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109/2006-2007 Instituto Mexicano del Seguro Social. Puntaje para la Evaluación de Contador Público Autorizado.

A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE
LOS COLEGIOS FEDERADOS AL IMCP

La Vicepresidencia Fiscal del IMCP, a través de la Comisión Representativa ante Organismos de Seguridad Social (CROSS), considerando algunos planteamientos que ha recibido respecto de la evaluación del Contador Público Autorizado por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para emitir dictamen para efectos de ese Instituto, resulta conveniente hacer algunas precisiones que tienen el objetivo de aclarar las inquietudes presentadas por la membresía en este tema.

Número de puntos

1. Los puntos aprobados a la fecha y que se tienen que acumular para demostrar al IMSS que se ha cumplido con la acreditación de evaluación del Contador Público por el año del 2007, en relación a los temas comentados en el folio 92/2006-2007, son únicamente 24.

Certificación no necesaria

2. Los puntos indicados, también son aplicables para efectos de cumplir de manera anual, con la norma de Educación Profesional Continua, así como para efectos del puntaje de capacitación que deberán reunir los Contadores Públicos Certificados para mantener su certificación. Por lo tanto no son en adición, para emitir el dictamen para efectos del
IMSS ya que no es requisito indispensable ser C.P.C.

Capacitadores

3. Los puntos que se obtengan de cursos impartidos por los capacitadores externos autorizados por los Colegios Federados, también deberán tener validez para la emisión de la constancia de evaluación por el Colegio.

Participación en capacitación

4. Los colegas que impartan los cursos correspondientes, podrán considerar el puntaje por su participación como instructores.

Constancias para el IMSS

5. Los Colegios Federados, deberán hacer la identificación de los cursos impartidos en el año de 2007, que tengan relación con los temas de capacitación necesarios para efectos de que el Contador Público Autorizado emita un dictamen respecto de las Obligaciones Fiscales en materia de Seguro Social, así como de los puntos asignables, para estar en posibilidad de emitir las constancias que acrediten la evaluación del
Contador Público en materia de Seguro Social.

Formato de constancia

6. El formato de constancia se encuentra anexo en el Folio 92/2006-2007 emitido el 27 de julio pasado. Con posterioridad la Comisión de Normas de Educación Continua (NEPC) hará el reporte que habrá de presentarse del contador público autorizado para dictaminar para efectos del IMSS, al Colegio al que pertenece, así como de la
Constancia que se deberá entregar al IMSS.

Cabe reiterar, que para efectos de asignar un valor a las actividades a realizar, se estará a las condiciones establecidas en la Norma de Educación Profesional Continua, que para tal efecto tiene instrumentado el IMCP y sus Colegios Federados, por lo que mediante la manifestación del cumplimiento de la norma que presente el CPA, en el Colegio Federado por el año del 2007, se tendrá que identificar y el Colegio verificar, que se haya dado cumplimiento a lo mencionado, para la emisión de la constancia de acreditación correspondiente.

Reciban un cordial saludo.

*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP

C. P. C. Luis Moirón Llosa

Presidente

c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2006-2007

El contenido de este folio, es de carácter informativo y no normativo, por lo que la responsabilidad del IMCP se limita sólo a su difusión

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