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Acuerdo por el que se modifica el diverso que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación y exportación está sujeta a autorización por parte de la Secretaría de Energía, publicado el 2 de marzo de 2012

Hoy, 15 de junio, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) el “Acuerdo por el que se modifica el diverso que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación y exportación está sujeta a autorización por parte de la Secretaría de Energía, publicado el 2 de marzo de 2012”, el cual entrará en vigor el día de mañana.

El 2 de marzo de 2012 fue publicado en el DOF el “Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación y exportación está sujeta a autorización por parte de la Secretaría de Energía”, instrumento en el que se estableció el régimen de control de las exportaciones, entre otros, de materiales nucleares y radiactivos con el objeto de evitar la proliferación de armas nucleares y de destrucción masiva y así cumplir con los compromisos internacionales en materia de desarme, control de armas y no proliferación suscritos por México.

Ahora bien, con el objeto de mejorar el mencionado régimen de control, la Comisión de Comercio Exterior recomendó modificar el esquema de regulaciones no arancelarias aplicables a la importación y exportación de bienes de uso dual, software y tecnologías susceptibles de desvío para la fabricación de armas de destrucción masiva, previsto por el Grupo de Suministradores Nucleares y el Acuerdo de Wassenaar, identificando dichas mercancías en términos de la codificación y descripción de las fracciones arancelarias de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación y en virtud del protocolo adicional al Acuerdo entre México y el Organismo Internacional de Energía Atómica para la Aplicación de Salvaguardias.

En virtud de lo anterior, mediante la publicación del día de hoy se adicionan los apéndices A “Materiales y equipo”, B “Aclaraciones de diversos conceptos que figuran en la lista inicial (Materiales nucleares, instalaciones y equipo)” y C “Equipo industrial” al Anexo II del “Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación y exportación está sujeta a autorización por parte de la Secretaría de Energía”.

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