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Erick Suárez, El Heraldo de Chiapas

Hasta nueve años de prisión serán consignadas las personas que omitan presentar sus reportes anuales y mensuales de los impuestos sobre la renta (ISR) y al valor agregado (IVA), respectivamente, por 12 meses en ambos casos, a partir de este ejercicio.

Esta medida es acompañada de la revisión a la que están sujetos 600 mil contribuyentes que no declararon ingresos y adeudan 5 mil millones de pesos por ISR, en conjunto, advirtió el presidente nacional del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), José Luis Doñez Lucio.

Informó que el año pasado, el Congreso de la Unión reformó el artículo 109 del Código Fiscal de la Federación. El ajuste entró en vigor en 2012. Por ello, cometerá defraudación “quien con uso de engaños o aprovechamiento de errores, excluya total o parcialmente el pago de algún gravamen u obtenga beneficio indebido”.

Dijo que la modificación fue la base para considerar como evasor a quien no entregue sus declaraciones “definitivas” y las de un ejercicio. La de IVA e ISR son ejemplos, en cada caso.

Un causante incurrirá en este supuesto si para enero de 2013 no remite su reporte mensual de IVA que debió presentar en el mismo mes de este año, explicó.

La pena será de hasta dos ejercicios si el perjuicio no supera el millón 221 mil 950 pesos; de 60 meses máximo si el daño es inferior al millón 832 mil 920 pesos; y llegaría a los nueve años si el menoscabo rebasa el millón 832 mil 920 pesos. La sanción alcanzaría los seis ejercicios si el monto es indeterminado.

El castigo será reducido hasta 50 por ciento si la cantidad es restituida en una exhibición de forma inmediata, establece el numeral.

El líder de los fiscalistas recordó que la norma fue activada junto a la búsqueda de 600 mil personas que no declararon ingresos y eludieron el desembolso de 5 mil millones de pesos por ISR, en total, detectados vía el impuesto de depósitos sobre efectivo.

Un tercio gozó de beneficios monetarios sin estar inscritos en el registro federal de contribuyentes (RFC). Los dividendos para un 10 por ciento fueron mayores al régimen en el que están dados de alta, según el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Doñez Lucio refirió que los sindicados fueron invitados a cubrir su obligación o a aclarar su situación, vía notificación. La inscripción al RFC fue parte de los ofrecimientos incluidos. Hasta una auditoría en todos sus impuestos es aplicada si el sujeto no atendió la solicitud.

“No es terrorismo fiscal. Es parte del trabajo que desarrollan las autoridades para combatir la informalidad”, puntualizó.