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Folio 31/2022-2023 Solicitud de extensión del plazo para la entrega del dictamen fiscal 2022

A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE LOS COLEGIOS FEDERADOS
Y A LA 
MEMBRECÍA DEL IMCP

El Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), por medio de la Presidencia, a cargo de la Dra. Laura Grajeda Trejo, informa que con fecha 12 de mayo de 2023 se presentó el oficio IMCP/GCCP -000 – 01 -2023 – 011, firmado en conjunto por los Presidentes de nuestras 60 Federadas, en la oficialía de partes de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en la que solicitamos una extensión del plazo de entrega del dictamen fiscal para que pueda ser presentado el 15 de junio de 2023; para tal efecto, en nuestra petición resaltamos los principales hechos que respaldan nuestra solicitud, a saber:

  1. Hasta el ejercicio inmediato anterior, la fecha límite para presentar los dictámenes fiscales era el 15 de julio del año inmediato posterior al ejercicio de que se tratara. El espacio para que los contribuyentes preparen la información requerida en el Anexo 16 o 16-A de la Resolución Miscelánea Fiscal, así como para que un contador público lleve a cabo el trabajo de auditoría se redujo sin considerar el trabajo que se requiere para ello, de 106 días contados a partir de la fecha de la presentación de la declaración anual para personas morales, a tan solo 45 días, lo cual representa una reducción de 61 días, es decir, más de 50%.
  2. Los contribuyentes obligados a dictaminar sus estados financieros para efectos fiscales tienen, además, diversas obligaciones con fechas límite en un periodo corto de tiempo como son: a) Declaración anual, 31 de marzo; b) Reporte anual para la Bolsa Mexicana de Valores o para la bolsa en la que hayan colocado valores, normalmente el 30 de abril; c) Declaraciones informativas de partes relacionadas, 15 de mayo, y c) Estudios de precios de transferencia con vencimiento el 15 de mayo, entre otros.
  3. En el “Sistema de Presentación del Dictamen de Estados Financieros para Efectos Fiscales 2022” (Sipred 2022) se requiere, además de la preparación de los asuntos a que se refiere el inciso 2 anterior, que las mismas personas preparen la información requerida en los formatos establecidos, que abarcan 29 Anexos de información financiera y fiscal con requerimientos muy específicos como son: a) estados financieros agrupados de forma específica, distinta a la requerida por el marco de información financiera de uso general, con una explicación de las variaciones a nivel de las cuentas de balance y de las cuentas analíticas del estado de resultados; b) información detallada sobre las contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor; c) conciliaciones entre la contabilidad y los impuestos causados; d) información detallada sobre operaciones derivadas; e) inversiones permanentes; f) socios o accionistas; g) cuentas por cobrar y por pagar; h) partes relacionadas; i) residentes en el extranjero; j) inversiones; k) préstamos; l) pérdidas fiscales; m) REFIPRES; n) intereses, entre otros.
  4. La obligación de dictaminar estados financieros para efectos fiscales regresó para el ejercicio 2022, y las personas responsables de preparar la información requerida en el Sipred, en general, carecen de experiencia previa, lo que necesariamente tiene una curva de aprendizaje.
  5. La opinión de cumplimiento de diversos contadores públicos está siendo emitida por parte de la autoridad en sentido negativo, reportando falta de presentación de la declaración del mes de marzo de 2023, no obstante que dicha declaración se encuentra presentada en tiempo y forma, sin embargo, la citada opinión no refleja tal cumplimiento, por lo que esto impide la presentación de los dictámenes fiscales, toda vez que al momento de los envíos, el aplicativo valida la información del dictaminador.

Agradecemos a la Comisión Representativa del IMCP ante las Administraciones Generales de Fiscalización del SAT y al Instituto de Contadores Públicos de Nuevo León, A.C., por el apoyo brindado para realizar los planteamientos técnicos presentados.

Les recordamos que, al momento, la fecha límite para presentar el dictamen es el lunes 15 de mayo; por ello, los exhortamos a continuar trabajando para cumplir con sus obligaciones fiscales en tiempo y forma.

Asimismo, les recomendamos estar pendientes de las publicaciones en los medios oficiales de la citada dependencia y redes oficiales del IMCP.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente

Dra. Laura Grajeda Trejo Presidenta del CEN
c.c.p. Comité Ejecutivo Nacional 2022-2023.

*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP

Folio 31. Solicitud de extensión del plazo para la entrega del dictamen fiscal 2022