es importante para realizar la Declaración Anual, pues permite autenticar la identidad del contribuyente e ingresar al sistema, asimismo es necesaria para obtener la devolución en caso de tener saldo a favor.

    Por otro lado, las personas físicas que reciban ingresos por salarios pueden verificar sus recibos a través del Visor de nómina para el trabajador.

    Si desea ver la información, dé clic en la siguiente liga:

    https://www.gob.mx/sat/prensa/declaracion-anual-2021-de-personas-fisicas-015-2022

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  • NOTICIAS-FISCALES-2022-44 SHCP / Oficio mediante el cual se comunica listado global definitivo en términos del artículo 69-B, párrafo tercero del CFF al 15 de febrero de 2022

    NOTICIAS-FISCALES-2022-44 SHCP / Oficio mediante el cual se comunica listado global definitivo en términos del artículo 69-B, párrafo tercero del CFF al 15 de febrero de 2022

    La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el día de hoy (14 de marzo) a través del Diario Oficial de la Federación, el Oficio 500-05-2022-5920 mediante el cual se comunica listado global definitivo en términos del artículo 69-B, párrafo tercero del Código Fiscal de la Federación (CFF) vigente hasta el 24 de julio de 2018.

    Derivado del ejercicio de las atribuciones y facultades señaladas en el artículo 69-B, párrafos primero y segundo del CFF vigente hasta el 24 de julio de 2018, las autoridades fiscales que se citan en el Anexo 1 que es parte integrante del presente oficio, detectaron que los contribuyentes señalados en dicho Anexo 1 emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes.

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  • NOTICIAS-FISCALES-2022-43 SHCP / Oficio mediante el cual se comunica listado global definitivo en términos del artículo 69-B, párrafo cuarto del CFF al 15 de febrero de 2022

    NOTICIAS-FISCALES-2022-43 SHCP / Oficio mediante el cual se comunica listado global definitivo en términos del artículo 69-B, párrafo cuarto del CFF al 15 de febrero de 2022

    La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el día de hoy (10 de marzo) a través del Diario Oficial de la Federación, el Oficio 500-05-2022-5921 mediante el cual se comunica listado global definitivo en términos del artículo 69-B, párrafo cuarto del Código Fiscal de la Federación (CFF).

    Derivado del ejercicio de las atribuciones y facultades señaladas en el artículo 69-B, párrafos primero y segundo del Código Fiscal de la Federación (CFF), las autoridades fiscales que se citan en el Anexo 1 que es parte integrante del presente oficio, detectaron que los contribuyentes señalados en dicho Anexo 1 emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes.

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  • NOTICIAS-FISCALES-2022-42 INEGI / Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes de febrero de 2022

    NOTICIAS-FISCALES-2022-42 INEGI / Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes de febrero de 2022

    El Instituto Nacional de Estadística y Geografía dio a conocer el día de hoy (10 de marzo) a través del Diario Oficial de la Federación, el Índice Nacional de Precios al Consumidor.

    Con base en la segunda quincena de julio de 2018=100 el Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes de febrero de 2022 es 118.981 puntos. Esta cifra representa una variación de 0.83 por ciento respecto del índice correspondiente al mes de enero de 2022, que fue de 118.002.

    Los precios de los bienes y servicios más significativos por su incidencia sobre la inflación general durante el mes de febrero de 2022 fueron, al alza: Gas doméstico LP; Pollo; Loncherías, fondas, torterías y taquerías; Gasolina de bajo octanaje; Limón; Carne de res; Vivienda propia; Tortilla de maíz; Automóviles; y Aguacate. Así como a la baja: Jitomate; Chile poblano; Tomate verde; Calabacita; Papa y otros tubérculos; Carne de cerdo; Lechuga y col; Otros chiles frescos; Frijol; y Gas doméstico natural.

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  • NOTICIAS-FISCALES-2022-40 SHCP / Primera Resolución de Modificaciones a las RGCE para 2022 y sus anexos 2 y 22

    NOTICIAS-FISCALES-2022-40 SHCP / Primera Resolución de Modificaciones a las RGCE para 2022 y sus anexos 2 y 22

    La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el día de hoy (2 de marzo) a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), la Primera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022 y sus anexos 2 y 22.

    La presente Resolución entrará en vigor a partir del día de su publicación en el DOF, y será aplicable en términos de la regla 1.1.2.

    La obligación prevista en la regla 2.4.1., fracción II, inciso h), será exigible a partir del 02 de marzo de 2022, por lo que las personas morales que cuenten con la autorización o prórroga para la entrada o salida de mercancías del territorio nacional por lugar distinto al autorizado, deberán presentar su solicitud de opinión técnica favorable del programa informático para llevar controles volumétricos, conforme a la ficha de trámite 70/LA del Anexo 2, dentro de los 30 días naturales siguientes contados a partir de que sea exigible la obligación.

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