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La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el 4 de diciembre a través del Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo A/099/17 por el que se establecen los criterios generales para la aplicación de los criterios de oportunidad.

El presente Acuerdo tiene como objeto establecer los criterios generales que deberán observar los agentes del Ministerio Público de la Federación para la aplicación de los criterios de oportunidad de conformidad con lo dispuesto en el Código Nacional de Procedimientos Penales.

Para la aplicación de los criterios de oportunidad, el Ministerio Público de la Federación deberá constatar que se hayan reparado o garantizado los daños causados a la víctima u ofendido.

Esto mediante la declaración expresa de la víctima, ofendido o, en su caso, de su representante legal de que le fueron reparados o garantizados en su totalidad los daños, acompañada de los comprobantes de pagos, depósitos, entrega material de bienes o con cualquier otro elemento que la pueda acreditar.