Categoría: Noticias Fiscales

  • NOTICIAS-FISCALES-2026-104 SAT / OFICIO 700 04 00 00 00 2026-061 mediante el cual se da a conocer el listado de Prestadores de Servicios Digitales Inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes, en términos del artículo 18-D, primer párrafo, fracción I, de la LIVA vigente

    NOTICIAS-FISCALES-2026-104 SAT / OFICIO 700 04 00 00 00 2026-061 mediante el cual se da a conocer el listado de Prestadores de Servicios Digitales Inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes, en términos del artículo 18-D, primer párrafo, fracción I, de la LIVA vigente

    La Administración Central de Operación de Padrones, adscrita a la Administración General de Servicios al Contribuyente del Servicio de Administración Tributaria comunicó lo siguiente:

    • Es obligación de los residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México que proporcionen servicios digitales a receptores ubicados en territorio nacional, realizar su inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes.
    • Por otro lado, se estableció como obligación para el SAT dar a conocer tanto en su Portal de Internet, así como en el DOF, el listado de los residentes en el extranjero que se encuentren registrados en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
    • Por su parte, y por cuanto hace a la información que deberá incluir la autoridad en el referido listado, éste deberá contener la denominación o razón social, nombre comercial, país de origen, la fecha de inscripción en el RFC y la Clave en el RFC de los residentes en el extranjero sin establecimiento en el país que proporcionan servicios digitales a receptores ubicados en territorio nacional, salvaguardando el principio de absoluta reserva respecto de los datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados.

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  • NOTICIAS-FISCALES-2026-103 SAT / Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026 (Décima versión anticipada)

    NOTICIAS-FISCALES-2026-103 SAT / Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026 (Décima versión anticipada)

    El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó el 21 de mayo de 2026, en su página oficial la 10ª versión anticipada de la Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMRMF) para 2026 y los anexos 1 y 2.

    Contenido:

    PRIMERO. Se reforma la regla 3.16.11., se adiciona la regla 11.7.3. (Cálculo del precio base del diésel) * y se deroga la regla 2.12.4. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026.

    *Para los efectos del artículo Primero del Decreto IEPS combustibles, el precio base del diésel que se determine conforme al citado Acuerdo, se disminuirá conforme a lo siguiente:

     

    1. Del 1 al 16 de abril se le restará la cantidad de 0.28 pesos por litro.
    2. El 17 de abril se le restará la cantidad de 0.60 pesos por litro.
    3. El 23 de abril se le restará la cantidad de 0.60 pesos por litro.
    4. El 29 de abril se le restará la cantidad de 1.03 pesos por litro.
    5. El 7 de mayo se le restará la cantidad de 1.03 pesos por litro.
    6. El 14 de mayo se le restará la cantidad de 1.04 pesos por litro
    7. El 21 de mayo se le restará la cantidad de 1.04 pesos por litro.

    SEGUNDO. Se dan a conocer las modificaciones de los siguientes Anexos:

     

    1. Primera Modificación al Anexo 1 de la RMF para 2026.
    2. Primera Modificación al Anexo 2 de la RMF para 2026.

    TERCERO. Se adicionan los transitorios Vigésimo Sexto y Vigésimo Séptimo a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026.

     

    Entrada en vigor:

     

    La presente resolución entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el DOF. Por lo que se refiere a las disposiciones dadas a conocer de manera anticipada en el Portal del SAT, su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.3., tercer párrafo.

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  • NOTICIAS-FISCALES-2026-102 STPS / La Corte Internacional de Justicia reconoce que el derecho de huelga está protegido por el Convenio núm. 87 de la OIT

    NOTICIAS-FISCALES-2026-102 STPS / La Corte Internacional de Justicia reconoce que el derecho de huelga está protegido por el Convenio núm. 87 de la OIT

    La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) celebró la emisión de la opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia (CIJ), mediante la cual se confirma que el derecho de huelga de las personas trabajadoras y sus organizaciones está protegido en virtud del Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87) de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

    Esta determinación constituye un hito de gran relevancia en el derecho internacional del trabajo, al proporcionar una interpretación autorizada de un convenio fundamental de la OIT y otorgar certeza jurídica sobre un derecho estrechamente vinculado con la libertad sindical y la negociación colectiva.

    El pronunciamiento de la Corte reafirma que el derecho de huelga forma parte de los mecanismos de acción colectiva de las personas trabajadoras. Al mismo tiempo, la CIJ precisó expresamente que esta conclusión no implica determinación alguna sobre el contenido preciso, el alcance o las condiciones para el ejercicio de dicho derecho. Esta determinación consolida un entendimiento internacional que fortalece el sistema de normas laborales y contribuye a su aplicación coherente a nivel global.

    Si desea ver el contenido completo, dé clic en la siguiente liga:

    https://www.gob.mx/stps/prensa/la-corte-internacional-de-justicia-reconoce-que-el-derecho-de-huelga-esta-protegido-por-el-convenio-num-87-de-la-oit?idiom=es

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  • NOTICIAS-FISCALES-2026-101 SAT / ANEXOS 5, 22 y 29 de la Primera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026, publicada el 14 de mayo de 2026

    NOTICIAS-FISCALES-2026-101 SAT / ANEXOS 5, 22 y 29 de la Primera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026, publicada el 14 de mayo de 2026

    El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó el 20 de mayo de 2026, en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los Anexos 5, 22 y 29 de la Primera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026, publicada el 14 de mayo de 2026.

    Contenido:

    Se dan a conocer las modificaciones de los siguientes Anexos:

    1. Primera Modificación al Anexo 5 de las RGCE para 2026 “Compilación de criterios normativos y sobre prácticas indebidas en materia aduanera y de comercio exterior”.
    2. Primera Modificación al Anexo 22 de las RGCE para 2026 “Instructivo para el llenado del pedimento”.
    3. Primera Modificación al Anexo 29 de las RGCE para 2026 “Mercancías que no pueden destinarse a los regímenes: temporal de importación para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación; de depósito fiscal; de elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado y de recinto fiscalizado estratégico”.

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  • NOTICIAS-FISCALES-2026-100 Comportamiento del empleo formal en México ha mostrado resiliencia y estabilidad: STPS

    NOTICIAS-FISCALES-2026-100 Comportamiento del empleo formal en México ha mostrado resiliencia y estabilidad: STPS

    La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) informó que, de acuerdo con registros del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el empleo formal en México registró un incremento anual de 330 mil 935 puestos de trabajo al mes de abril de 2026, equivalente a una variación de 1.5% respecto al mismo mes del año anterior.

    De acuerdo con un análisis de la STPS, el crecimiento anual observado en abril de 2026 fue impulsado principalmente por los sectores de transportes y comunicaciones, comercio, servicios para empresas y servicios sociales. El sector de transportes y comunicaciones registró un crecimiento anual de 172 mil 831 puestos de trabajo, mientras que comercio aumentó en 144 mil 751 empleos y los servicios para empresas en 102 mil 609 puestos.

    Asimismo, en términos mensuales, el empleo formal reportó un aumento de 23 mil 923 puestos de trabajo entre marzo y abril de 2026. Entre octubre de 2024 y abril de 2026, el empleo formal acumuló un crecimiento nacional de 0.6%, equivalente a aproximadamente 138 mil puestos de trabajo adicionales.

    Si desea ver el contenido completo, dé clic en la siguiente liga:

    https://www.gob.mx/stps/prensa/comportamiento-del-empleo-formal-en-mexico-ha-mostrado-resiliencia-y-estabilidad-stps?idiom=es

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  • NOTICIAS-FISCALES-2026-99 SAT / Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026 (Novena versión anticipada)

    NOTICIAS-FISCALES-2026-99 SAT / Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026 (Novena versión anticipada)

    El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó el 14 de mayo de 2026, en su página oficial la 9ª versión anticipada de la Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMRMF) para 2026 y los anexos 1 y 2.

    Contenido:

    PRIMERO. Se reforma la regla 3.16.11., se adiciona la regla 11.7.3. (Cálculo del precio base del diésel) * y se deroga la regla 2.12.4. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026.

    *Para los efectos del artículo Primero del Decreto IEPS combustibles, el precio base del diésel que se determine conforme al citado Acuerdo, se disminuirá conforme a lo siguiente:

    I. Del 1 al 16 de abril se le restará la cantidad de 0.28 pesos por litro.

    II. El 17 de abril se le restará la cantidad de 0.60 pesos por litro.

    III. El 23 de abril se le restará la cantidad de 0.60 pesos por litro.

    IV. El 29 de abril se le restará la cantidad de 1.03 pesos por litro.

    V. El 7 de mayo se le restará la cantidad de 1.03 pesos por litro.

    VI. El 14 de mayo se le restará la cantidad de 1.04 pesos por litro.

    SEGUNDO. Se dan a conocer las modificaciones de los siguientes Anexos:

    I. Primera Modificación al Anexo 1 de la RMF para 2026.

    II. Primera Modificación al Anexo 2 de la RMF para 2026.

    TERCERO. Se adicionan los transitorios Vigésimo Sexto y Vigésimo Séptimo a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026.

    Entrada en vigor:

    La presente resolución entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el DOF. Por lo que se refiere a las disposiciones dadas a conocer de manera anticipada en el Portal del SAT, su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.3., tercer párrafo.

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  • NOTICIAS-FISCALES-2026-98 SAT / PRIMERA Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026 y Anexos 5, 22 Y 29

    NOTICIAS-FISCALES-2026-98 SAT / PRIMERA Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026 y Anexos 5, 22 Y 29

    El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó el 14 de mayo de 2026, en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Primera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026 y Anexos 5, 22 y 29.

    Contenido:

    PRIMERO. Se reforman las reglas 1.4.14. y 1.5.1., fracción VII, inciso d); y se adicionan las reglas 1.5.1., fracción VII, inciso e) y segundo párrafo y 4.8.4., segundo párrafo; y se deroga la regla 4.8.2., segundo párrafo de las RGCE para 2026.

    *Expediente que debe integrar el agente aduanal respecto de los usuarios que les soliciten operaciones de comercio exterior.

    *Manifestación de valor.

    *Plazos de permanencia de mercancía extranjera bajo el régimen de recinto fiscalizado estratégico.

    SEGUNDO. Se reforma el Transitorio Décimo Primero de las RGCE para 2026.

    “Para los efectos del artículo 59, fracción III de la Ley y de la regla 1.5.1., hasta el 31 de mayo de 2026, quienes introduzcan mercancías a territorio nacional podrán cumplir con las referidas disposiciones…”

    TERCERO. Se dan a conocer las modificaciones de los siguientes Anexos:

    I. Primera Modificación al Anexo 5 de las RGCE para 2026.

    II. Primera Modificación al Anexo 22 de las RGCE para 2026.

    III. Primera Modificación al Anexo 29 de las RGCE para 2026.

    Entrada en vigor:

    La presente resolución entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el DOF. Por lo que se refiere a las disposiciones dadas a conocer de manera anticipada en el Portal del SAT, su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.1.2…

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  • NOTICIAS-FISCALES-2026-97 PRODECON te informa sobre el comprobante que la AFORE debe entregarte al retirar tus recursos de las subcuentas de ahorro

    NOTICIAS-FISCALES-2026-97 PRODECON te informa sobre el comprobante que la AFORE debe entregarte al retirar tus recursos de las subcuentas de ahorro

    PRODECON informó que se debe tener presente que la cuenta individual es la cuenta personal y única de cada persona trabajadora, donde se depositan las cuotas y aportaciones obligatorias destinadas al ahorro para el retiro que realizan el patrón, el Gobierno Federal y la persona trabajadora. También incluye las que realizas de manera voluntaria y son administradas por la Administradora de Fondos para el Retiro (AFORE).

    Las cuentas individuales se integran por varias subcuentas: retiro, cesantía en edad avanzada y vejez (RCV), SAR 92, el fondo de vivienda, aportaciones voluntarias o complementarias de retiro.

    Ya sea que se tenga la resolución de pensión o que esta haya sido negada, al retirar el saldo de las subcuentas pueden estar sujetas al impuesto sobre la renta. Además, es necesario incluir estos ingresos en la Declaración Anual.

    Por lo anterior es importante que la AFORE te proporcione el comprobante fiscal de retenciones e información de pagos en la que refleje los ingresos totales obtenidos, los ingresos exentos y, en su caso, el impuesto retenido.

    Si desea ver el contenido completo, dé clic en la siguiente liga:

    https://www.gob.mx/prodecon/articulos/prodecon-te-informa-sobre-el-comprobante-que-la-afore-debe-entregarte-al-retirar-tus-recursos-de-las-subcuentas-de-ahorro?idiom=es

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  • NOTICIAS-FISCALES-2026-96 PRODECON te informa sobre los comprobantes fiscales que debes recibir al momento de recibir tu pensión o jubilación

    NOTICIAS-FISCALES-2026-96 PRODECON te informa sobre los comprobantes fiscales que debes recibir al momento de recibir tu pensión o jubilación

    PRODECON informó que, al obtener ingresos, de conformidad con la Constitución Política y la Ley del Impuesto sobre la Renta, estás obligado a pagar impuestos. Sin embargo, si eres una persona jubilada o pensionada, en esta última ley te otorga el derecho a una exención del pago de Impuesto Sobre la Renta (ISR), equivalente hasta un monto diario de 15 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

    Esa exención se aplica a la suma total de todas las pensiones y jubilaciones que recibas, sin tener en cuenta quién las pague; por el excedente se deberá pagar el impuesto correspondiente (ISR).

    Para conocer si tienes la obligación de pagar impuestos o presentar la declaración anual, el o los retenedores deben proporcionarte los comprobantes fiscales digitales por internet de nómina (CFDI) en donde señalen las cantidades que te están pagando, tanto los ingresos totales como los exentos y, en su caso, la retención del impuesto que te efectúen.

    Si desea ver el contenido completo, dé clic en la siguiente liga:

     

    https://www.gob.mx/prodecon/articulos/prodecon-te-informa-sobre-los-comprobantes-fiscales-que-debes-recibir-al-momento-de-recibir-tu-pension-o-jubilacion?idiom=es

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  • NOTICIAS-FISCALES-2026-95 SAT / Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026 (Octava versión anticipada)

    NOTICIAS-FISCALES-2026-95 SAT / Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026 (Octava versión anticipada)

    El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó el 07 de mayo de 2026, en su página oficial la 8ª versión anticipada de la Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMRMF) para 2026 y los anexos 1 y 2.

    Contenido:

    PRIMERO. Se reforma la regla 3.16.11., se adiciona la regla 11.7.3. (Cálculo del precio base del diésel) * y se deroga la regla 2.12.4. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026.

    *Para los efectos del artículo Primero del Decreto IEPS combustibles, el precio base del diésel que se determine conforme al citado Acuerdo, se disminuirá conforme a lo siguiente:

    • Del 1 al 16 de abril se le restará la cantidad de 0.28 pesos por litro.
    • El 17 de abril se le restará la cantidad de 0.60 pesos por litro.
    • El 23 de abril se le restará la cantidad de 0.60 pesos por litro.
    • El 29 de abril se le restará la cantidad de 1.03 pesos por litro.
    • El 7 de mayo se le restará la cantidad de 1.03 pesos por litro.

    SEGUNDO. Se dan a conocer las modificaciones de los siguientes Anexos:

    • Primera Modificación al Anexo 1 de la RMF para 2026.
    • Primera Modificación al Anexo 2 de la RMF para 2026.

    TERCERO. Se adicionan los transitorios Vigésimo Sexto y Vigésimo Séptimo a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026.

    Entrada en vigor:

    La presente resolución entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el DOF. Por lo que se refiere a las disposiciones dadas a conocer de manera anticipada en el Portal del SAT, su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.3., tercer párrafo.

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  • NOTICIAS-FISCALES-2026-94 SAT llama a donatarias a presentar Declaración Informativa de Transparencia

    NOTICIAS-FISCALES-2026-94 SAT llama a donatarias a presentar Declaración Informativa de Transparencia

    El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó a las donatarias para que presenten, a más tardar el 31 de mayo de este año, su Declaración Informativa de Transparencia del ejercicio fiscal 2025.

    De acuerdo a la Ley del Impuesto sobre la Renta, las donatarias tienen la obligación de mantener a disposición del público en general la información sobre los donativos recibidos, así como el uso y destino de su patrimonio, además de las actividades que realizan en beneficio del país, por lo que las organizaciones que cumplen con esta obligación refuerzan la confianza de la ciudadanía en ellas.

    Para el cumplimiento de esta obligación, el SAT publicó la Guía de Usuario de la Declaración Informativa, que se encuentra disponible en la siguiente liga:
    https://www.sat.gob.mx/minisitio/DonatariasAutorizadas/documentos/Declaracionransparencia2026.pdf

    La Declaración se puede consultar a través del Portal del SAT en el minisitio:

    https://www.sat.gob.mx/minisitio/DonatariasAutorizadas/index.html

    El incumplimiento en la presentación puede derivar en la imposición de sanciones o en la pérdida de la autorización.

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  • NOTICIAS-FISCALES-2026-93 Agradece SAT a contribuyentes por cumplir con la Declaración Anual 2025

    NOTICIAS-FISCALES-2026-93 Agradece SAT a contribuyentes por cumplir con la Declaración Anual 2025

    El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que, durante el periodo de Declaración Anual 2025 de personas, que concluyó el pasado 30 de abril, se presentaron 10 millones 783 mil 158 declaraciones, de las cuales 7 millones 903 mil 206 resultaron con saldo a favor del impuesto sobre la renta (ISR):

    En este ejercicio, se han realizado devoluciones de saldo a favor por 31 mil 870 millones de pesos, en beneficio de 4 millones 551 mil 45 contribuyentes, con un monto promedio por devolución de 7,878 pesos.

    Respecto a la Declaración Anual 2025 de empresas, la autoridad fiscal informó que de enero a marzo de este año se recibieron 840 mil 359 declaraciones; es decir, 7% más en relación con el año pasado.  El número de empresas que obtuvieron saldo a favor fue de 202 mil 918, por un monto aproximado de 270 mil 130 millones de pesos.

    Si desea ver el contenido completo, dé clic en la siguiente liga:

    https://www.gob.mx/sat/prensa/agradece-sat-a-contribuyentes-por-cumplir-con-la-declaracion-anual-2025-37-2026?idiom=es

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