El Servicio de Administración Tributaria (SAT), publicó un criterio no vinculativo que establece que la factura electrónica sea entregada al contribuyente sin necesidad de que realice una gestión adicional como ingresar a un portal electrónico.
Para orientar a los contribuyentes, la autoridad fiscal da a conocer mediante criterios no vinculativos las prácticas fiscales que deberán seguirse para la aplicación de las disposiciones fiscales.
Esta medida se establece ya que es una obligación del proveedor o prestador de servicios entregar la factura electrónica a sus clientes por los servicios o bienes que consuman.
En la actualidad, es una práctica común que se les pida a los contribuyentes que ingresen a las páginas electrónicas de las empresas o negocios para descargar sus facturas y, en ocasiones, esta descarga tiene una vigencia.