En el Boletín Número 007 se comentó la importancia y el reto que representa para los dictaminadores fiscales la correcta aplicación de los criterios no vinculativos en materia de deducción de gastos por servicios, especialmente en lo concerniente al criterio 44/ISR/NV.
Se destacó que el dictamen debe elaborarse conforme al CFF, su reglamento y las normas de auditoría, incluyendo la obligación de emitir un informe de la revisión fiscal del contribuyente. Esto implica que el contador debe estar inscrito y al corriente en sus obligaciones, además de presentar el dictamen a través de medios electrónicos.
Se explicó que los “Criterios no Vinculativos” surgieron a partir de la interpretación interna de las autoridades fiscales sobre determinadas prácticas tributarias. Aunque no tienen fuerza obligatoria para los contribuyentes, sirven de guía para identificar conductas que, pueden afectar la base imponible del ISR. Dichos criterios permiten establecer líneas de acción ante prácticas fiscales indebidas.
LIC. Leobardo Brizuela Radilla
Integrante de la Comisión del IMCP Representativa ante las Administraciones Generales de Fiscalización del SAT
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