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Repatriación de Capitales

Como seguramente se recordarán, el Presidente Felipe Calderón anunció el 23 de Marzo del 2009 la entrada en vigor del decreto para favorecer la repatriación de capitales del que destacaba, entre otras cosas, que se pretendía con este decreto:

– Promover la pronta repatriación de capitales que hubiesen permanecido invertidos
en el exterior antes del 1 de enero del 2009.
– Fomentar la inversión productiva y la generación de empleos, con acciones que
promovieran que los recursos mantenidos en el extranjero retornaran al País y se
invirtieran en beneficio de los mexicanos.
– Otorgar un incentivo fiscal con base en el cual los contribuyentes podrían aplicar,
para los efectos del Impuesto Sobre la Renta (ISR), una tasa del 4 por ciento para
personas físicas y una de 7 por ciento tratándose de empresas, al monto total de
los recursos que retornaran al País, incluidos sus rendimientos sin deducciones.
Posteriormente, el 28 de Abril del 2009 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la
“Resolución que establece reglas de aplicación del decreto que otorga diversos
beneficios fiscales en materia del impuesto sobre la renta relativos a depósitos o
inversiones que se reciban en México.