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Síntesis Informativa

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El Economista, Sistema Financiero

Leonor Flores

Los estados de cuenta que actualmente sirven como comprobantes de acumulación o deducción para efectos del Impuesto Sobre la renta podrán utilizarse hasta el 31 de diciembre, informó el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Al destacar aspectos relevantes de la miscelánea fiscal 2011, el SAT indicó que la disposición abarca los documentos emitidos por bancos, casas de Bolsa, sociedades operadoras de inversión y distribuidoras de acciones de sociedades de inversión.

El SAT especificó que, aparte de los estados de cuenta, en la miscelánea también se incluye a las fichas o avisos de liquidación que se usan como justificante ante el fisco para el traslado del Impuesto al Valor Agregado.

Además los estados de cuenta que expidan en su carácter de socios liquidadores las instituciones de crédito y casas de Bolsa que sean fideicomitentes de fideicomisos que tengan como fin operar como socios liquidadores.

Asimismo tendrán validez como comprobante hasta la fecha indicada los estados de cuenta de los bancos para los casos de comisiones o cargos por el cobro de cheques.

CERTIFICADOS DIGITALES

En materia de factura electrónica, el SAT dispuso que las aseguradoras y las afianzadoras podrán proporcionar trimestralmente y no mensualmente información del certificado digital que se haya expedido con folios.Advirtió que se revocará la autorización otorgada por el órgano recaudador de impuestos a los proveedores de certificados digitales cuando existan inconsistencias reiteradas en omisiones en el envío de la información al SAT, de la copia de los documentos digitales que hayan sido certificados, cuando haya excedido hasta en cinco ocasiones el cumplimiento de validación, ya sea en lo individual o en conjunto.Los contribuyentes que quieran comprobar sus gastos por compras al sector primario deberán contar con la factura electrónica expedida por quien les venda los productos.