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Fiscoactualidades 2013-15 Comentarios y Reflexiones de la Iniciativa para Eliminar la Exención del IVA en la Enajenación, Construcción y Renta de Casa Habitación

C.P.C. Víctor Manuel Cámara Flores
Integrante de la Comisión Fiscal del IMCP

Introducción

En relación con la iniciativa presidencial nombrada “Reforma Social y Hacendaria”, que está analizando el Congreso de la Unión, a continuación presento algunos comentarios y reflexiones relativos a la intención de eliminar la exención que, para efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA) ha existido durante los últimos casi 35 años en la enajenación u otorgamiento del uso o goce temporal (arrendamiento) del suelo y las construcciones que se utilicen o destinen a casa habitación, así como de los servicios de construcción correlativos.

Al respecto, vale la pena recordar que el Art. 4 Constitucional establece como derecho fundamental el acceso a la seguridad social, a un medio ambiente sano y a una vivienda digna y decorosa.

La vivienda es una de las necesidades básicas del ser humano, y derivado de la importancia que esta tiene, la política de promoción de la vivienda ha formado parte de la agenda política desde hace tiempo. Por ejemplo, en 1992 se modificó la política gubernamental de vivienda; el papel del gobierno se transformó de ser constructor para solo financiarla; entonces, los sectores privado y social se convirtieron en los responsables de ello. Después de eso, los planes nacionales de desarrollo han tratado de garantizar el acceso a la vivienda para todos los mexicanos.

En 2006 se promulgó la Ley de Vivienda por medio de la cual se hace hincapié en que la vivienda es un derecho de los mexicanos que debe ser cubierto mediante la acción del sector público, privado y social, así como de la importancia de esta como motor del desarrollo económico del país.

Hay que considerar que en 1978, cuando se presentó la iniciativa de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA), cuya exposición de motivos en la parte que nos interesa se destacaba que no se gravarían los terrenos ni las construcciones destinadas a casa habitación, se comentaba que el conjunto de las exenciones representaba más de 40% del consumo final y se tendía a “proteger el poder adquisitivo de la mayor parte de la población”. La iniciativa fue ratificada por el Congreso, en donde se consideró a la casa habitación como artículo de primera necesidad y de consumo popular que no deberían pagar impuesto.