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El Contribuyente. La legislación fiscal vigente a veces no se entiende, es necesario mejorar su redacción: IMCP

México necesita una reforma para aclarar y actualizar algunas disposiciones fiscales que pueden ser confusas para los contribuyentes o generar interpretaciones distintas, considera el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP).

De acuerdo con el contador Jaime Labrada Araiza, presidente de la región centro occidente del IMCP, la técnica de redacción de la legislación fiscal es muy tradicional y tiene modificaciones que se implementaron a través del tiempo, por lo que actualmente tienen un residuo que no necesariamente indica lo que el legislador quiso decir en un principio.

Por eso, el especialista dijo que los contribuyentes, contadores y asesores tienen que analizar con precisión las comas, puntos y párrafos de las disposiciones fiscales para lograr entender qué es lo que la ley quiere gravar o cuál es el requisito que se debe cumplir, porque en muchos casos no es claro.

Al finalizar la conferencia mensual de mayo del IMCP, Labrada Araiza compartió a El Contribuyente algunos ejemplos de la falta de claridad y precisión de algunas disposiciones fiscales:

Falta explicar cómo recabar comprobantes cuando no se expidió comprobante

El contador explicó que hay expresiones que pueden generar confusión, como la del artículo 112 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (Ley del ISR) que dice que los contribuyentes están obligados a conservar comprobantes cuando no se haya emitido un comprobante fiscal.

“Cómo es posible que un artículo diga ‘estás obligado a recabar un comprobante cuando no se haya expedido comprobante’. No se entiende cómo cumplo con esa obligación, y estoy hablando de que es una obligación de un negocio común y corriente, que está relacionada con el régimen de incorporación fiscal (RIF)”, expresó el integrante del IMCP.

Falta especificar qué ingresos no son exclusivos

Labrada Araiza señaló que otro caso de falta de claridad tiene que ver con los agricultores, ganaderos, pesqueros o silvicultores, que tienen la facilidad de no pagar el ISR por los ingresos exclusivos de sus actividades, en el ejercicio, hasta por un monto de 40 veces la unidad de medida y actualización (UMA) elevada al año (Resolución de Facilidades Administrativas, regla 1.7.).

El especialista dijo que eso se debe a que la disposición exige ingresos exclusivos, pero aunque se dice cuáles son esos ingresos, no dice qué ingresos no son exclusivos: “me dice que el 90% deben ser ingresos exclusivos, pero qué pasa si un contribuyente de estos recibe una pensión o vende una casa ¿Ya no puede tener el beneficio?

El integrante del IMCP considera que para tener claridad la disposición debería decir algo así: “aunque tengas un ingreso por la enajenación de una casa no se considera que forma parte de los ingresos para que salgas de la exclusividad”.

Falta actualizar los porcentajes y topes de las deducciones

Labrada Araiza también considera que otra modificación que se tiene que hacer es actualizar los porcentajes y topes de las deducciones, porque tienen muchísimos años.

“Por ejemplo, para deducir un automóvil se requiere que este no sea superior a un valor de 175 mil pesos, pero creo que no existe un vehículo que cueste menos de esa cantidad”, dijo el especialista.

El integrante del IMCP señaló que la cuota o la cantidad que se puede deducir en materia de viáticos o pago de restaurantes también tiene muchísimos años siendo la misma, por lo que considera que la autoridad actualice las cifras, y que modifique la redacción de las leyes para darles precisión, claridad y seguridad jurídica a los negocios.

Además, agregó, la seguridad jurídica también es para la autoridad, porque así evitaría que los funcionarios tengan una interpretación, los contadores otra y los contribuyentes otra, lo que genera una maraña en donde no se tiene definitividad en la aplicación de una disposición.

¿Qué se tendría que hacer para precisar las disposiciones fiscales?

Labrada Araiza dijo que lo que se tendría que hacer es actualizar y aclarar las disposiciones fiscales que generen confusión o distintas interpretaciones. Eso lo podría hacer el poder legislativo. También el ejecutivo lo podría hacer con su facultad reglamentaria.

El especialista explicó que el IMCP tiene una comisión de síndicos que se acercan a las autoridades y les dicen “es que no entendemos por qué sacas este cuestionario”, o “no entendemos esto”, y se aclara o corrige, pero el proceso es lento, porque se tiene que subir la duda a un programa de síndicos, luego se organiza una reunión con las autoridades, y en lo que contestan pasan seis meses, en los que se deja de cumplir con obligaciones fiscales debido a esa duda.

El integrante del IMCP considera que lo que se necesita es crear una agenda y trabajar con el Gobierno para buscar una solución más rápida para que la cuarta transformación (4T) del presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, sea más efectiva en materia tributaria.

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