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Fiscoactualidades 2013-17 Beneficios Fiscales en Zonas con Diverso Grado de Desarrollo Afectadas por las Lluvias Severas de Septiembre de 2013

C.P.C. Marcelo De los Santos Anaya
Integrante de la Comisión Fiscal del IMCP

El martes 24 de septiembre de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto, con el cual el Poder Ejecutivo, mediante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), otorga diversos beneficios fiscales a los contribuyentes que tengan su domicilio fiscal, sucursal, agencia o cualquier otro tipo de establecimiento en las zonas afectadas por lluvias severas, a partir del 9 de septiembre de 2013. Esta ubicación es requisito indispensable para acceder a cualquiera de los beneficios decretados.

El objetivo del contenido del decreto es contribuir a la restauración de los daños, así como a la normalización de la actividad económica en el menor tiempo posible, tratando de atenuar las afectaciones a la planta productiva y, por consiguiente, a las fuentes de empleo en las diversas regiones del país que sufrieron los efectos negativos de las lluvias atípicas ya señaladas.

Los beneficios fiscales mencionados consisten en lo siguiente:

—        A las personas morales.

—        A las personas físicas que tributen en el ISR por actividades empresariales y profesionales.

—        Personas físicas que perciban ingresos por arrendamiento.