Categoría: Noticias Fiscales

  • NOTICIAS-FISCALES-2020-87 SAT mejora la experiencia del aplicativo SAT ID para uso de las y los contribuyentes

    NOTICIAS-FISCALES-2020-87 SAT mejora la experiencia del aplicativo SAT ID para uso de las y los contribuyentes

    El pasado 15 de abril de 2020 el Servicio de Administración Tributaria (SAT), debido a la emergencia sanitaria por el COVID-19 y en atención a las medidas de seguridad dispuestas por la Secretaría de Salud como la Jornada de Sana Distancia y Quédate en Casa, puso a disposición el aplicativo SAT ID, tanto en la página satid.sat.gob.mx como en Play Store, con el fin de que las y los contribuyentes pudieran generar o actualizar su contraseña y hacer su Declaración Anual sin salir de sus hogares.

     

    El SAT informa que con el objetivo de mejorar la experiencia de las y los contribuyentes, ha realizado cambios importantes en SAT ID para eficientar el servicio al momento de realizar su trámite. Nuestro interés es que se queden en casa. Por ello, les recordamos que la declaración la pueden realizar hasta el 30 de junio del presente año.

     

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    https://www.gob.mx/sat/prensa/sat-mejora-la-experiencia-del-aplicativo-sat-id-para-uso-de-las-y-los-contribuyentes-16-2020

     

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  • NOTICIAS-FISCALES-2020-86 Programa Institucional 2020-2024 de la PRODECON

    NOTICIAS-FISCALES-2020-86 Programa Institucional 2020-2024 de la PRODECON

    La Procuraduría de la Defensa del contribuyente dio a conocer el día de hoy (19 de mayo) a través del Diario Oficial el Programa Institucional 2020-2024.

    De conformidad con los artículos 25 y 26 Constitucionales, corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional, garantizando que sea integral y sustentable, que vele por el fortalecimiento de la soberanía nacional y su régimen democrático, y que a través del fomento del crecimiento económico y una distribución equitativa del ingreso y la riqueza, se llegue al pleno ejercicio de la libertad y el respeto de las garantías consagradas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Asimismo, de los artículos 22 y 24 de la Ley de Planeación se desprende que el Plan Nacional de Desarrollo indicará los distintos programas sectoriales, institucionales, regionales y especiales que coadyuvarán al desarrollo integral del país.

    Con objeto de acatar el mandato del pueblo de construir un México justo, pacífico, libre, solidario, democrático, y próspero, el actual gobierno se enfrenta a la enorme responsabilidad de construir un modelo viable de desarrollo económico, ordenamiento político y convivencia entre los sectores sociales, en el que el Programa Institucional de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente 2020-2024 deberá contribuir a esta aspiración.

    De tal forma que con el logro de los objetivos prioritarios que este programa propone, hacia 2024 se contribuirá a consolidar los principios democráticos del Estado de Derecho con base en una renovada cultura contributiva que permita a la sociedad vivir en condiciones de igualdad, paz y armonía para la construcción de un país más justo y equitativo, posicionándonos como una institución de excelencia con autonomía técnica, funcional y de gestión que colabore en el mejoramiento de la relación del fisco con el contribuyente, en la que se privilegie el respeto a sus derechos como el mejor medio para lograr la satisfacción del interés público.

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  • Noticias Fiscales Síndicos 2020-12 SÍNDICOS / Recomendaciones para nueva obligación de presentación del aviso de actualización de socios y accionistas

    Noticias Fiscales Síndicos 2020-12 SÍNDICOS / Recomendaciones para nueva obligación de presentación del aviso de actualización de socios y accionistas

     

    Dentro de los principales cambios contenidos en la reforma fiscal 2020 se presentan dentro del Código Fiscal de la Federación, diversas modificaciones y adiciones, mencionando específicamente la reestructura efectuada al Artículo 27, dividido ahora en los apartados A. Sujetos y sus obligaciones específicas, B. Catálogo general de obligaciones, C. Facultades de la autoridad fiscal y D. Casos especiales.

     

    En el Artículo 27 apartado B Fracción VI, se incorpora la obligación de presentar un aviso, para informar el nombre y la clave del RFC de los socios y accionistas, cada vez que se realice alguna modificación o incorporación respecto a estos. Para esto, se adiciona la Regla 2.4.19. de la Resolución Miscelánea 2020 que establece que dará cumplimiento a la obligación conforme a la ficha de trámite 295/CFF “Aviso de actualización de socios o accionistas”, contenida en el Anexo 1-A, dentro de los treinta días hábiles siguientes a aquél en que se realice el supuesto de modificación o incorporación.

     

    Además, las personas morales que no tengan actualizada la información de sus socios o accionistas ante el RFC, deberán presentar este aviso, con la información correspondiente a la estructura con la que se encuentren en ese momento, por única ocasión a más tardar el 30 de junio del 2020, de conformidad con el Transitorio Cuadragésimo Sexto de la Resolución Miscelánea Fiscal 2020.

     

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  • Noticias Fiscales-2020-85 SHCP / Anexos 1-A, 5, 6, 7, 9, 14 y 23 de la Primera Resolución de Modificaciones a la RMF para 2020, publicada el 12 de mayo de 2020

    Noticias Fiscales-2020-85 SHCP / Anexos 1-A, 5, 6, 7, 9, 14 y 23 de la Primera Resolución de Modificaciones a la RMF para 2020, publicada el 12 de mayo de 2020

    La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el día de hoy (14 de mayo) a través del Diario Oficial de la Federación los Anexos 1-A, 5, 6, 7, 9, 14 y 23 de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020, publicada el 12 de mayo de 2020, que contemplan:

     

     

    • Anexo 1-A: Trámites Fiscales
    • Anexo 5: Cantidades actualizadas.
    • Anexo 7: Compilación de Criterios Normativos.
    • Anexo 9: Tabla a que se refiere la regla 3.15.1. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020, para la opción de actualización de deducciones que señala el artículo 121 de la Ley del ISR
    • Anexo 14: Donatarias autorizadas

     

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  • Noticias Fiscales-2020-84 SE / Acuerdo por el que se modifican los lineamientos para la operación del Programa de Apoyo Financiero a Microempresas Familiares

    Noticias Fiscales-2020-84 SE / Acuerdo por el que se modifican los lineamientos para la operación del Programa de Apoyo Financiero a Microempresas Familiares

    La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el día de hoy (13 de mayo de 2020) a través del Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se modifican los lineamientos para la operación del Programa de Apoyo Financiero a Microempresas Familiares.

     

    Los apoyos otorgados en la Modalidad Apoyo Solidario a la Palabra a las empresas solidarias de sector formal tendrán vigencia al 15 de mayo de 2020, mientras que los otorgados a las Personas trabajadoras del hogar y a las Personas trabajadoras independientes, tendrán vigencia al 15 de junio de 2020.”

     

    El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

     

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  • Noticias Fiscales-2020-83   SAT / Inicia normatividad para la retención de impuestos a residentes extranjeros que prestan servicios digitales sin establecimiento en México

    Noticias Fiscales-2020-83 SAT / Inicia normatividad para la retención de impuestos a residentes extranjeros que prestan servicios digitales sin establecimiento en México

     

    El Servicio de Administración Tributaria (SAT) atenderá las disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA) referentes a la retención del impuesto generado con motivo de la prestación de servicios digitales por residentes en el extranjero sin establecimiento en México. Dichas disposiciones entrarán en vigor a partir del 1 de junio de 2020.

     

    Estas adecuaciones a la LIVA que determinó el Congreso de la Unión en la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 9 de diciembre de 2019, buscan establecer la obligatoriedad de las plataformas digitales de retener y enterar el IVA causado por la importación de servicios digitales aprovechados en México.

    Este impuesto ya se causaba y, por tanto, su obligación de pago ya existía en la Ley del IVA (Art. 24, fracción V LIVA). Es importante mencionar que la posibilidad de que los servicios digitales aumenten de precio no está relacionada con un nuevo tributo.

    En dicha reforma se otorgó a las citadas plataformas digitales un periodo de transición que les permite prepararse para comenzar a cumplir con las disposiciones legales ya citadas a partir del primer día del próximo mes.

     

    En este tenor, el día 28 de diciembre de 2019 se publicó la Resolución Miscelánea Fiscal para el ejercicio fiscal 2020 (RMF 2020), en la cual se incluye un nuevo Título 12, denominado “De la prestación de servicios digitales” en donde se establece la regulación detallada de la retención que debe realizarse por estos servicios prevista en la LIVA.

     

    Se destaca que dentro de las obligaciones que deben cumplir los residentes en el extranjero proveedores de servicios digitales en el país, se encuentra la de emitir comprobantes de las retenciones efectuadas que, si bien no son CDFI, podrán ser utilizados para efectos fiscales en los casos que proceda.

     

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    https://www.gob.mx/sat/prensa/inicio-de-vigencia-de-normatividad-respecto-de-la-retencion-de-impuestos-por-residentes-en-el-extranjero-que-prestan-servicios-digitales-sin-establecimiento-en-mexico-015-2020

     

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  • Noticias Fiscales-2020-82 SHCP / Publicación de la Primera Resolución de Modificaciones a la RMF para 2020

    Noticias Fiscales-2020-82 SHCP / Publicación de la Primera Resolución de Modificaciones a la RMF para 2020

    La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el día de hoy (12 de mayo de 2020) a través del Diario Oficial de la Federación, la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020 que contempla:

     

    1. Actualización de cantidades establecidas en el CFF.
    2. Valor probatorio de la Contraseña
    3. Información relativa a la transparencia del patrimonio y al uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación.
    4. Opción de pago en parcialidades del ISR anual de las personas físicas.
    5. Presentación de avisos para adherirse o finalizar la opción de pago en especie, así como para la declaración anual del ejercicio fiscal de 2019.
    6. IVA causado por la prestación de servicios digitales a través de plataformas tecnológicas.
    7. Opción de calcular retenciones sobre los ingresos diarios.
    8. Declaración informativa de servicios digitales de intermediación entre terceros.
    9. De las personas físicas que enajenan bienes, prestan servicios, conceden hospedaje o el uso o goce temporal de bienes a través de plataformas tecnológicas.
    10. Opción de pago de créditos fiscales por concepto.
    11. Plazo para la presentación de la declaración anual.
    12. Suspensión de plazos y términos legales.
    13. Se aclara el contenido de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020, publicada en el DOF el 28 de diciembre de 2019.
    14. Se dan a conocer los Anexos 1, 1-A, 3, 5, 7, 8, 11, 14, 15, 16, 16-A, 19, 23, 25, 25-Bis, 27 y 30.
    15. Se prorrogan los anexos 2, 6, 9, 10, 12, 13, 17, 18, 20, 21, 22, 24, 26, 26-Bis, 28, 29, 31 y 32 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente hasta antes de la entrada en vigor de la presente Resolución, hasta en tanto no sean publicados los correspondientes a esta Resolución.

     

    La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF y su contenido surtirá sus efectos es términos de la regla 1.8., tercer párrafo de la RFM 2020, salvo lo dispuesto en las reglas contenidas en el Título 12. De la prestación de servicios digitales, las cuales entrarán en vigor el 1 de junio de 2020.

    Las modificaciones al Anexo 6 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, entrarán en vigor a partir del 1 de junio del 2020.

     

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  • Noticias Fiscales-2020-81 SEGOB / Decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 4o. de la CPEUM

    Noticias Fiscales-2020-81 SEGOB / Decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 4o. de la CPEUM

    La Secretaría de Gobernación dio a conocer el día de hoy (8 de mayo de 2020) a través del Diario Oficial de la Federación, el DECRETO por el que se reforma y adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

     

    El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

     

    El Congreso de la Unión deberá armonizar el marco jurídico en la materia para adecuarlo al contenido del presente Decreto en un plazo que no excederá de 365 días a partir de la entrada en vigor del mismo, debiendo incluir disposiciones que determinen los alcances y permitan dar cumplimiento gradual conforme a lo que se apruebe en los presupuestos de egresos correspondientes, así como la concurrencia de los tres órdenes de gobierno para garantizar los derechos derivados del presente Decreto.

    El monto de los recursos asignados, en el Presupuesto de Egresos de la Federación y en el presupuesto de las entidades federativas del ejercicio fiscal que corresponda, para los programas de atención médica y medicamentos gratuitos, de apoyo económico para personas que tengan discapacidad permanente, de pensiones para personas adultas mayores, y de becas para estudiantes que se encuentren en condición de pobreza, no podrá ser disminuido, en términos reales, respecto del que se haya asignado en el ejercicio fiscal inmediato anterior.

     

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  • Noticias Fiscales-2020-80 INEGI / Índice nacional de precios al consumidor del mes de abril de 2020

    Noticias Fiscales-2020-80 INEGI / Índice nacional de precios al consumidor del mes de abril de 2020

    El Instituto Nacional de Estadística y Geografía dio a conocer el día de hoy (8 de mayo de 2020) a través del Diario Oficial de la Federación, el Índice nacional de precios al consumidor.

     

    Con base en la segunda quincena de julio de 2018=100 el Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes de abril de 2020 es 105.755 puntos. Esta cifra representa una variación de -1.01 por ciento respecto del índice correspondiente al mes de marzo de 2020, que fue de 106.838.

     

    Los precios de los bienes y servicios más significativos por su incidencia sobre la inflación general durante abril de 2020 fueron, al alza: Huevo; Chile serrano; Cerveza; Azúcar; Frijol; Vivienda propia; Arroz; Limón; Aguacate; y Naranja. Así como a la baja: Gasolina de bajo octanaje; Jitomate; Electricidad; Gasolina de alto octanaje; Tomate verde; Pepino; Otros alimentos cocinados; Transporte aéreo; Calabacita; y Hoteles.

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  • Noticias Fiscales-2020-79 PRODECON / Criterios jurisdiccionales y sustantivos en materia de pensiones, intereses reales e IVA

    Noticias Fiscales-2020-79 PRODECON / Criterios jurisdiccionales y sustantivos en materia de pensiones, intereses reales e IVA

    La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) dio a conocer por medio de su página de Internet: www.prodecon.gob.mx los siguientes criterios emitidos:

     

    1. INGRESOS EXENTOS. PARA EL PAGO DEL ISR POR CONCEPTO DE JUBILACIÓN Y PENSIÓN, EL CÁLCULO DEBE REALIZARSE TOMANDO COMO BASE EL SALARIO MÍNIMO Y NO LA UMA.

     

    1. SUBCUENTA DE RETIRO. LOS RECURSOS ENTREGADOS AL LEGÍTIMO BENEFICIARIO CON MOTIVO DE UN LAUDO DEBEN CONSIDERARSE COMO INGRESOS OBTENIDOS DE UN HEREDERO O LEGATARIO Y, POR TANTO, SE ENCUENTRAN EXENTOS DE PAGO DE ISR EN SU TOTALIDAD, INDEPENDIENTEMENTE DE QUE LA AFORE NO LE HAYA DADO DICHO CARÁCTER.

     

    1. INTERESES REALES POR CRÉDITOS HIPOTECARIOS. SON DEDUCIBLES LOS PRECISADOS EN LA CONSTANCIA QUE OBRA EN PODER DEL CONTRIBUYENTE.

     

    1. VALOR AGREGADO. SEGURIDAD PRIVADA ESPECIALIZADA. SUPUESTO EN EL QUE NO SE CONSIDERA QUE SE PONE A DISPOSICIÓN DEL CONTRATANTE PERSONAL A SU FAVOR.

     

    1. VALOR AGREGADO. NO EXISTE OBLIGACIÓN DE EFECTUAR LA RETENCIÓN DEL IMPUESTO EN LOS SERVICIOS A TRAVÉS DE LOS CUALES SE PONGA A DISPOSICIÓN DE LA FEDERACIÓN O SUS ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS PERSONAL, SI EL CONTRATISTA ES PERSONA MORAL.

     

    Si desea ver el contenido completo, dé clic en la siguiente liga:

     

    http://www.prodecon.gob.mx/index.php/home/p/noticias/3247-conoce-los-nuevos-criterios-emitidos-por-prodecon

     

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  • Noticias Fiscales-2020-78 Reitera SAT prórroga para presentación de declaración anual y conmina a usar plataformas digitales

    Noticias Fiscales-2020-78 Reitera SAT prórroga para presentación de declaración anual y conmina a usar plataformas digitales

    El 1 de abril de 2020 inició el proceso de Declaración Anual 2019 para personas físicas.

    Como cada año, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) se preparó para atender a las personas contribuyentes en sus oficinas a lo largo y ancho del país. Sin embargo, ante la emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID-19 se generaron cambios tanto en la dinámica de trabajo como en el flujo de personas en nuestras oficinas.

    Desde que la Secretaría de Salud emitió la Jornada de Sana Distancia, el SAT acató las recomendaciones de la autoridad e implementó las medidas preventivas para salvaguardar la salud de las y los contribuyentes como de los trabajadores del SAT. La operación de nuestras oficinas se ha realizado con el personal mínimo requerido para garantizar las condiciones de servicio y atención al contribuyente. Además, éstas atienden a la ciudadanía exclusivamente por cita para evitar aglomeraciones. Aunado a lo anterior, realizamos un esfuerzo para facilitar la Declaración Anual a través de innovaciones tecnológicas. Para ello, se creó la página web SAT ID para que personas físicas realicen la generación y actualización de su contraseña.

    Si desea ver el contenido completo, dé clic en la siguiente liga:

    https://www.gob.mx/sat/prensa/reitera-sat-prorroga-para-presentacion-de-declaracion-anual-y-conmina-a-usar-plataformas-digitales

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  • Noticias Fiscales Síndicos 2020-11 SÍNDICOS / Criterio del SAT para manifestar las Retenciones de ISR POR HONORARIOS

    Noticias Fiscales Síndicos 2020-11 SÍNDICOS / Criterio del SAT para manifestar las Retenciones de ISR POR HONORARIOS

    INFORMACION RELATIVA A LA PRESENTACION DE LAS RETENCIONES DE ISR POR SERVICIOS PROFESIONALES

    Con relación al llenado de la declaración anual de personas físicas, la mayor parte de la información de ingresos, deducción y retenciones del impuesto sobre la Renta que se tuvieron en el ejercicio fiscal 2019 ya se encuentra precargada en el formato de la declaración anual contenida en la plataforma del SAT.

    Se ha encontrado el supuesto de que  si un contribuyente obtiene  ingresos derivados tanto por la realización de actividades empresariales como por ingresos derivados por la prestación de servicios profesionales independientes, ambas actividades contenidas en la Sección I del  Capítulo II del Título IV de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, y que desde luego por los ingresos obtenidos por la prestación de servicios profesionales facturados a personas morales , les fue retenido el 10% de ISR sobre el monto de honorarios cobrados,  conforme lo establece el artículo 106 de la LISR,  en el formato de la declaración anual del SAT,   la precarga de dichas retenciones de ISR se encuentran contenidas dentro del formato de la declaración anual en el apartado de actividad empresarial, independientemente si estas hayan sido efectuadas por obtener ingresos por la prestación de servicios profesionales.

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