- IMCP - https://imcp.org.mx -

Boletín de Noticias de Síndicos 2022 – 07 Procedimiento para cancelar CFDI de ejercicios anteriores a 2021

De conformidad con la Segunda Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de marzo del año en curso, se incorporó en el artículo segundo transitorio, la posibilidad de que los contribuyentes puedan efectuar la cancelación de sus CFDI que correspondan a ejercicios anteriores a 2021. Es importante recordar que mediante reforma al párrafo cuarto del artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación (CFF), la cancelación de los CFDI solo puede efectuarse en el ejercicio en el que se expidan y siempre que la persona a favor de quien se emitan acepte su cancelación, salvo que las disposiciones fiscales prevean un plazo menor.

Ahora bien, para llevar a cabo la cancelación de comprobantes fiscales correspondientes a ejercicios fiscales anteriores a 2021, es necesario cumplir con lo siguiente:

Los contribuyentes que no puedan aplicar la facilidad prevista en esta disposición por no cumplir cualquiera de las condiciones establecidas en la misma, estarán a lo dispuesto en el artículo 29-A del CFF.

Descargar la reseña, aquí.