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Boletín Conferencia de Prensa. 23 julio 2024.

FONDO DE PENSIONES PARA EL BIENESTAR

 El pasado 1 de mayo del año en curso, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto del Fondo de Pensiones para el Bienestar; dicho fondo tiene como objetivo contar con un complemento para que los trabajadores tengan una pensión igual a 100% de su último salario, si este era igual o menor a $16,777. 68; si su salario era mayor, la cantidad que entregue el fondo les permitirá llegar al tope antes citado.

En ese sentido, con la entrada en vigor del Decreto el 1 de julio, se vislumbran diversos efectos económicos y sociales. Uno de los principales es evitar una posible desestabilización en la economía, toda vez que desde el anuncio de dicho fondo uno de los temas que más controversia generó fue cómo se financiaría y si es viable y sostenible a largo plazo.

Derivado de lo anterior, en el Decreto del multicitado fondo se menciona que este se deberá constituir como un fideicomiso público no considerado entidad paraestatal por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), en su calidad de fideicomitente, y en el que el Banco de México (Banxico) actúe como institución fiduciaria.

En relación con lo anterior, el origen de las aportaciones del Fondo será el siguiente:

Por último, es importante señalar que el monto total inicial con el que contará el Fondo de Pensiones del Bienestar será de 44 mil 894 millones de pesos, afirmó el titular de la Unidad de Seguros, Pensiones y Seguridad Social de la Secretaría de Hacienda.

Les recordamos que, por medio de nuestros 61 Colegios Federados en todo el país, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos está para orientar a la sociedad en temas fiscales que son de interés público.

C.P. PCFI Héctor Amaya Estrella
Presidente del IMCP

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