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Folio 66/2020-2021.- Reglas para el otorgamiento de créditos a los trabajadores derechohabientes del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE

LOS COLEGIOS FEDERADOS Y A LA MEMBRECIA DEL IMCP

El Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), a través de la Vicepresidencia de Fiscal que preside el P.C.FI. y Lic. Héctor Amaya Estrella y de la Presidente de la Comisión Representativa ante Organismos de Seguridad Social (CROSS) del IMCP, L.C.P. Cristina Zoé Gómez Benavides, les informamos lo siguiente:

El 12 de mayo de 2021 el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las Reglas para el otorgamiento de créditos a los trabajadores derechohabientes de dicho Instituto, donde se amplía el acceso al financiamiento al definir como sujeto de crédito a las personas titulares de depósitos constituidos a su favor ante el Instituto.

El eje central se refiere básicamente a:

  1. La adquisición en propiedad de habitaciones o suelo que sea destinado a la construcción de vivienda;
  2. La construcción o autoproducción de vivienda
  3. La reparación, ampliación o mejoras de vivienda;
  4. Al pago de pasivos adquiridos por cualquiera de los conceptos anteriores;
  5. Al refinanciamiento de un crédito ya adquirido con el Instituto o con alguna otra institución financiera, por cualquiera de los conceptos anteriores.

Los Trabajadores Derechohabientes podrán aplicar el Saldo de la Subcuenta de Vivienda en términos de la Ley, las Políticas de Crédito, las Reglas de Negocio de cada opción de financiamiento y el Instituto deberá poner a disposición de los Trabajadores Derechohabientes opciones de financiamiento suficientes a efecto de maximizar el ejercicio de este derecho.

Los Trabajadores Derechohabientes podrán acceder a un crédito conforme a los esquemas de otorgamiento de crédito aprobados por el H. Consejo de Administración del Instituto para cada opción de financiamiento.

El Instituto pondrá a disposición de los Trabajadores Derechohabientes las herramientas y medios, informativos, que les permita conocer su capacidad de acceso a un crédito y el monto del mismo.

Los Trabajadores Derechohabientes que decidan ejercer su derecho al crédito y que cumplan con el esquema de originación de crédito y las Reglas de Negocio de la opción de financiamiento que se trate, deberán presentar su solicitud de crédito en los lugares designados y por los medios establecidos por el Instituto. A partir de la conclusión del proceso de inscripción, el Instituto expedirá una constancia de crédito al Trabajador Derechohabiente indicando las condiciones generales del crédito a otorgar, así como el periodo que lo habilita para ejercer su crédito sobre el inmueble de su elección.

Si el Trabajador Derechohabiente cumple con las presentes Reglas y desea aumentar su capacidad de compra, podrá unir su crédito al de otro u otros Trabajadores Derechohabientes.

Una vez autorizado el crédito en la etapa de inscripción el Instituto emitirá para los Trabajadores Derechohabientes una constancia de crédito, con la cual se podrá acudir a la etapa de Formalización.

Para el caso de créditos solicitados por Trabajadores Derechohabiente con Relación Laboral Vigente, es requisito indispensable que en el acto de Formalización del crédito el trabajador presente el aviso para la Retención Mensual.

En casos de Declaratoria de desastre natural o declaratoria de emergencia o de Contingencia Sanitaria, el Instituto podrá ofrecer opciones de financiamiento, soluciones de cobranza y medidas de apoyo a los Trabajadores Derechohabientes con la finalidad de proteger el patrimonio los acreditados.

 

Se adjuntan Reglas publicadas en el DOF el 12 de mayo de 2021 para el otorgamiento de créditos a los trabajadores derechohabientes del INFONAVIT.

 

Sin otro particular, reciban un cordial saludo. 

 

C.P.C. y Mtra. Diamantina Perales Flores

Presidente

      

c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2020-2021

*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP

El contenido de este folio es de carácter informativo y no normativo, por lo que la responsabilidad del IMCP se limita solo a su difusión.

Folio 66/2020-2021.- Reglas para el otorgamiento de créditos a los trabajadores derechohabientes del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

Anexo Folio 66/2020-2021.- Reglas para el otorgamiento de créditos a los trabajadores derechohabientes del INFONAVIT