Categoría: Fiscal.

  • NOTICIAS-FISCALES-2026-86 Realiza SAT sexta publicación de Tasas efectivas del ISR de Grandes Contribuyentes para los ejercicios 2022 y 2023

    NOTICIAS-FISCALES-2026-86 Realiza SAT sexta publicación de Tasas efectivas del ISR de Grandes Contribuyentes para los ejercicios 2022 y 2023

    El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dió a conocer los parámetros de referencia respecto a las tasas efectivas de impuesto para la medición de riesgos impositivos, que corresponden a 40 actividades económicas en los ejercicios fiscales 2022 y 2023, y sobre el padrón de grandes contribuyentes.

    Los parámetros son resultado de procesos de análisis realizados al interior del SAT. La medición se obtuvo con base en la información disponible en las bases de datos institucionales consistente en declaraciones anuales, dictámenes fiscales, información sobre la situación fiscal de los contribuyentes, declaraciones informativas, comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI), pedimentos, entre otros.

    Lo anterior les permitirá medir sus riesgos impositivos y, en su caso, corregir su situación fiscal mediante la presentación de las declaraciones anuales complementarias correspondientes, además de reducir la posibilidad del inicio de revisiones orientadas a corroborar el correcto cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

    Si desea ver el contenido completo, dé clic en la siguiente liga:

    https://www.gob.mx/sat/prensa/realiza-sat-sexta-publicacion-de-tasas-efectivas-del-isr-de-grandes-contribuyentes-para-los-ejercicios-2022-y-2023-35-2026?idiom=es

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  • NOTICIAS-FISCALES-2026-85 SAT / Primera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026 y anexos 5 y 29 (Segunda versión anticipada)

    NOTICIAS-FISCALES-2026-85 SAT / Primera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026 y anexos 5 y 29 (Segunda versión anticipada)

    El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó el 23 de abril de 2026, en su página oficial la 2ª versión anticipada de la Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026 y anexos 5 y 29.

    Contenido:

    • PRIMERO. Se reforman las reglas 1.4.14. (Expediente que debe integrar el agente aduanal respecto de los usuarios que les soliciten operaciones de comercio exterior), y 1.5.1. (Manifestación de valor), fracción VII, inciso d); se adicionan las reglas 1.5.1., fracción II, inciso e) y segundo párrafo y 4.8.4. (Mercancías que no pueden destinarse al régimen aduanero de recinto fiscalizado estratégico Anexo 29), segundo párrafo; y se deroga la regla 4.8.2. (Plazos de permanencia de mercancía extranjera bajo el régimen de recinto fiscalizado estratégico), segundo párrafo de las RGCE para 2026.
    • SEGUNDO. Se reforma el Transitorio Décimo Primero de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026.

    – Para los efectos del artículo 59, fracción III de la Ley y de la regla 1.5.1., hasta el 31 de mayo de 2026, quienes introduzcan mercancías a territorio nacional podrán cumplir con las referidas disposiciones…

    • TERCERO. Se dan a conocer las modificaciones de los siguientes Anexo:

    I. Primera Modificación al Anexo 5 de las RGCE para 2026.

    II. Primera Modificación al Anexo 29 de las RGCE para 2026.

    Entrada en vigor:

    La presente resolución entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el DOF. Por lo que se refiere a las disposiciones dadas a conocer de manera anticipada en el Portal del SAT, su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.1.2.

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  • NOTICIAS-FISCALES-2026-84 SAT / Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026 (Sexta versión anticipada)

    NOTICIAS-FISCALES-2026-84 SAT / Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026 (Sexta versión anticipada)

    El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó el 23 de abril de 2026, en su página oficial la 6ª versión anticipada de la Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMRMF) para 2026 y los anexos 1 y 2.

    Contenido:

    • Se reforma la regla 3.16.11. (Factor de acumulación por depósitos o inversiones en el extranjero), se adiciona la regla 11.7.3. (Cálculo del precio base del diésel) y se deroga la regla 2.12.4. (Formalidades para el ofrecimiento de la garantía del interés fiscal) de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026.
    • Se dan a conocer las modificaciones de los siguientes Anexos:

    Primera Modificación al Anexo 1 de la RMF para 2026.

    Primera Modificación al Anexo 2 de la RMF para 2026.

    • Se adicionan los transitorios Vigésimo Sexto y Vigésimo Séptimo a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026.

    Vigésimo Sexto: Lo establecido en la regla 11.7.3. será aplicable a partir del 1 de abril de 2026.

    Vigésimo Séptimo: Para los efectos del artículo 141 del CFF, los contribuyentes que deseen sujetarse al procedimiento establecido en el Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforma el artículo 141 del CFF, publicado en el DOF el 9 de abril de 2026…

    Entrada en vigor:

    La presente resolución entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el DOF. Por lo que se refiere a las disposiciones dadas a conocer de manera anticipada en el Portal del SAT, su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.3., tercer párrafo.

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  • NOTICIAS-FISCALES-2026-83 PRODECON informa lo que el SAT recomienda para habilitar el campo de perdidas fiscales de ejercicios anteriores

    NOTICIAS-FISCALES-2026-83 PRODECON informa lo que el SAT recomienda para habilitar el campo de perdidas fiscales de ejercicios anteriores

    La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) tuvo conocimiento de la problemática que han enfrentado los contribuyentes personas morales al presentar la declaración de pagos provisionales del ISR correspondiente al mes de enero de 2026, ya que el aplicativo de “Declaraciones y Pagos” del SAT no contempla la precarga de la información relativa a pérdidas fiscales de ejercicios anteriores ni habilita el campo correspondiente para su captura manual; por lo que en consecuencia, refieren que no es posible señalar el monto de la pérdida fiscal actualizada por aplicar en el periodo.

    Por lo anterior, la PRODECON requirió al SAT para que indicara las razones por las cuales el aplicativo “Declaraciones y Pagos”, en lo relativo a pagos provisionales del ISR, no tiene precargada la información relativa a las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores ni habilita el campo correspondiente para su captura manual.

    En respuesta, la autoridad fiscal indicó lo siguiente:

    • Por lo que hace al campo Pérdida actualizada por aplicar en el periodo, para habilitar su captura es necesario que el contribuyente registre en “Pérdida de ejercicios anteriores aplicables” un importe mayor a cero.

    Si desea ver el contenido completo, dé clic en la siguiente liga:

    https://www.gob.mx/prodecon/articulos/prodecon-te-informa-lo-que-el-sat-recomienda-para-que-el-campo-respectivo-se-habilite?idiom=es

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  • NOTICIAS-FISCALES-2026-82 La Secretaría de Hacienda, a través de la UIF, fortalece el diálogo con CONCANACO SERVYTUR para impulsar el cumplimiento y prevenir el uso indebido del sistema financiero, en particular en empresas familiares

    NOTICIAS-FISCALES-2026-82 La Secretaría de Hacienda, a través de la UIF, fortalece el diálogo con CONCANACO SERVYTUR para impulsar el cumplimiento y prevenir el uso indebido del sistema financiero, en particular en empresas familiares

    La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), refuerza la coordinación con el sector empresarial para promover la cultura de cumplimiento y prevenir el uso indebido del sistema financiero.

    Durante la reunión se abordó la importancia de impulsar mecanismos de orientación, capacitación y acompañamiento institucional que permitan a las empresas, en particular a las de carácter familiar, cumplir adecuadamente con sus obligaciones y mitigar riesgos asociados a sus operaciones.

    Asimismo, se destacó que la claridad regulatoria y el fortalecimiento de la cultura preventiva contribuyen a generar mayor certeza jurídica, así como a proteger la integridad del sistema financiero frente a posibles usos indebidos.

    Si desea ver el contenido completo, dé clic en la siguiente liga:

    https://www.gob.mx/shcp/prensa/comunicado-no-30

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  • NOTICIAS-FISCALES-2026-81 SAT / Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026 (Quinta versión anticipada)

    NOTICIAS-FISCALES-2026-81 SAT / Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026 (Quinta versión anticipada)

    El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó el 17 de abril de 2026, en su página oficial la 5ª versión anticipada de la Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMRMF) para 2026 y los anexos 1 y 2.

     Contenido:

    • PRIMERO. Se reforma la regla 3.16.11. (Factor de acumulación por depósitos o inversiones en el extranjero), se adiciona la regla 11.7.3. (Cálculo del precio base del diésel) y se deroga la regla 2.12.4. (Formalidades para el ofrecimiento de la garantía del interés fiscal) de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026.
    • SEGUNDO. Se dan a conocer las modificaciones de los siguientes Anexos:
    • Primera Modificación al Anexo 1 de la RMF para 2026.
    • Primera Modificación al Anexo 2 de la RMF para 2026.
    • TERCERO. Se adicionan los transitorios Vigésimo Sexto y Vigésimo Séptimo a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026.
    • Vigésimo Sexto: Lo establecido en la regla 11.7.3. será aplicable a partir del 1 de abril de 2026.
    • Vigésimo Séptimo: Para los efectos del artículo 141 del CFF, los contribuyentes que deseen sujetarse al procedimiento establecido en el Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforma el artículo 141 del CFF, publicado en el DOF el 9 de abril de 2026…

    Entrada en vigor:

    La presente resolución entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el DOF. Por lo que se refiere a las disposiciones dadas a conocer de manera anticipada en el Portal del SAT, su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.3., tercer párrafo.

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  • NOTICIAS-FISCALES-2026-80 Llama SAT a presentar dictamen de estados financieros; fecha límite es el 15 de mayo

    NOTICIAS-FISCALES-2026-80 Llama SAT a presentar dictamen de estados financieros; fecha límite es el 15 de mayo

    El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó a las empresas y personas físicas con actividad empresarial que el 15 de mayo vence el plazo para presentar el dictamen de estados financieros, correspondiente al ejercicio fiscal 2025, por lo que llama a cumplir a tiempo con este trámite.

    Esta obligación aplica para:

    • Empresas que obtuvieron en el último ejercicio ingresos iguales o superiores a mil 940 millones 178 mil 120 pesos.

    • Empresas y personas físicas con actividad empresarial si sus ingresos acumulables superan los 157 millones 785 mil 270 pesos; si el valor de sus activos es superior a 124 millones 650 mil 380 pesos o al menos 300 de sus trabajadores les prestaron servicios durante tdo el ejercicio declarado.

    Dicho dictamen comprende el informe de un contador público autorizado, quien emite su opinión sobre la naturaleza, alcance y resultado de la situación financiera del contribuyente.

    Las y los contribuyentes obligados que no presenten el dictamen, pueden ser acreedores a sanciones que van desde los 17 mil 330 pesos a 173 mil 230 pesos, así como la posible restricción en el uso del Certificado de Sello Digital.

    Si desea ver el contenido completo, dé clic en la siguiente liga:

    https://www.gob.mx/sat/prensa/llama-sat-a-cumplir-con-presentacion-de-dictamen-de-estados-financieros-fecha-limite-es-el-15-de-mayo-33-2026?idiom=es

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  • NOTICIAS-FISCALES-2026-79 SAT / Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026 (Cuarta versión anticipada)

    NOTICIAS-FISCALES-2026-79 SAT / Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026 (Cuarta versión anticipada)

    El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó el 14 de abril de 2026, en su página oficial la 4ª versión anticipada de la Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMRMF) para 2026 y los anexos 1 y 2.

     Contenido:

    • PRIMERO. Se reforma la regla 3.16.11. (Factor de acumulación por depósitos o inversiones en el extranjero), se adiciona la regla 11.7.3. (Cálculo del precio base del diésel) y se deroga la regla 2.12.4. (Formalidades para el ofrecimiento de la garantía del interés fiscal) de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026.
    • SEGUNDO. Se dan a conocer las modificaciones de los siguientes Anexos:
    • Primera Modificación al Anexo 1 de la RMF para 2026.
    • Primera Modificación al Anexo 2 de la RMF para 2026.
    • TERCERO. Se adicionan los transitorios Vigésimo Sexto y Vigésimo Séptimo a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026.

    Vigésimo Sexto: Lo establecido en la regla 11.7.3. será aplicable a partir del 1 de abril de 2026.

    Vigésimo Séptimo: Para los efectos del artículo 141 del CFF, los contribuyentes que deseen sujetarse al procedimiento establecido en el Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforma el artículo 141 del CFF, publicado en el DOF el 9 de abril de 2026…

    Entrada en vigor:

    La presente resolución entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el DOF. Por lo que se refiere a las disposiciones dadas a conocer de manera anticipada en el Portal del SAT, su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.3., tercer párrafo.

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  • NOTICIAS-FISCALES-2026-78 PRODECON / Sobre la reforma que se llevó a cabo recientemente al artículo 141 del Código Fiscal de la Federación (CFF)

    NOTICIAS-FISCALES-2026-78 PRODECON / Sobre la reforma que se llevó a cabo recientemente al artículo 141 del Código Fiscal de la Federación (CFF)

    La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) informó que, si te determinaron un crédito fiscal y debes exhibir garantía del interés fiscal ante la autoridad, debes de considerar que recientemente se llevó a cabo la reforma al artículo 141 del Código Fiscal de la Federación (CFF).

    • Con fecha 09 de abril de 2026, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se reformó nuevamente el artículo 141 del CFF, misma que entró en vigor al día siguiente de su publicación, con la cual se dan cambios significativos sobre la forma de garantizar los créditos fiscales.

    Si desea ver el contenido completo, dé clic en la siguiente liga:

    https://www.gob.mx/prodecon/articulos/sobre-la-reforma-que-se-llevo-a-cabo-recientemente-al-articulo-141-del-codigo-fiscal-de-la-federacion-cff?idiom=es#_ftn1

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  • NOTICIAS-FISCALES-2026-77 La Secretaría de Hacienda, a través de la UIF, en coordinación con autoridades de EU refuerza acciones contra una red vinculada con la operación ilícita de casinos

    NOTICIAS-FISCALES-2026-77 La Secretaría de Hacienda, a través de la UIF, en coordinación con autoridades de EU refuerza acciones contra una red vinculada con la operación ilícita de casinos

    La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) realizó el análisis financiero, fiscal y corporativo de sujetos que señaló la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de Estados Unidos.

    Identificando la operación de establecimientos de apuestas bajo una misma estructura empresarial, así como transferencias internacionales relevantes hacia diversas jurisdicciones, incluidas algunas de riesgo. Asimismo, se detectaron inconsistencias entre los montos operados y los ingresos reportados, así como movimientos significativos de recursos en efectivo que no corresponden con la actividad económica declarada.

    De igual forma, se observaron posibles esquemas de evasión fiscal derivados del incumplimiento de obligaciones tributarias y de la realización de operaciones por montos que no guardan proporción con los ingresos declarados.

    Si desea ver el contenido completo, dé clic en la siguiente liga:

    https://www.gob.mx/shcp/prensa/comunicado-no-28

  • NOTICIAS-FISCALES-2026-76 SAT / Devoluciones de saldo a favor ascienden a 10 mil 103 millones de pesos

    NOTICIAS-FISCALES-2026-76 SAT / Devoluciones de saldo a favor ascienden a 10 mil 103 millones de pesos

    El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que derivado del avance de la Declaración Anual 2025 de personas, se han autorizado 10 mil 103 millones de pesos en devoluciones de saldo a favor por impuesto sobre la renta (ISR), en beneficio de 1 millón 591 mil 951 contribuyentes.

    El promedio de tiempo en que se realizan las devoluciones es de tres días; es decir, dentro de un plazo mucho menor al de 40 días que establece el Código Fiscal de la Federación.

    Si desea ver el contenido completo, dé clic en la siguiente liga:

    https://www.gob.mx/sat/prensa/devoluciones-de-saldo-a-favor-ascienden-a-10-mil-103-millones-de-pesos-32-2026?idiom=es

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  • NOTICIAS-FISCALES-2026-75 PRODECON / ¿Eres persona física que percibe ingresos por sueldos y salarios?

    NOTICIAS-FISCALES-2026-75 PRODECON / ¿Eres persona física que percibe ingresos por sueldos y salarios?

    PRODECON informó en su página oficial que una de las obligaciones que deben de cumplir las personas físicas que tributan en el régimen de sueldos y salarios, es presentar la Declaración Anual del ejercicio fiscal 2025 a más tardar el 30 de abril de 2026; por lo anterior, a fin de que se cumpla de manera oportuna, señalaron algunos de los supuestos que tienen la obligación de cumplir con dicha Declaración:

    • Tus ingresos exceden de $400,000.00en el ejercicio.
    • Si laboraste para dos o más personas empleadoras (patrones) de forma simultánea.
    • Cuando además obtengas ingresos por otras actividades (arrendamiento, plataformas tecnológicas, actividad empresarial y profesional, entre otros).
    • Dejaste de prestar tus servicios antes del 31 de diciembre.
    • Cuando tengas la obligación de informar sobre préstamos, donativos y premios, que en lo individual o en su conjunto, excedan de $600,000.00.
    • Así como en el caso de herencias, legados y enajenación de casa habitación exenta, que en lo individual o en su conjunto, excedan de $500,000.00.

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    https://www.gob.mx/prodecon/articulos/eres-persona-fisica-que-percibe-ingresos-por-sueldos-y-salarios?idiom=es

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