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Revista Especial Contaduría Pública Enero 2021

MENSAJE DE LA PRESIDENCIA.

En la actualidad, uno de los retos a nivel global es la falta de información completa y relevante sobre estrategias de planeación fiscal agresiva; a este respecto, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y el G-20 establecen la acción 12 del BEPS, a la cual nuestro país da seguimiento como parte de las reformas fiscales 2020 al incorporar en el Código Fiscal de la Federación la “Revelación de esquemas reportables”, que consiste en la información que las autoridades fiscales han identificado como áreas de riesgo durante el ejercicio de sus facultades y que, si las conoce de forma previa a su implementación, podrá evaluar su viabilidad y hará conocer a los contribuyentes y asesores fiscales su criterio, y así dar mayor seguridad jurídica a los mismos, ya que sabrá el criterio de la autoridad y, en su caso, podrán ejercer los medios de defensa adecuados para controvertir dicho criterio.

Asimismo, se incorporó la fracción XXXII al artículo 28 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, con el objetivo de establecer, a partir del ejercicio fiscal de 2020, un supuesto adicional para la limitante a la deducción de intereses netos que excedan del monto que resulte de multiplicar la utilidad neta ajustada del contribuyente por 30%, esto de conformidad con el Reporte Final de la Acción 4 del proyecto BEPS.

Por otro lado, el año pasado el Ejecutivo presentó una Iniciativa de reforma en materia de subcontratación que plantea que la misma se prohíba. Además, precisa que se permitirá la prestación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas que no forman parte del objeto social ni de la actividad económica de la beneficiaria de estos y, se requerirá autorización por parte de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y padrón público. Sobre esta Iniciativa se solicitó al Poder Legislativo posponer al mes de febrero de 2021 la discusión parlamentaria, misma que se señalará como preferente para que, en un plazo no mayor a 30 días, pueda discutirse y, en su caso, aprobarse.

Estos y otros temas fiscales relevantes para 2021, como la supletoriedad de las normas de información financiera en materia fiscal, nuevos supuestos de establecimiento permanente y el instrumento multilateral, regla general antiabuso mexicana y su aplicación a tratados internacionales, y concepto de beneficiario efectivo en materia fiscal, forman parte de la presente edición especial de nuestra revista Contaduría Pública, elaborados por las Comisiones Fiscal y Fiscal Internacional de la Vicepresidencia de Fiscal del IMCP. Los invitamos a leerlos.

C.P.C. y Mtra. Diamantina Perales Flores
Presidente del CEN del IMCP

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