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L.C.P. Didier García Maldonado 

Integrante de la CROSS Nacional

Una de las medidas que marcaron la pauta en el desarrollo de las actividades económicas y sociales de nuestro país, fueron las publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el día 31 de marzo del presente, donde el Secretario de Salud, decreta las acciones extraordinarias que deberán implementar los sectores público, privado y social, con el propósito de contener los efectos del COVID-19 en nuestra sociedad, dentro de estas medidas destacan las siguientes:

  1. Suspensión temporal general de las relaciones de trabajo por el periodo del 1º. al 30 de abril del presente.
  2. Que durante dicho periodo los patrones deben cubrir el salario íntegro de sus trabajadores.
  3. Como excepción a la regla de quienes debían suspender actividades, se estableció un grupo selecto de actividades que nuestras autoridades en materia de salud consideran como esenciales, para efectos de hacer frente a la citada pandemia.

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