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A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE LOS COLEGIOS FEDERADOS AL IMCP

La Vicepresidencia de Legislación a través de la Comisión de Educación Profesional Continua, hacen un atento recordatorio a los Colegios Federados, para la elaboración y entrega oportuna del Dictamen e Informe de Control Interno sobre el cumplimiento de la Norma de Educación Profesional Continua (NEPC), correspondiente al año 2008, que deberá emitir el Auditor de Gestión de cada federada.

Dichos documentos se deben enviar a la Comisión de Educación Profesional Continua del Instituto, al Auditor de Gestión del Instituto y a su Vicepresidencia Regional, a más tardar en el mes de mayo de 2009, de acuerdo con los requisitos aplicables establecidos en el Artículo 3.08 y Criterio 5 de la NEPC, vigentes a partir de 2009, como se señala en el Artículo 1° Transitorio de esa Norma.

Las disposiciones anteriores indican a la letra:

Artículo 3..08

“El auditor propietario o en su caso, el auditor de gestión de la federada, deberá emitir y proporcionar a su federada, los siguientes documentos: un dictamen sobre el cumplimiento de las obligaciones de la federada, en materia de educación profesional continua del año anterior, y un informe sobre el control interno establecido por la federada, elaborado conforme al Boletín 3050, del propio Instituto, para la emisión de constancias de cumplimiento que presenten sus miembros y sobre la aplicación de los Lineamientos para el Registro y Control de las Capacitadoras Autorizadas del IMCP.

El dictamen y el informe de control interno referidos, deberán ser enviados por la federada, a más tardar en el mes de mayo, a la Comisión de Educación Profesional Continua del Instituto, al Auditor de Gestión del Instituto y a la Vicepresidencia Regional Correspondiente.”

Criterio 5

“Los auditores propietarios o, en su caso, los auditores de gestión de las federadas, para emitir el dictamen y el informe de control interno establecidos en el Artículo 3.08 de la Norma, deberán aplicar lo dispuesto en la Guía para la Revisión del Cumplimiento de las federadas de la Norma de Educación Profesional Continua del IMCP, tomando en consideración lo previsto en el Manual de Procedimientos para la Revisión de Manifestaciones del Cumplimiento de la Norma de EPC, y las situaciones contenidas en la Relación de Prácticas Indebidas para la entrega de Constancias de cumplimiento de la Norma de EPC, teniendo la obligación de informar en su dictamen sobre su indebida aplicación en las federadas.”

Se hace la aclaración de los documentos que se mencionan en el Criterio 5, están incluidos en la 6a. edición de la Norma de Educación Profesional Continua del IMCP, publicada el 30 de marzo de 2009, la cual nos permitimos acompañar al presente en archivo electrónico.

Los dictámenes e informes de control interno, deberán ser entregados a la Gerencia de Certificación y Calidad Profesional del IMCP, a la dirección de este Instituto: Bosques de Tabachines 44, Fraccionamiento Bosques de las Lomas, código postal 11700, delegación Miguel Hidalgo, México, Distrito Federal, o bien, mediante correo electrónico (con firmas escaneadas en el cuerpo de los informes) a jaraiza@imcp.org.mx, antes del 31 de mayo de 2009.

Reciban un cordial saludo.

*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP

C. P. C. Eduardo Ojeda
Presidente

c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2008-2009

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-* Descargar Anexo Folio 47a (Click Aquí)->https://www.imcp.org.mx/IMG/zip/Anexo_Folio_47-2.zip

-* Descargar Anexo Folio 47b (Click Aquí)->https://www.imcp.org.mx/IMG/zip/Anexo_Folio_47_dos-2.zip

-* Descargar Anexo Folio 47c (Click Aquí)->https://www.imcp.org.mx/IMG/zip/Anexo_Folio_47_tres-2.zip

Descargar Folio 47 (Click Aquí)