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Registro y control de terrenos

C.P. y PCCAG Ma. Guadalupe Razo Aguirre

Presidenta de la Comisión de Contabilidad Municipal

 

Introducción

Este boletín tiene como propósito mencionar medidas de control en el registro de los terrenos propiedad o en posesión de una entidad municipal para generar información financiera útil y confiable. El adecuado establecimiento de controles garantiza un adecuado registro y valuación de estos activos y permite mantener actualizado el inventario de bienes inmuebles y, en su caso, la realización de gestiones para su regularización jurídica y administrativa.

Para abordar el tema de estudio resulta imprescindible remitirnos a la Ley General de Contabilidad Gubernamental, la cual en su Capítulo II del Título Tercero señala lo relativo al Registro Patrimonial. Al respecto, los entes públicos adquieren la obligatoriedad de registrar en cuentas especificas los bienes muebles e inmuebles con los que cuentan para sus operaciones y/o servicios. De igual manera deben elaborar un inventario de los bienes que tengan bajo su custodia.

El Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), para el registro de los bienes muebles e inmuebles ha establecido las Principales Reglas de Registro y Valoración del Patrimonio -Elementos Generales- (27 de diciembre de 2010) y las Reglas Específicas del Registro y Valoración del Patrimonio (13 de diciembre de 2011). Asimismo, emitió las Reglas de Registro y Valuación del Patrimonio (11 de diciembre de 2023, con última reforma del 4 de julio de 2024).

Estos documentos proporcionan los criterios técnicos contables para registrar y valuar el patrimonio.

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