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El Comité Ejecutivo Nacional del IMCP a través de su Vicepresidencia de Fiscal y de la Comisión Representativa ante Organismos de Seguridad Social (CROSS), da a conocer el texto actual de la Nueva Ley Federal del Trabajo misma que contiene las modificaciones publicadas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social a través del Diario Oficial de la Federación el pasado 30 de noviembre de 2012.

Cabe señalar que la presente Ley es de observancia general en toda la República y rige las relaciones de trabajo comprendidas en el artículo 123, Apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Al respecto, los patrones contarán con treinta y seis meses a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, para realizar las adecuaciones a las instalaciones de los centros de trabajo, a fin de facilitar el acceso y desarrollo de actividades de las personas con discapacidad.

Asimismo, los patrones contarán con doce meses a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, para proceder a realizar los trámites conducentes para afiliar el centro de trabajo al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores.

Por su parte, el Titular del Ejecutivo Federal, los Gobernadores de los Estados, así como el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, contarán con un plazo de seis meses, para adecuar los ordenamientos reglamentarios que correspondan, a las disposiciones contenidas en este Decreto.

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